STSJ Andalucía 2677/2020, 11 de Septiembre de 2020

PonenteMARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2020:11471
Número de Recurso467/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución2677/2020
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2020
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº 467/19 IN

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMA.SRA.DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ.

ILMO.SR.DON FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO.

ILMO.SR.DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA.

En Sevilla, a once de septiembre de dos mil veinte.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 2677 /20

En los recursos de suplicación interpuestos por la demandante Fundación Universidad Empresa de la Provincia de Cádiz y por los demandados Sindicato de Of‌icios Varios de Cádiz de CGT-A y Confederación General del Trabajo -Confederación Territorial de Andalucía (CGT-A) y por Confederación General del Trabajo (CGT), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número uno de Cádiz, ha sido Ponente la ILMA. SRA. DOÑA MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, Presidenta de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 718/15 se presentó demanda por Fundación Universidad Empresa de la Provincia de Cádiz, sobre Seguridad Social, contra Dirección General de Ordenación Jurídica de la Seguridad Social del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, frente a Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, frente a D. Fernando, D. Florentino, D. Fructuoso, frente a D. Gaspar, frente a Confederación General del Trabajo, frente a Confederación General del Trabajo Confederación Territorial de Andalucía, frente a Sindicato de Of‌icios Varios de Cádiz de CGT-A, frente a Federación de Industria de Comisiones Obreras de Andalucía, frente a Federación de Metal, Construcción y Af‌ines de la Unión General de Trabajadores de Andalucía y frente a Unión Sindical Obrera, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 04/10/17 por el Juzgado de referencia en que no se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO .- La empresa multinacional DELPHI AUTOMOTIVE SYSTEMS ESPAÑA fue declarada en concurso en fecha 13.04.2007 por el Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, suscribiéndose con fecha 04.07.2007 entre

la administración concursal, representantes unitarios de los trabajadores, representantes sindicales de los trabajadores, agentes sociales, Administraciones Públicas (Junta Andalucía) y asesores (de la administración concursal, de la concursada, y de UGT y CCOO), tras período de consultas por solicitud de extinción de todos los contratos de trabajo, acuerdo que ponía f‌in al período de consultas acordándose la extinción de todos los contratos de trabajo con fecha de efectos de 31 de julio de 2007, f‌ijándose los criterios para el abono de las indemnizaciones.

Acto seguido se fueron sucediendo Desarrollos del Protocolo de Colaboración suscrito el 4 de julio de 2007, acordados entre las organizaciones sindicales y representantes de las Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, Desarrollos de fechas 30.07.2007 (Desarrollo Iº), de 24.09.2007 (Desarrollo IIº), de 15.10.2007 (Desarrollo IIIº), de 20.12.2007 (Desarrollo IVº), de 18.02.2008 (Desarrollo Vº), de 30.04.2008 (Desarrollo VIº), de 02.06.2008 (Desarrollo VIIº), de 15.12.2008 (Desarrollo VIIIº), de 16.01.2009 (Desarrollo IXº), de 25.05.2009 (Desarrollo Xº), de 29.06.2009 (Desarrollo XIº), de 04.02.2010 (Desarrollo XIIº), de 20.07.2010 (Desarrollo XIIIº), de 11.01.2011 (Desarrollo XIVº), y de 04.07.2011 (Desarrollo XVº). Tales Desarrollos parten del compromiso del Gobierno Andaluz con la adopción de medidas que minimicen el impacto socioeconómico tras el cierre de la factoría de DELPHI en Puerto Real, acordándose ya en el Desarrollo de fecha 30.07.2007 la creación de un Dispositivo de Tratamiento Singular para los trabajadores afectados, Dispositivo que tenía como cometido específ‌ico la tramitación del alta como demandante de empleo y en su caso prestaciones para desempleo en coordinación con el organismo central correspondiente, realizándose acciones de información, orientación, asesoramiento y planif‌icación de la formación para el empleo, que contribuya la mejora de la empleabilidad de los afectados de cara a su integración laboral y social, describiéndose que los trabajadores afectados cuyos contratos se hayan extinguido, y estén interesados en participar deberán realiza un Plan de Formación Profesional adaptado a los perf‌iles individuales y a los requerimientos de cualif‌icaciones demandadas por las empresas que se instalen en la zona.

SEGUNDO

Por Resolución de 16 de enero de 2009, de la Secretaría General Técnica, se publica el Convenio de Colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Administración de la Junta Andalucía, para el desarrollo del Plan de Empleo para la Bahía de Cádiz (Resolución publicada en el Boletín Of‌icial del Estado de 29 de enero de 2009), recogiéndose en el mismo que la Disposición Adicional Sexagésima de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, autoriza al Gobierno para convenir con la Junta de Andalucía medidas que favorezcan el empleo de la Bahía de Cádiz en el bienio 2008-2009, así que mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 28 de noviembre de 2008 se ha autorizado al Servicio Público de Empleo Estatal a conceder una subvención de 47.500.000 euros para el desarrollo del Plan de Empleo para la Bahía de Cádiz. En dicho Convenio de Colaboración se dispone que las actuaciones a desarrollar en dicho marco de colaboración se articularán en acciones para la mejora de la empleabilidad, la orientación y la intermediación, la formación para el empleo, promoción de autoempleo, apoyo directo a la creación de empleo, incentivos a la colocación y soporte de la actividad productiva, pudiendo incluir para los trabajadores de DELPHI acciones para la adquisición y actualización de competencias profesionales así como destrezas de adaptabilidad, y acciones de carácter social garantes de un nivel mínimo de ingresos para aquellas personas trabajadoras que teniendo al menos 53 años cumplidos, presentan mayores dif‌icultades de inserción en el mercado laboral.

TERCERO

Con fecha 24.02.2011 por la FUECA se presentó solicitud de concesión de subvención excepcional de 22.500.000,00 euros para el desarrollo de acciones mixtas de formación y empleo, acompañando memoria detallada de la actividad consistente en acciones formativas para la adquisición y actualización de competencias profesionales para ex-trabajadores de la multinacional Delphi. En dicha memoria se recoge que se trata de una Fundación Docente Privada, clasif‌icada como institución de interés público docente privada, sin ánimo de lucro, constituida el 8 de octubre de 1998 en Cádiz.

Por Acuerdo de 3 de mayo de 2011 del Consejo de Gobierno, se autorizó conceder subvención excepcional por importe de 20.236.626,57 euros a la Fundación Universidad Empresa de la provincia de Cádiz para la realización de proyecto de formación y empleo "acciones formativas para la adquisición y actualización de competencias profesionales para ex trabajadores de la multinacional Delphi".

En dicho Acuerdo de autorización se recoge expresamente que la f‌inalidad del proyecto es llevar a cabo acciones de formación y empleo para la adquisición y actualización de competencias profesionales destinadas a ex-trabajadores de la factoría Delphi Automotive System España y de la industria auxiliar en la provincia de Cádiz, particularmente en la Bahía y su entorno, sin que la normativa del SPEE reguladora de los programa de formación en alternancia con el empleo, ni las bases reguladoras del SAE, de ejecución y desarrollo de la normativa estatal, resulten aplicables a las acciones de formación y empleo y recualif‌icación profesional que pretenden ser llevadas a cabo por la FUECA para los extrabajadores procedentes de la Factoría Delphi

Automotive System España, S.L. y de la industria auxiliar de Cádiz, Bahía y su entorno. Dicho Acuerdo fue publicado en el Boletín Of‌icial de la Junta de Andalucía de 18 de mayo de 2011.

CUARTO

El día 14.02.2011 por D. Iván, Jefe de Servicio de Programas de Empleo de la Dirección General de Formación Profesional, Autónomos y Programas para el Empleo de la Consejería de Empleo se remitió correo electrónico a D. Argimiro -responsable de RRHH de la FUECA, Secretario del Patronato, y responsable de administración y convenios y contratos- adjuntando propuesta sobre el número de trabajadores a incluir en el plan de formación, duración del mismo (del 01.03.2011 al 30.09.2012), número de horas formativas, tipo de formación y de contratos (contrato de obra y servicio), y costes salariales de los alumnos/trabajadores.

Con posterioridad a dicha fecha se remitieron por personal de la Consejería de Empleo a personal de la FUECA correos electrónicos indicando el alta de los alumnos/trabajadores en la Seguridad Social.

QUINTO

Por Resolución de 10.05.2011 de la Consejería de Empleo se resolvió conceder subvención excepcional a favor de la FUNDACIÓN UNIVERSIDAD EMPRESA DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (FUECA) para la realización del proyecto de formación y empleo "acciones formativas para la adquisición y actualización de competencias profesionales para ex-trabajadores de la multinacional DELPHI", en importe de 20.236.626,57 euros, def‌iniéndose en dicha Resolución que el objeto era el de proporcionar a los extrabajadores de Delphi instrumentos que mejoren su empleabilidad en los sectores de la comunicación audiovisual y nuevas tecnologías, industrial, metal, y náutico, indicándose en dicha...

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