STSJ Comunidad Valenciana 2196/2020, 9 de Junio de 2020

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2020:3917
Número de Recurso825/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución2196/2020
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2020
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación nº 825/19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 000825/2019

Ilmos. Sres. e Ilma. Sra.

D. Manuel José Pons Gil, presidente

D. Antonio Vicente Cots Diaz

Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a nueve de junio de dos mil veinte.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 002196/2020

En el recurso de suplicación 000825/2019, interpuesto contra la sentencia de fecha 29/01/2019, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 16 DE VALENCIA, en los autos 000412/2018, seguidos sobre invalidez, a instancia de D. Joaquín, asistido por la Letrada Dª Patricia March Aguilar, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente D. Joaquín, ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Diaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Desestimando la demanda promovida por Joaquín contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a la Entidad gestora de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "1.- El demandante, nacido el día NUM000 .- El demandante, nacido el día NUM001 -1980, con documento nacional de identidad nº. NUM002, se encuentra af‌iliado a la Seguridad Social con el nº NUM003 y en situación de alta en la fecha del hecho causante en el Régimen General como consecuencia de su prestación de servicios como Médico Residente para la Consellería de Sanidad de la Generalidad Valenciana. 2.- En fecha 18 de enero de 2018 el actor solicitó del INSS ser declarado en situación de incapacidad permanente, lo que dio lugar la tramitación por la Dirección Provincial del ISM de Valencia de expediente para la calif‌icación de la incapacidad permanente, en el que se emitió informe de valoración médica el día 26-1-2018 y dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el día 9 de febrero de 2018 en el sentido de "no calif‌icación del

trabajador referido como incapacitado permanente". En el citado dictamen propuesta se hace constar el cuadro clínico residual: Estenosis medular, Síndrome de hemisección medular. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Parestesias en región cubital miembro inferior izquierdo. Limitación dorsif‌lexión muñecas y extensión dedos mano izquierda. Debilidad muscular intrínseca de la mano izquierda. Alteración termoalgésica desde T4 derecho. Hiperref‌lexia patelar y clonus aquileo espasticidad miembro inferior izquierdo.

4.- La Entidad Gestora, por resolución de 19 de febrero de 2018, acordó denegar la prestación de incapacidad permanente por no alcanzar las lesiones que padece el trabajador un grado suf‌iciente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente. Contra dicha resolución interpuso la parte actora reclamación previa en fecha 16-04-2018, que fue desestimada por resolución del INSS de 6 de julio siguiente. En fecha 10 de mayo anterior se presentó demanda en el Decanato de los Juzgados de Valencia, que correspondió por reparto a este Juzgado de lo Social. 5.- El actor presenta historia de cervicalgia crónica, en seguimiento por NCG desde hace años por discopatía cervical (ya en 2009 en estudio de imagen aparecía signos incipientes de mielopatía compresiva cervical), A principios de 2016 inicia clínica neurológica con parestesias en MMSS y posteriormente en el MID, por lo que, en abril de 2016 se incluye en lista de espera para cirugía de descompresión cervical. Se intervino el 15 de julio de 2016. Tras la cirugía se advierte paraparesia, por lo que se realiza RMN urgente que pone de manif‌iesto: mayor prominencia de las formaciones herniarias en C5-C6 y C6-C7 que en el estudio previo, condicionando una estenosis del conducto espinar que se acompaña de alteración focal de la intensidad de señal intramedular en topografía C5-C6 (donde la estenosis del conducto espinal es de aproximadamente 50%) que no se identif‌icaba en el estudio previo, compatible con edema intramedular en el contexto de mielopatía aguda. El paciente ingresa en la unidad de lesionados medulares del Hospital La Fe en fecha 22-jul-2016 para tratamiento integral de su lesión. Presentaba una lesión medular compatible con esbozo de hemisección medular C4 grado D de ASIA con PM 67/100. Fue alta hospitalaria el 26 de agosto/16 con PM: 78/100 y asiste a gimnasio de f‌isioterapia y a terapia ocupacional con evolución favorable. Exploración física en junio de 2017 (11 meses de evolución) por neurorrehabilitación: SENSIBILIDAD TACTIL Y DOLOROSA: nivel C8 derecho y C7 izquierdo, con mayor alteración en hemicuerpo derecho (ha bajado dos niveles en hemicuerpo derecho). PROPIOCEPTIVA conservada en MMSS y en MMII. ROT: En MMSS. ROT vivos. En MMII. ROT exaltados con aumento del área ref‌lexógena y clonus aquileo izquierdo (ha disminuido). Hoffmann positivo bilateral. RCP f‌lexor bilateral. El informe de seguimiento de 16-6-2017 hace constar como LIMIACIONES DERIVADAS DE LA LESIÓN las siguientes: - Alteración de la sensibilidad al pinchazo desde el nivel de lesión establecido, alteración...

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