STSJ Cantabria 445/2020, 19 de Junio de 2020

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2020:341
Número de Recurso288/2020
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución445/2020
Fecha de Resolución19 de Junio de 2020
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000445/2020

En Santander, a 19 de junio del 2020.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. D.ª Mercedes Sancha Saiz

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. D.ª María Jesús Fernández García

Ilma. Sra. D.ª Elena Pérez Pérez (ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por las Ilmas. Sras. citadas al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 4 de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Elena Pérez Perez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Según consta en autos se presentó demanda en materia de incapacidad por Don Alexander, siendo demandados el INSS y la TGSS.

En su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 24 de febrero de 2020, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

- Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. Circunstancias del benef‌iciario de la prestación.

    D. Alexander presenta las siguientes circunstancias en relación a la prestación interesada:

    -Nacimiento: NUM000 de 1960.

    -Última alta laboral anterior al hecho causante (18 de marzo de 2019 fecha del dictamen propuesta-): alta en el RETA. En incapacidad temporal desde el 08 de julio de 2019 .

    -Situación laboral actual: alta en el RETA.

    -Profesión habitual: carpintero metálico.

    -Contingencia: enfermedad común.

    -Entidad y régimen responsable del pago de la prestación de incapacidad permanente total por enfermedad común: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Régimen Especial de

    Trabajadores Autónomos.

    -Base reguladora de la prestación incapacidad permanente total por enfermedad común: 765,08 € mensuales. -Fecha de efectos económicos: día siguiente al cese en la actividad.

    (Medios de prueba: expediente administrativo, además de no ser hechos controvertidos).

  2. Procedimiento administrativo de incapacidad permanente.

    El curso del procedimiento administrativo de incapacidad permanente ha sido el siguiente:

    -Denegación incapacidad permanente. A instancia del interesado se inició expediente de incapacidad permanente. Por resolución del INSS de 19 de marzo de 2019 se denegó la incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.

    -Reclamación previa administrativa. Contra dicha resolución se interpuso reclamación previa, la cual fue desestimada.

    (Medios de prueba: expediente administrativo, además de no ser hechos controvertidos).

  3. Cuadro médico. Patologías y limitaciones funcionales.

    1. -D. Alexander padece el cuadro médico ref‌lejado en el informe de valoración médica de la UMEVI de 14 de marzo de 2019, que es del siguiente tenor:

    2. DIAGNÓSTICO PRINCIPAL: M48.06-Estenosis vertebral, región lumbar

    3. DIAGNÓSTICO

      Estenosis foraminal L3-L5 con espondiloartrosis severa D10-D12 y L1-L5. Cervicoartrosis. Diverticulosis (sigmoidectomía en 2017). Incipiente síndrome del túnel carpiano bilateral. Rizartrosis izquierda. Trastorno adaptativo

    4. DATOS DEL RECONOCIMIENTO MÉDICO (Anamnesis, exploración, documentos aportados)

      Solicitud de reconocimiento de IP a instancia de parte

      Antecedentes laborales: ref‌iere llevar unos 30 años trabajando como herrero (carpintero metálico). Anteriormente trabajó como vendedor ambulante y ambas profesiones las combinó durante 22 años con la hostelería (cocinero propietario). Cotizados alrededor de 39 años.

      Alegaciones: ref‌iere no poder trabajar por agravamiento progresivo de su dolor lumbar de base, con irradiación a pierna derecha y columna cervical. Además, comenta estar muy deprimido desde que se le dio el alta laboral en diciembre 2018.

      Aporta documentación clínica que se revisa, además de la que consta en el visor del SCS. Se extraen los siguientes datos relevantes:

      - 09/01/19 Electromiograma: datos compatibles con un incipiente síndrome del túnel carpiano bilateral.

      - 11/12/18 Neurocirugía:

      Historia Actual: Cuadro de dolor lumbar de larga evolución, con aumento de la intensidad los últimos 6 años. Ref‌iere empeoramiento del dolor en relación al caminar. Ref‌iere mejoría del dolor en relación a f‌lexión del tronco y empeoramiento en relación a extensión. Ref‌iere mal control del dolor a pesar del tto médico instaurado. Pruebas Rayos: 11/07/2018 Pruebas Rx realizadas: RM DE COLUMNA LUMBAR SIN CONTRASTE Hallazgos: Los cuerpos vertebrales dorsales y lumbosacros mantienen una correcta alineación, morfología y señal de resonancia. Se estudian selectivamente los tres últimos espacios intervertebrales lumbares:

      1. L3-L4: Protrusión discal subligamentaria lateralizada hacia la derecha con componente foraminal que condiciona una estenosis foraminal derecha grado I con potencial efecto irritativo sobre la raíz L3 derecha en su trayecto foraminal.

      2. L4-L5: Pinzamiento intervertebral posterior con osteof‌itosis circunferencial y abombamiento discal acompañante lateralizado hacia la derecha, con artrosis interapof‌isaria bilateral incipiente y potencial efecto irritativo sobre ambas raíces L5 en el receso epidural anterolateral.

      3. L5-S1: Artrosis interapof‌isaria bilateral sin aparente repercusión sacorradicular.

      Datos clínicos: Dorsolumbalgia. En TC (2013) se aprecia una estenosis foraminal L3-L5 con espondiloartrosis severa D10-D12 y L1-L5 con clínica limitante que ha incrementado los últimos meses.

      Evolución y comentarios: no indicación quirúrgica en el momento actual.

      Informo de diagnóstico y tratamiento a realizar. Remito a unidad del dolor para valorar rizolisis, dolor de caracter facetario. Alta por nuestra parte.

      - 17/10/18 Digestivo:

      Exploracion Fisica: Abdomen: blando, depresible, no doloroso a la palpación. No signos de eventración. Evolución: Paciente acude a revisión, se encuentra asintomático. No dolor abdominal.

      Colonoscopia: Recto normal. Anastomosis colo-rectal a 20 cm de margen anal. Sigma con algún divertículo. Colon descendente, transverso, ascendente y ciego sin visualizar hallazgos patológicos.

      Plan: ALTA

      - 21/02/19 Urgencias:

      EPP: COTEP. Tranquilo, abordable y colaborador. Contacto y aspecto adecuados. Discurso espontáneo, f‌luido, coherente, sin alteraciones destacables. No se identif‌ica clínica psicótica. Ánimo deprimido que asocia apatía e ideas de desesperanza e incapacidad. Ansiedad mixta sin clara presencia de crisis. Rumiación de ideas en torno a su situación vital actual. Ritmos cronobiológicos conservados. Ideación autolítica que f‌lorece en momentos de mayor malestar emocional, sin intencionalidad ni planif‌icación, identif‌ica a su familia como factor protector.

      Juicio de realidad conservado.

      Diagnóstico: T. adaptativo.

      Exploración física:

      - Talla 173 cm. Peso 69 Kg.

      - Regular estado general, normocoloreado y normohidratado.

      - Consciente y orientado. Colaborador.

      - No se observan signos psicopatológicos durante la entrevista clínica, únicamente ánimo subdepresivo e ideación autolítica no estructurada.

      - Marcha autónoma conservada sin claudicación, incluyendo la marcha punta-talón, pero con lentitud y torpeza.

      - Puede ponerse en cuclillas y realizar el apoyo monopodal con dif‌icultad.

      - Movilidad vertebral disminuida con DDS mayor de 30 cm y movimientos cervicales limitados en los últimos grados (se marea al explorarle).

      - Pérdida del tono muscular en miembros inferiores, con signos radiculares dudosos (Lasègue a los 30º en pierna derecha y a los 45º en izquierda, con Bragard negativo).

      - Signo de Bonnet dudoso bilateral.

      - Romberg negativo con inestabilidad.

      - Signos artrósicos en manos con funcionalidad conservada y fuerza disminuida.

    5. TRATAMIENTO EFECTUADO, EVOLUCIÓN Y POSIBILIDADES TERAPEUTICAS

      Tratamiento conservador

      Evolución crónica

    6. CONCLUSIONES (Limitaciones orgánicas y/o funcionales)

      Pluripatología de predominio osteoarticular y neuropsiquiátrica que puede limitar la realización de tareas de sobrecarga mecánica vertebral (manipulación de cargas, mantenimiento de posturas, movimientos repetidos, etc.) o aquéllas que precisen fuerza en manos o miembros inferiores. Puede existir impedimento para actividades de riesgo, uso de máquinas peligrosas y/o armas

      (Medios de prueba: informe de valoración médica -folios 33 a 35 del expediente administrativo-).

    7. -Además del referido cuadro médico, el demandante padece las siguientes patologías

      a.-Una radiculopatía L4-L5 bilateral (predominio L5), de curso crónico e intensidad moderada en el lado izquierdo y leve en el derecho. Pérdida leve de unidades motoras en m. tibial anterior izquierdo.

      (EMG del Dr. Everardo de 01 de febrero de 2020 -folios 92 a 95 del expediente judicial-).

      b.-Una radiculopatía C5-C6 izquierda, de curso crónico e intensidad

      leve.

      (EMG del Dr. Everardo de 01 de febrero de 2020 -folios 92 a 95 del expediente judicial-).

      c.-Signos de afectación de los componentes sensitivos de ambos nervios medianos compatibles con un síndrome del túnel carpiano bilateral, de intensidad leve en el lado derecho y en estadio incipiente/muy leve en el lado izquierdo.

      (EMG del Dr. Everardo de 01 de febrero de 2020 -folios 92 a 95 del expediente judicial-).

      d.-Respecto del trastorno adaptativo, el paciente experimentó una agravación de su clínica ansioso depresiva en enero de 2019, estando anteriormente (desde el año 2016) en tratamiento con ansiolíticos con su MAP y presentado mala tolerancia a los antidepresivos

      (Informe del MAP de 05 de febrero de 2019 -folio 78 del expediente judicial).

TERCERO

- En dicha sentencia se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "En atención a lo expuesto, se estima la demanda interpuesta por D. Alexander contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y, en consecuencia:

  1. Se declara a D. Alexander en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de carpintero metálico, con las consecuencias inherentes a esta...

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