STSJ Galicia , 9 de Octubre de 2019
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:5368 |
Número de Recurso | 2201/2019 |
Procedimiento | Social |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA DE GALICIA
-PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 15030 44 4 2017 0000475
Equipo/usuario: MR
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002201 /2019 CRS
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000095 /2017
Sobre: ACCIDENTE DE GRADO
RECURRENTE/S D/ña Araceli
ABOGADO/A: MARCOS GUERRA MENGUAL
PROCURADOR:
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CASER RESIDENCIAL SAU, MUTUA LA FRATERNIDAD MUPRESPA, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 275
ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL,, MARIA EMMA OJEA CASTRO
PROCURADOR:
ILMOS/AS SRES/AS. MAGISTRADOS
D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE
D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
A CORUÑA, a nueve de octubre de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002201 /2019, formalizado por el letrado Marcos Guerra Mengual, en nombre y representación de Araceli, contra la sentencia número 417 /2018 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000095 /2017, seguidos a instancia de Araceli frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CASER RESIDENCIAL SAU, MUTUA LA FRATERNIDAD MUPRESPA, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 275, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Araceli presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CASER RESIDENCIAL SAU, MUTUA LA FRATERNIDAD MUPRESPA, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 275, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 417 /2018, de fecha trece de diciembre de dos mil dieciocho, por la que se la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
1°.- La demandante se encuentra afiliada con n° NUM000 al Régimen General de la Seguridad Social, siendo su profesión habitual la de operaria de máquinas de lavandería. 2°.- La demandante presta servicios laborales por cuenta ajena para la mercantil demandada, respecto de la cual no consta descubiertos en cuanto a sus cotizaciones a la Seguridad Social. 3°.- A fecha de 10/10/2016, en que fue emitido Dictamen Propuesta por el EVI, la demandante presentaba un cuadro clínico residual consistente en capsulitis adhesiva de hombro derecho (accidente de trabajo en julio de 2015), intervenida en dos ocasiones (septiembre de 2015 y abril de 2016), lo que le generaba limitaciones orgánicas y/o funcionales consistentes en limitación funcional de hombro derecho (miembro rector) menor del 50% y tres cicatrices posquirúrgicas curadas. 4°.- Por Resolución del INSS, de fecha de efectos de 13/10/2016, se acordó reconocer a la demandante una prestación por lesiones permanentes no invalidantes, por un total de 2.070,00 €, desglosados de la siguiente forma: a) Hombro: limitación movilidad conjunta articulación inferior al 50á......... 990,00 € b) Cicatrices no incluidas
en los epígrafes anteriores...... 540,00 € c) Cicatrices no incluidas en los epígrafes anteriores..... 540,00 € .
5°.- La demandante presenta los siguientes rangos de movilidad en su hombro derecho: 1. Extensión.........
170° (informe Dr. Victorio ; no aludido en el informe del Dr. Jose Luis ) 2. Abducción......... 100° (informes
de Dr. Victorio y Dr. Jose Luis, coincidentes en este punto) 3. Rotación interna......... alcanza L3 (informes
de Dr. Victorio y Dr. Jose Luis, coincidentes en este punto) 4. Rotación externa............ 38° (informes de Dr.
Victorio y Dr. Jose Luis, coincidentes en este punto). 6°.- Frente a la citada Resolución se formuló reclamación administrativa previa, la cual fue desestimada por ulterior Resolución del INSS, de fecha 13/12/2016. 7°.- Se agotó la vía administrativa previa.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
QUE DESESTIMANDO la demanda presentada por Da. Araceli, en su propio nombre y representación, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la mercantil CASER RESIDENCIAL SAO, a la mutua FRATERNIDAD MUPRESPA, al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de los pedimentos frente a estos deducidos.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Recurre el trabajador la desestimación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Galicia 4673/2019, 21 de Noviembre de 2019
...La censura jurídica también puede admitirse, ya que, tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 09/10/19 R. 2201/19, 23/09/19 R. 2039/19, 11/07/19 R. 1098/19, 06/06/19 R. 1063/19, 09/05/19 R. 463/19, etc.-, la existencia o no de IP y su ubicació......
-
STSJ Galicia 4822/2019, 10 de Diciembre de 2019
...La censura jurídica tampoco puede admitirse, ya que, tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 09/10/19 R. 2201/19, 23/09/19 R. 2039/19, 11/07/19 R. 1098/19, 06/06/19 R. 1063/19, 09/05/19 R. 463/19, 24/04/19 R. 72/19, 22/03/19 R. 4735/18, 06/02......
-
STSJ Galicia 1189/2020, 13 de Marzo de 2020
...-sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 11/02/20 R. 4657/19, 16/01/20 R. 4032/19, 17/12/19 R. 3453/19, 15/11/19 R. 2831/19, 09/10/19 R. 2201/19, etc.-, la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina mediante un complejo proceso valorati......
-
STSJ Galicia 2173/2020, 17 de Junio de 2020
...-sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 11/02/20 R. 4657/19, 16/01/20 R. 4032/19, 17/12/19 R. 3453/19, 15/11/19 R. 2831/19, 09/10/19 R. 2201/19, etc.-, la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina mediante un complejo proceso valorati......