STSJ Comunidad de Madrid 550/2019, 29 de Julio de 2019

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJM:2019:6939
Número de Recurso482/2018
ProcedimientoProcedimiento ordinario
Número de Resolución550/2019
Fecha de Resolución29 de Julio de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2018/0010463

Procedimiento Ordinario 482/2018

Demandante: D./Dña. Candido

PROCURADOR D./Dña. ANA DE LA CORTE MACIAS

Demandado: DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 550

Presidente:

D./Dña. Mª TERESA DELGADO VELASCO

Magistrados:

D./Dña. Mª ANGELES HUET DE SANDE

D./Dña. CRISTINA CADENAS CORTINA

D./Dña. MARÍA ASUNCIÓN MERINO JIMÉNEZ

D./Dña. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

D./Dña. LUIS FERNÁNDEZ ANTELO

En la Villa de Madrid a veintinueve de julio de 2019

Visto por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 482/18, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Ana de la Corte Macías, en nombre y representación de don Candido, contra la resolución dictada por el Teniente General Jefe de Mando de Operaciones Territoriales de la Dirección General de la Guardia Civil de 13 de marzo de 2018, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución del Coronel Jefe de la Zona de Baleares de la Guardia Civil de 17 de octubre de 2017, en relación con la planif‌icación del servicio de la Unidad; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

La Abogacía del Estado contesta a la demanda, suplicando se dicte sentencia conf‌irmatoria de la resolución impugnada por considerarla ajustada al ordenamiento jurídico.

TERCERO

Habiéndose recibido el presente proceso a prueba, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 3 de julio de 2019, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES HUET DE SANDE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por don Candido contra la resolución dictada por el Teniente General Jefe de Mando de Operaciones Territoriales de la Dirección General de la Guardia Civil de 13 de marzo de 2018, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución del Coronel Jefe de la Zona de Baleares de la Guardia Civil de 17 de octubre de 2017, en relación con la planif‌icación del servicio de la Unidad.

SEGUNDO

Son antecedentes necesarios para resolver el presente recurso los siguientes:

a).- El 6 de julio de 2017, el Jefe de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Zona/Comandancia de Illes Balears establece unas instrucciones para la planif‌icación de los servicios de la Sección de Investigación Criminal de dicha Unidad a la que pertenece el recurrente.

b).- Con fecha 16 de agosto de 2017, el interesado presenta una queja porque considera que el nombramiento de los servicios de prestación combinada no se ajusta a la Orden General 11/2014, de 23 de diciembre, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil (en adelante, OG 11/2014), pues convierte en regla general un supuesto excepcional (duración inferior a 24 horas de estos servicios), y solicita que se dejen sin efecto las instrucciones.

c).- Mediante resolución de 17 de octubre de 2017, el Jefe de la Zona/Comandancia de Illes Balears desestima la pretensión del interesado y, recurrida esta resolución en alzada, es conf‌irmada por resolución de 13 de marzo de 2018, del Teniente General Jefe de Mando de Operaciones Territoriales de la Dirección General de la Guardia Civil. Éstas son las resoluciones que se impugnan en el presente recurso jurisdiccional.

TERCERO

Se alega en la demanda que en las instrucciones de servicio elaboradas, con fecha 6 de julio de 2017, por el Jefe de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Zona/Comandancia de Illes Balears se vulnera la OG 11/2014, porque se convierte en regla general un supuesto excepcional como es la duración inferior a 24 horas de los servicios de prestación combinada que deriva del art. 6 de la citada OG. Destaca que el apartado 4 del art. 6 de la OG 11/2014, excepciona de este régimen general a las unidades de investigación policial, como es el caso que nos ocupa, pero esta excepción se limita a prever que los servicios de prestación combinada sean más largos (superior a 24 horas), pero en ningún momento se permite que la prestación combinada sea inferior a 24 horas. En segundo lugar, considera que no se cumplen los periodos de localización previstos en el art. 3.i) de la OG 11/2014, porque algunos días se imponen períodos de localización de dos horas, cuando el máximo establecido en dicho precepto es de una hora y media. Por último, considera que también se infringe el apartado 2 del art. 6 de la OG 11/2014, porque algunos días que cita no se respeta la diferencia de 24 horas que debe mediar entre dos servicios de prestación combinada. En def‌initiva, considera que una previsión establecida en la norma con carácter excepcional, como es la duración inferior a 24 horas de los servicios de prestación combinada, se ha convertido en regla general, dando lugar a que el horario implantado sea, en def‌initiva, un horario de jornada laboral partido camuf‌lado bajo la apariencia de modalidad de prestación combinada.

El Abogado del Estado abunda en cuanto se argumenta en las resoluciones impugnadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SJCA nº 1 247/2021, 16 de Diciembre de 2021, de Logroño
    • España
    • 16 Diciembre 2021
    ...de diciembre de 2019 (ROJ: STSJ AND 18339/2019 - ECLI:ES:TSJAND:2019:18339), la STSJ, Contencioso sección 6 del 29 de julio de 2019 (ROJ: STSJ M 6939/2019 - ECLI:ES:TSJM:2019:6939), a la que nos 3.3.1.- Necesidades organizativas que no han sido desvirtuadas por la actora, en relación con el......
  • SJCA nº 1 95/2020, 15 de Julio de 2020, de Logroño
    • España
    • 15 Julio 2020
    ...de diciembre de 2019 (ROJ: STSJ AND 18339/2019 - ECLI:ES:TSJAND:2019:18339), la STSJ, Contencioso sección 6 del 29 de julio de 2019 (ROJ: STSJ M 6939/2019 - ECLI:ES:TSJM:2019:6939 ), a la que nos remitimos. Necesidades organizativas que no han sido desvirtuadas por la actora, en relación co......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR