SAP Barcelona 1875/2019, 17 de Octubre de 2019
Ponente | BERTA PELLICER ORTIZ |
ECLI | ES:APB:2019:11981 |
Número de Recurso | 1924/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 1875/2019 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08071
TEL.: 938294451
FAX: 938294458
N.I.G.: 0801942120178122503
Recurso de apelación 1924/2018-2ª
Materia: Juicio Ordinario
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona
Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario (Contratación art. 249.1.5) 3654/2018
Parte recurrente/Solicitante: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA
Procurador/a: Ana Maravillas Campos Perez-Manglano
Abogado/a: Patricia Navarro Montes
Parte recurrida: Carmelo, Purificacion
Procurador/a: Javier Fraile Mena
Abogado/a: Jose Maria Ortiz Serrano
Cuestiones.- Recurso banco. Comisión de apertura. Nulidad. Gastos. Fecha devengo intereses acción restitutoria de los gastos.
SENTENCIA núm. 1875/2019
Ilmos. Sres. Magistrados
JOSÉ MARÍA RIBELLES ARELLANO
Berta Pellicer Ortiz
NURIA BARCONES AGUSTÍN
En la ciudad de Barcelona, a 17 de octubre de 2019.
Parte apelante: "BBVA, S.A.".
- Letrado: Samuel Tronchoni Ramos.
- Procuradora: Ana M. Campos Pérez-Manglano.
Parte apelada: Carmelo y Purificacion .
- Letrada: Nahikari Larrea Izaguirre.
- Procurador: Javier Fraile Mena.
Resolución recurrida: Sentencia.
Objeto: nulidad condiciones generales. Comisión apertura. Fecha devengo intereses restitución gastos.
-Fecha: 25 de julio de 2018.
-Parte demandante: Carmelo y Purificacion .
-Parte demandada: "BBVA, S.A.".
La sentencia dictada en primera instancia recoge el siguiente
FALLO
"Que ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta a instancia de Carmelo y Purificacion, contra la entidad BBVA, S.A. y:
1.- DECLARO LA NULIDAD POR ABUSIVA de la Cláusula QUINTA, del contrato de préstamo hipotecario concertado en fecha de 30 de octubre de 2002 (protocolo 3480), en lo relativo a gastos de notaría, registro, tramitación e impuestos, exceptuando la tasación y subsistiendo la vigencia del resto del contrato en todo lo no afectado por la presente resolución y, en consecuencia, condeno a la parte demandada a abonar al demandante la cantidad de 436,00 euros, así como a los intereses legales devengados desde el momento en que se efectuó su pago, y los intereses del art. 576 de la LEC desde el dictado de la sentencia.
2.- DECLARO LA NULIDAD de la Cláusula contractual sobre COMISIÓN DE APERTURA (4.1) y, en consecuencia, condeno a la parte demandada a abonar al demandante la cantidad de 1.797,00 euros, así como a los intereses legales devengados desde el momento en que se efectuó su pago, y los intereses del art. 576 de la LEC desde el dictado de la sentencia.
3.- DECLARO LA NULIDAD de la Cláusula SEXTA, relativa a los intereses de demora, eliminando dicha cláusula del contrato, y teniéndola por no puesta, devengándose únicamente el tipo de interés remuneratorio previsto en la escritura pública del préstamo hipotecario.
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Expídase mandamiento al titular del REGISTRO DE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN para la inscripción de la sentencia, en relación a la nulidad de las condiciones generales de la contratación, contenidas en la escritura de préstamo hipotecario de fecha de 30 de octubre de 2002, ante el Ilustre Notario Don LORENZO
P. VALVERDE GARCÍA, con número 3480 de su protocolo "
Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo. Tramitada que fue la oposición, se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día 16 de octubre de 2019 pasado.
Actúa como ponente la magistrada Sra. Berta Pellicer Ortiz.
Términos en los que aparece planteado el conflicto en esta instancia.
1. La parte actora interpuso demanda contra la entidad "BBVA, S.A" solicitando la nulidad de las estipulaciones incluidas en contrato de préstamo hipotecario de fecha de 30 de octubre de 2002, relativas a los gastos del contrato, comisiones, en lo relativo a la comisión de apertura e intereses de demora. También solicitaba la condena a la demandada a reintegrarle la suma que afirmaba haber abonado indebidamente y que debía soportar la demandada.
2. Opuesta la demandada en trámite de contestación a la Demanda, la entidad bancaria interesó la íntegra desestimación de la Demanda, con expresa condena en costas a la parte actora.
3 . La sentencia estima parcialmente la demanda y no hace expresa imposición de las costas causadas a la entidad bancaria demandada. Declara la nulidad parcial de la cláusula CUARTA, relativa al cobro de una comisión por apertura, condenando, en consecuencia, a la demandada, a abonar a la actora la suma de
1.797,00 euros, más intereses desde la fecha en la que dicha cantidad fue abonada por la parte actora. Además
declara la nulidad de la cláusula de gastos y condena a la entidad bancaria demandada a restituir a la actora la cantidad de 436,00 euros, más intereses desde la fecha en la que dicha cantidad fue abonada por la parte actora y, por último, declara la nulidad de la cláusula de intereses de demora, declarando que siga devengando el interés remuneratorio pactado.
4. La sentencia es recurrida por el Banco, si bien únicamente en relación a los pronunciamientos de la Sentencia relativos a la comisión por apertura y los efectos derivados de la declaración de nulidad, que la sentencia de instancia declara nula y la fecha de devengo de los intereses sobre la cantidad que debe ser objeto...
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SAP Barcelona 638/2019, 28 de Noviembre de 2019
...en relación a la nulidad de la COMISIÓN DE APERTURA/ ESTUDIO, Así, la Sentencia de la APB de 17 de octubre de 2019, sección 15ª Roj: SAP B 11981/2019 -ECLI:ES:APB:2019:11981 se pronuncia en el siguiente sentido "La sentencia declara la nulidad de la cláusula cuarta, sobre comisión de apertu......