SAP Guadalajara 140/2019, 2 de Septiembre de 2019

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTINEZ SANCHEZ
ECLIES:APGU:2019:264
Número de Recurso411/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución140/2019
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00140/2019

Modelo: N10250

PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10

Teléfono: 949-20.99.00 Fax: 949-23.52.24

Correo electrónico:

Equipo/usuario: SA

N.I.G. 19130 42 1 2017 0006487

RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000411 /2018 -S

Juzgado de procedencia: JDO.PRIMERA INSTANCIA N.4 de GUADALAJARA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001282 /2017

Recurrente: Verónica, Jose Pablo

Procurador: JAVIER FRAILE MENA, JAVIER FRAILE MENA

Abogado: NAHIKARI LARREA IZAGUIRRE, NAHIKARI LARREA IZAGUIRRE

Recurrido: BANCO DE SABADELL SA

Procurador: MARIA MERCEDES ROA SANCHEZ

Abogado: ALEJANDRO SANVICENTE IBIRICU

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

Dº. JOSE AURELIO NAVARRO GUILLEN

Dª MARIA ELENA MAYOR RODRIGO

Dª MARIA CARMEN MARTINEZ SANCHEZ

S E N T E N C I A Nº 140/19

En Guadalajara, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.

VISTO en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de procedimiento ordinario 1282/17, procedentes del JUZGADO DE 1ª INSTANCIA nº4 de Guadalajara, a los que ha correspondido el Rollo nº411/18, en los que aparece como parte apelante Verónica y Jose Pablo representados por el Procurador de los tribunales D.Javier Fraile Mena, y como parte apelada Banco de

Sabadell S.A., representado por la Procuradora de los tribunales Dª María Mercedes Roa Sánchez, sobre nulidad de condiciones generales contratación, costas, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA CARMEN MARTINEZ SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 5 de abril del 2018, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de DOÑA Verónica y DON Jose Pablo contra la entidad BANCO SABADELL S.A debo declarar y declaro la nulidad de la condición general de la contratación relativa a la f‌ijación del límite mínimo del tipo de interés variable prevista en la cláusula f‌inanciera tercera de la escritura de préstamo hipotecario de 25 de Enero de 2005 debiendo condenar y condenando a la parte demandada a la eliminación de dicha estipulación y a devolución de las cantidades que se hubieran cobrado en aplicación de dicha estipulación desde el momento en que dicha cláusula haya comenzado a desplegar sus efectos y hasta su completa eliminación, junto con los intereses legales desde la fecha de cada cobro y hasta su completa satisfacción, lo que será calculado en ejecución de sentencia.

Todo ello sin expresa imposición de costas."

TERCERO

Notif‌icada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Verónica y Jose Pablo, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 30 de abril del 2019.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación contra la sentencia de 5 de abril de 2018 en la que se estimaba, por allanamiento, íntegramente la demanda, condenando a la entidad demandada en los términos del suplico de la demanda, pero sin expresa imposición de costas.

Consideran los recurrentes que la entidad bancaria es merecedora del pago de las costas al haberse estimado la sentencia en su integridad, y constando requerimiento extrajudicial previo al proceso de fecha 17 de mayo de 2017, y al entender que ello es suf‌iciente para no optar por la vía establecida en el RD 1/2017, que es el motivo por el que la Juzgadora no ha impuesto las costas, y entendiendo que ha habido una actuación de mala fe por la contraparte, por ese allanamiento previo requerimiento; y solicitando en def‌initiva se revoque la sentencia únicamente en cuanto a las costas, imponiendo las mismas a la parte demandada.

SEGUNDO

Esta Audiencia Provincial se ha pronunciado muy recientemente en cuanto a esta cuestión, en concreto en sentencia de 25 de enero de 2019, en el siguiente sentido: [Pues bien, en cuanto a la aplicación del art. 4 del RD-Ley 1/2017, de 20 de enero, que...

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