STSJ Galicia 153/2019, 5 de Junio de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha05 Junio 2019
Número de resolución153/2019

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00153/2019

PONENTE: Dª. CRISTINA MARIA PAZ EIROA

RECURSO: RECURSO DE APELACION 7040/2019

APELANTE : MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A.

Procurador: D. FRANCISCO JAVIER AMADOR PARDO

Letrado: D. LUIS PEÑA PLAZA

APELADA: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Procurador:

Letrado: LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SENTENCIA

Ilmos. Sres. e Ilma. Sra

Julio Cibeira Yebra Pimentel presidente

Juan Bautista Quintas Rodriguez

CRISTINA MARIA PAZ EIROA

En la ciudad de La Coruña, a 5 de junio de 2019 .

Vistos los autos de recurso de apelación seguidos ante esta Sala con el número 7040/2019, interpuesto por "MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA" contra la sentencia de 18 de febrero de 2019 dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Nº 3 de La Coruña en el procedimiento ordinario 270/2018; siendo parte apelada la Tesorería General de la Seguridad Social.

Es Ponente la Ilma. Sra. Doña CRISTINA MARIA PAZ EIROA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº 3 de La Coruña dictó sentencia de 18 de febrero de 2019 en el procedimiento ordinario 270/2018 con el fallo que sigue: "Desestimo el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por el representante procesal de la sociedad mercantil "MAKRO Autoservicio Mayorista, SA" contra la resolución de la jefa de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de A Coruña de 19.10.17, que conf‌irmó la de la directora de la Administración 15/02 de 26.06.17, en la que denegó su solicitud de rectif‌icación de su encuadramiento a efectos

de la cotización por las contingencias profesionales, que también conf‌irmo. Le impongo a la parte actora el pago de las costas causadas a la adversa, hasta un máximo de 700,00 euros" .

SEGUNDO

"MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA" interpuso recurso de apelación mediante escrito razonado conteniendo las alegaciones en que se fundamentaba el recurso y suplicando que "se estime íntegramente el recurso de apelación interpuesto" .

TERCERO

El Juzgado dictó resolución admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a las demás partes. La Tesorería General de la Seguridad Social presentó escrito de oposición al recurso de apelación solicitando la "conf‌irmación expresa de la sentencia recaída en la instancia, e imposición a la apelante de las costas causadas" .

CUARTO

Recibidos los autos, la Sala, por providencia de 22 de mayo de 2019, señaló el día 31 del mismo mes y año para la votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aceptamos los fundamentos jurídicos de la sentencia en cuanto no contradigan los de esta.

SEGUNDO

La apelante argumenta en primer lugar que la falta de resolución expresa en el plazo previsto tenía como efecto la estimación de su solicitud por silencio administrativo. En segundo lugar, argumenta que, de conformidad con las notas explicativas del INE, el predominio o superación del 50% de ventas es lo importante y no el reparto entre las clases concretas de productos; que, con independencia de la amplitud del objeto social, se acreditó que ni la TGSS ni la Inspección de Trabajo desvirtuaron que se realizan exclusivamente las funciones propias del CNAE 46.39; y que en el poder aportado ya se dice "actividades propias de distribución de productos, alimentación y no alimentación".

TERCERO

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