STSJ Asturias 971/2019, 14 de Mayo de 2019
Jurisdicción | España |
Fecha | 14 Mayo 2019 |
Número de resolución | 971/2019 |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00971/2019
T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
NIG: 33044 44 4 2018 0004320
Equipo/usuario: MGZ
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000775 /2019
Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000724 /2018
Sobre: RESOLUCION CONTRATO
RECURRENTE/S D/ña Petra
ABOGADO/A: ALMUDENA LLAMAZARES MENDEZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACION CIUDADANA DEL P. ASTURIAS
ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
SENTENCIA Nº 971/19
En OVIEDO, a catorce de mayo de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ y D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0000775/2019, formalizado por la Letrado Dª. ALMUDENA LLAMAZARES MENDEZ, en nombre y representación de Petra, contra la sentencia número 50/2019 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000724/2018, seguidos a instancia de Petra frente a la CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACION CIUDADANA DEL P. ASTURIAS, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo Sr D. JOSE LUIS NIÑO ROMERO .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
Dª. Petra presentó demanda contra la CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACION CIUDADANA DEL P. ASTURIAS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 50/2019, de fecha treinta y uno de enero de dos mil diecinueve .
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
-
) La actora doña Petra, cuyas circunstancias constan en el encabezamiento de la demanda, venía prestando servicios para la entidad Administración del Principado de Asturias, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada de interinidad suscrito el 13 de abril de 2007, con la categoría de Auxiliar educadora, a tiempo parcial, con jornada ordinaria de 22,80 horas semanales en cómputo anual, realizando la prestación de servicio en fines de semana/festivos a razón de 7 horas al día, más 3 horas semanales de reunión, "para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva de conformidad con la cláusula tercera"; disponiendo la citada cláusula que: "la duración del presente contrato se extenderá desde el 13 de abril de 2007 durante el tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva de la plaza, sea amortizada, transformada o bien si se produce el reingreso del personal excedente conforme al Convenio Colectivo de aplicación, así como por cobertura de personal laboral fijo, todo ello por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos, en el CENTRO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ME NO RES DE SOGRANDIO; rigiéndose la relación laboral por el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, percibiendo un salario diario en cómputo anual de 46,76 euros.
La actora el 24 de octubre de 2018 acepta contrato con Consejería de Servicios y Derechos (25-10-2018) zona
-
) Con anterioridad la actora había prestado servicios para la entidad demandada en virtud de los siguientes contratos.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrad para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Candida . Con duración pactada del 14 de abril de 2003 a 18 de abril de 2003.
- Contrato de trabajo de duración determinada eventual por circunstancias de la producción a jornada completa siendo el objeto "atender la acumulación de áreas originadas en el Centro Materno Infantil de Oviedo por el incremento de tareas en dicho centro", con duración pactada de 6 meses desde el 19 de junio de 203 hasta el 18 de diciembre de 203.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Celsa . Con duración pactada del 27 de diciembre de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2003, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Crescencia . Con duración pactada del 17 de abril de 204 hasta el día que finalice la Incapacidad temporal del trabajador sustituido y, en su caso, en tanto dure el trámite del expediente de IP previsto en el art 131 bis de la LGSS .
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Crescencia . Con duración pactada del 55 de octubre de 2004 hasta el 11 de octubre de 2004, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Flora . Con duración pactada del 22 de diciembre de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2004, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Joaquina . Con duración pactada del 25 de junio de 2005 hasta el 5 de julio de 2005, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Lina (11/7 a 9/8/2005) y Dña. Maribel . (10 a 28/8/2005). Con duración pactada del 11 de julio de 2005 hasta el 28 de agosto de 2005, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Natalia . Con duración pactada del 5 de septiembre de 2005 a 20 de septiembre de 2005, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Palmira . Con duración pactada del 30 de septiembre de 2005 a 8 de noviembre de 2005, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrad para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Ramona . Con duración pactada del 19 de diciembre de 2005 hasta el 23 de diciembre de 2005, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Rosalia . Con duración pactada del 18 de septiembre de 2006 hasta el 22 de septiembre de 2006, siendo la causa de la sustitución la licencia por asuntos particulares.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Sandra . Con duración pactada del 20 de diciembre de 2006 hasta el 29 de diciembre de 2006, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentario de vacaciones.
- Contrato de duración determinada de interinidad a jornada completa, celebrado para sustituir al trabajador con derecho a reserva de puesto Dña. Susana . Con duración pactada del 31 de marzo de 2007 hasta el 9 de abril de 2007, siendo la causa de la sustitución el disfrute del periodo reglamentaria de vacaciones.
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) En BOPA de 28 de agosto de 2007 se publica la resolución de 26 de julio de 2007 de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno por la que se inicia el procedimiento de concurso de traslados regulado en el art 40 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias .
En BOPA de 19 de abril de 2008 se publica la resolución de 28 de marzo de 2008 de la Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno por la que se resuelve el concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de la Administración del Principado de Asturias y Organismos Autónomos integrados en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias.
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) En BOPA de 22 de julio de 2016 se publica el Acuerdo de 20 de julio de 2016 del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la ampliación de la oferta empleo público para el año 2016 de la Administración del Principado de Asturias sus Organismos y Entes Públicos.
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) En BOPA de 18 de abril de 2017 se publicó la resolución por la que se convocaban pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Auxiliar educador de la Administración del Principado de Asturias, ofertándose 10 plazas por el turno libre y 23 de promoción interna.
En BOPA de 1 de septiembre de 2018 se publicó la resolución de 16 de agosto de 2018 de la Consejería de Hacienda y Sector Público por la que se dispone la contratación...
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