SAP Madrid 290/2019, 2 de Abril de 2019

PonenteJOAQUIN DELGADO MARTIN
ECLIES:APM:2019:4169
Número de Recurso585/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución290/2019
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

GRUPO DE TRABAJO:MJ

37051540

N.I.G.: 28.079.43.1-2014/0120543

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 585/2019

Origen :Juzgado de lo Penal nº 03 de Madrid

Procedimiento Abreviado 436/2016

Apelante: D./Dña. Gustavo

Procurador D./Dña. LUIS GOMEZ LOPEZ-LINARES

Letrado D./Dña. FERNANDO MAQUEDA LOPEZ

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 290/2019

______________________________________________________________

Ilmos. Señores Magistrados:

DON VALENTIN JAVIER SANZ ALTOZANO

DON EDUARDO DE URBANO CASTRILLO

DON JOAQUÍN DELGADO MARTÍN (Ponente)

______________________________________________________________

En Madrid, a 2 de abril de 2019.

VISTO en segunda instancia, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el Procedimiento Abreviado nº 436/16 procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid seguido contra Gustavo y Beatriz por un delito contra la propiedad intelectual y una falta contra la propiedad industrial, venido a conocimiento de esta Sección en virtud de recurso de apelación que autoriza el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por la representación del acusado Gustavo contra la Sentencia dictada el expresado Juzgado con fecha 6 de febrero de 2019 .

Ha sido ponente el Magistrado D. JOAQUÍN DELGADO MARTÍN quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Madrid se dictó sentencia con el siguiente fallo:

SE ABSUELVE a Beatriz del DELITO CONTINUADO CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL

SE CONDENA a Gustavo como autor penalmente responsable de un DELITO CONTINUADO CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, y de una FALTA CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL anteriormente def‌inidos, con la concurrencia de la atenuante muy cualif‌icada de dilaciones indebidas, a las siguientes penas:

POR EL DELITO CONTINUADO CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, a la pena de SIETE MESES Y DIECISÉIS DÍAS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena Y NUEVE MESES Y UN DÍA DE MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE 5 EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53.1 del Código penal . Y

POR LA FALTA RELATIVA A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, a la pena de QUINCE DÍAS DE MULTA, CON UNA CUOTA DIARIA DE 5 EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53.1 del Código penal .

En esta sentencia se declaran probados los siguientes hechos:

"PRIMERO. Sobre las 17'00 horas del día 5 de marzo de 2014, en las inmediaciones de la calle Marcelo Usera, de Madrid, funcionarios policiales sorprendieron al acusado Gustavo, con NOI NUM000, nacido en Sierra Leona el NUM001 de 1983, sin antecedentes penales, cuando ofrecía en venta, en una sábana extendida, diversos DVDs, CDs y ropa deportiva.

Los agentes siguieron al acusado hasta el local sede de la empresa MUDANZAS MARÍTIMOS, regentado por la acusada Beatriz, con NIE NUM002, nacida en Bolivia el NUM003 de 1981, sin antecedentes penales, sito en el número 39 de la misma calle, donde el acusado introdujo dos mochilas que contenían 415 películas de DVDs, 55 CDs musicales de diferentes títulos y autores, todos ellos copias fraudulentas de los títulos y marcas originales que producirían unos perjuicios a los productores fonográf‌icos representados en AGEDI de 163'35 euros, a los autores representados en SGAE de 61'5 euros, y a las compañías productores representadas en EGEDA de 4.772'50 euros. Se incautaron asimismo 26 reproducciones fraudulentas de las originales prendas deportivas de las marcas ADIDAS, CALVIN KLEIN y NIKE.

No ha resultado acreditado que la acusada Beatriz permitiera que el acusado introdujera en su local los efectos indicados, o tuviera conocimiento de ello.

SEGUNDO

El acusado fue detenido al día siguiente, cuando se encontraba en el mismo lugar ofreciendo en venta 122 películas de DVD, 40 CDs musicales de diferentes títulos y autores, que fueron incautados, todos ellos copias fraudulentas de los títulos y marcas originales, efectos que producirían unos perjuicios a los productores fonográf‌icos representados en AGEDI de 118'80 euros, a los autores representados en SGAE de 44'40 euros, y a las compañías productoras representadas en EGEDA de 1.403 euros. Asimismo se intervinieron al acusado tres prendas deportivas reproducciones fraudulentas de las marcas ADIDAS, CALVIN KLEIN y NIKE, que producirían unos perjuicios de 80 euros a PVH CORP, titular de los derechos de explotación de la marca CALVIN KLEIN; de 20 euros a NIKE INC, titular de los derechos de explotación de la marca NIKE; y de 51 euros a la marca ADIDAS GROUP, titular de los derechos de explotación de la marca ADIDAS.

La valoración total del perjuicio causado es de 175 euros.

ADIDAS GROUP y PVH CORP han renunciado a ser indemnizadas.

TERCERO

El procedimiento ha estado paralizado por causa no imputable al acusado desde el 22 de septiembre de 2015 hasta el 18 de enero de 2016. Del 29 de diciembre de...

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