STSJ Asturias 15/2019, 1 de Abril de 2019

PonenteANGEL AZNAREZ RUBIO
ECLIES:TSJAS:2019:1144
Número de Recurso17/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución15/2019
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2019
EmisorSala de lo Civil y Penal

T.S.J.ASTURIAS SALA CIV/PE

OVIEDO

SENTENCIA: 00015/2019

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CIVIL Y PENAL

ASTURIAS

C/SAN JUAN, S/N- OVIEDO

Teléfono: 985988411

Equipo/usuario: MHG

Modelo: N91210

N.I.G.: 33024 48 2 2017 0000696

Refª.- RPL RECURSO DE APELACION 0000017 /2019

Sobre: V.DOMÉSTICA Y DE GÉNERO.LESIONES/MALTRATO FAMILIAR

Denunciante/querellante: Ceferino

Procurador/a: D/Dª BEGOÑA BUELGA GARCIA

Abogado/a: D/Dª JUANA FRIERA GONZALEZ

Contra: MINISTERIO FISCAL, Zulima

Procurador/a: D/Dª , MARTA DE LA PAZ MARTINEZ VEGA

Abogado/a: D/Dª , MARIA DEL ROSARIO AMADO LOPEZ

EXCMO. SR./A MAGISTRADO-PRESIDENTE

IGNACIO VIDAU ARGUELLES

ILTMOS. MAGISTRADOS SRES:

DON JOSÉ IGNACIO PÉREZ VILLAMIL

DON ÁNGEL AZNÁREZ RUBIO

SENTENCIA Nº 15/19

En Oviedo a uno de abril de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo dictó el once de enero de dos mil diecinueve la Sentencia número 9/2019 . Dicha Sentencia fue dictada en los autos procedentes del Juzgado de Violencia sobre la mujer de Gijón -Diligencias de Procedimiento Abreviado número 246/2018- seguidas por delitos de lesiones, violencia de género y amenazas. El rollo de Sala tiene el número 17/2019.

En dicha Sentencia fueron declarados probados los siguientes hechos (1):

" Ceferino , mayor de edad y con antecedentes penales computables en esta causa, al haber sido ejecutoriamente condenado en sentencia firme, de fecha 19 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado de violencia sobre la Mujer de Gijón en autos de juicio rápido nº 102/2015 como autor de un delito de malos tratos de género, y Zulima , mantenían, al tiempo de los hechos, una relación sentimental conviviendo en el mismo domicilio, sito en la C/ DIRECCION000 n. NUM000 NUM001 de Gijón.

El día 27 de agosto de 2017, en torno a las 5:00 horas, Zulima se encontraba, junto con dos amigas, en el exterior de un bar sido en la zona de Fomento de la localidad de Gijón, personándose en el lugar Ceferino , y como quisiera que aquélla se encontraba hablando con un chico se dirigió molesto hacia, ella, cogiéndola fuertemente del brazo derecho y cuello, apartándola del grupo para conducirla violentamente a la acera de enfrente, donde la recriminó su conducta, al tiempo que la zarandeaba, continuando la discusión hasta que el acusado abandonó al lugar.

Una hora más tarde, aproximadamente, Zulima recibe una llamada de Ceferino manifestándole que la iba a matar, que le iba a quemar sus pertenencias y que iba a matar a su gato.

En torno a las 08: horas, cuando Zulima regresaba a su domicilio, ya sola, caminando por la Plaza de Europa resultó abordada por detrás por el acusado, quien le arrebató el móvil que portaba en la mano y con ánimo de menoscabar su integridad física, le propinó un fuerte tortazo seguido de un cabezazo y cogiéndola por el pelo la lanza contra una papelera, llegando a tirarla al suelo, donde le asestó una patada mientras le decía "eres una puta de mierda, eres la más puta de Gijón, vas a flipar cuando llegues a casa". Ante la presencia de terceros viandantes el acusado cesó en su ataque, abandonando el lugar.

Como consecuencia de la agresión, Zulima , resultó con lesiones consistentes en

- Contusión con equimosis en el párpado inferior y la región infraorbitaria derechos.

- Contusión bucal maxilar superior con equimosis en el labio superior, hematoma en la parte anterior de la arcada superior, intrusión y movilización del incisivo latera superior derecho( diente 12), traumatismo en incisivo central superior derecho(diente 11) y traumatismo en el incisivo central superior izquierdo (diente 21) con movilidad y afectación de la pared alveolar.

- Erosiones en región axilar izquierda.

- Contusión abdominal con equimosis sobre espina iliaca superior derecha.

- Contusión en antebrazo derecho.

- Contusión y equimosis en rodilla izquierda y contusión en tercio superior de pierna derecha.

Lesiones que precisaron para su sanidad una primera asistencia facultativa y tratamiento médico odontológico para desvitalización del diente 21, invirtiendo 20 días en su curación sin impedimento para el desarrollo de sus ocupaciones habituales.

Restando como secuelas, según informe del médico forense emitido en fecha 25 de octubre de 2017, desplazamiento axial del diente 21 que previsiblemente precisará, a corto plazo, su extracción y sustitución por una prótesis(siendo asimilable a pieza dental), y requiriendo el diente 21 observación a medio plazo para controlar la evolución.

El tratamiento odontológico privado, que aún perdura en la actualidad, consistió en la extracción simple con odonto/sección de las piezas 12 y 21, colocándose implante del diente 21, sin que en relación con el diente 12 su situación ósea permita la colocación de un implante, puesto que debido al traumatismo sufrido resultó fracturada la pared vestibular con compromiso de las paredes Mesial y Distal, dejando un defecto óseo muy grande lo que precisa realizar una regeneración ósea, colocando hueso y membrana.

De las referidas lesiones Zulima recibió, inicialmente asistencia facultativa en el Centro de Salud de Puerta de la Villa y en el Hospital de Cabueñes de Gijón, pertenecientes al SESPA, ocasionando unos gastos médicos que ascendieron a la suma de 314,01 euros; el tratamiento privado odontológico ascendió a la suma de 255 euros- tratamiento inicial- y a la cantidad de 4.701 euros.

El teléfono móvil iPhone 6S propiedad de Zulima , valorado en la suma de 580 euros, no fue recuperado tras el incidente, sin que conste que el acusado se haya apropiado del mismo.

Zulima está acudiendo, desde el día 4 de septiembre de 2017, a sesiones de asesoramiento psicológico en el Centro asesor de la Mujer de Gijón".

El Fallo de la sentencia fue el siguiente (2):

"Que debemos condenar y condenamos a Ceferino como autor penal y civilmente responsable de:

  1. - Un delito de lesiones cualificado, ya definido, con la agravante de reincidencia a la pena de 5 años de prisión y accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; asimismo prohibición de aproximarse, a una distancia inferior a 500 mts a Zulima , a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar por ella frecuentado, durante un periodo de seis años, así como la prohibición de comunicarse con ella, por tiempo de seis años.

  2. - Un delito de lesiones de género, ya definido, con la agravante de reincidencia, a la pena de 10 meses de prisión con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años; así como la prohibición de aproximarse, a una distancia inferior a 500 mts, a Zulima , a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar por ella frecuentado por tiempo de 3 años y de comunicarse con ella por cualquier medio por un plazo de 3 años .

  3. - Un delito de amenazas de género, ya definido, a la pena de 10 meses de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena así como privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años; asimismo prohibición de aproximación a una distancia inferior a 500 mts, a Zulima , a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro por ella frecuentad, por el tiempo de 2 años, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por un plazo de 2 años.

En concepto de responsabilidad civil Ceferino , abonará a Zulima la suma de 1.100 euros por las lesiones sufridas y la cantidad de 3000 euros por las secuelas. Asimismo abonará a Zulima la cantidad de 4956 euros en concepto de gastos odontológicos irrogados y en la suma de 580 euros, en que se valoró el teléfono móvil de su propiedad, finalmente el acusado indemnizará al a SESPA en la suma de 314,01 euros en concepto de gastos médicos cantidades, todas ellas, que devengaran el interés legal correspondiente con arreglo a lo previsto en el art. 576 de la L.E.Civil , con expresa imposición al acusado de las costas acusadas incluidas las correspondientes a la acusación particular.

Para el cumplimiento de la pena será de abono al acusado el tiempo que permanecido y permanezca privado de libertad durante la tramitación de la causa. Se acuerda el mantenimiento de la orden de protección adoptada durante la tramitación de la causa".

SEGUNDO

Doña Begoña Buelga García, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación del condenado Ceferino , una vez que fue notificada la Sentencia 9/2019 , interpuso Recurso de Apelación contra la misma, siendo impugnada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 846 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y tomando como base dos alegaciones:

PRIMERA: Error en las apreciación/valoración de las pruebas practicadas en el Procedimiento.

SEGUNDA: Incorrecta aplicación del artículo 150 CP en relación al artículo 147 del mismo texto legal .

Se suplicó que se revoque la Sentencia apelada y se absuelva a Ceferino de todos los delitos por los que fue condenado y, con carácter subsidiario, se acuerde la revisión de la Sentencia recurrida en los términos propuestos.

TERCERO

Por Providencia de Sala de 14 de febrero de 2019 se tuvo por interpuesto en tiempo y forma el Recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia de once de enero de 2019 , siendo admitido por los trámites del artículo 846 (Ter) y conforme a lo dispuesto en el artículo 790 (5) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , debiendo efectuarse, tal como se manda en la resolución, el traslado por el letrado de la Administración de Justicia a las demás partes personadas.

CUARTO

El MINISTERIO FISCAL , con fecha de 22 de febrero de 2019, presentó un escrito en el que se interesó que, por esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS 697/2019, 25 de Julio de 2019
    • España
    • 25 Julio 2019
    ...del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, que dictó sentencia de 1 de abril de 2019, en el recurso de apelación número 17/2019 , desestimándolo Contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, Ismae......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR