STSJ Andalucía 75/2019, 10 de Enero de 2019

PonenteJOSE JOAQUIN PEREZ-BENEYTO ABAD
ECLIES:TSJAND:2019:100
Número de Recurso4072/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución75/2019
Fecha de Resolución10 de Enero de 2019
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 4072/17-C, sentencia nº 75/19

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA,CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

Dª. Mª BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a diez de Enero de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 75/19

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Sixto, representado por el Sr. Letrado D. Martín J. Vázquez Hierro, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Huelva en sus autos núm. 1101/15; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue demandante contra SERVICIOS PESQUEROS ONUBENSES S.L. y TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS S.A. (TRAGSATEC), en demanda de cantidad, se celebró el juicio y el 10 de julio de 2017 se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión condenando a Servicios Pesqueros Onubenses SL a que abone al actor la suma de 11.664,18€ sin devengo de intereses moratorios.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"I.- Servicios Pesqueros Onubenses (CIF B21513635 y dedicada a la comercialización y distribución de pescados frescos y congelados así como a la organización de actividades comerciales pesqueras realizadas por terceros), recibió autorización administrativa de la Autoridad Portuaria de Huelva en diciembre de 2012, por plazo de vigencia temporal de un año con destino en la explotación de la Lonja de Pescados y Mariscos en el Muelle de Levante de la zona de servicios del Puerto de Huelva.

Más adelante, en octubre de 2013 Servicios Pesqueros Onubenses SL presentó solicitud de autorización administrativa con destino en la explotación de la citada Lonja onubense, otorgándose por acuerdo de la Autoridad Portuaria de Huelva de 11.12.13 autorización administrativa a dicha sociedad por plazo de un año con destino en la explotación de la Lonja de Pescados y Mariscos en el Muelle de Levante de la zona de servicios del Puerto de Huelva.

  1. La citada autorización comprendía el inmueble de la lonja, la cinta transportadora, el sistema informático y lo estrictamente necesario para la primera venta, titularidad de la Autoridad Portuaria de Huelva. La primera venta versa sobre los productos que llegan en barcos por primera vez a los puertos y, que por ley, han de ser subastados.

    Al margen de la primera venta, en el interior de la lonja se desarrollan otras tantas actividades y transacciones comerciales que son las segundas ventas o ventas a mayoristas.

    Las primeras ventas alcanzaron un 16% de la actividad durante 2015 y el resto, el 84% correspondió a segundas ventas.

    Servicios Pesqueros Onubenses SL tenía autorización para ambos tipos de transacciones comerciales debiendo poner en juego medios materiales propios, como carretillas, toritos, traspaletas, etc. diversos a los facilitados por la Autoridad Portuaria para la primera venta, como ya se ha indicado anteriormente.

  2. Posteriormente, dicha autorización administrativa fue prorrogada a solicitud de Servicios Pesqueros Onubenses SL hasta el 04.02.15 en que la sociedad limitada comunicó a la Autoridad Portuaria que no podría prestar el servicio que conllevaba la autorización administrativa de la Lonja, indicando que con fecha de

    05.02.15 dejarían de prestar servicios, siendo aceptada dicha renuncia por la Autoridad Portuaria de Huelva, con efectos de 05.02.15.

  3. El 06.02.15 se hizo entrega formal de las llaves de los inmuebles objeto de ocupación de la citada autorización administrativa de la Lonja.

  4. Entretanto, el actor D. Sixto, mayor de edad, con DNI NUM000, vino prestando servicios por cuenta y bajo dependencia de Servicios Pesquero Onubenses SL desde el 08.01.13 como of‌icial administrativo en la Lonja de Huelva.

  5. El demandante no ha percibido la suma de 11.664,18 euros desglosados como se expresa en el cuadro siguiente:

    Período/ Concepto Salario base Plus transporte Total

    Diciembre /14 2216,69 230 2446,69

    Enero /15 2216,69 230 2446,69

    Febrero /15 443,33 46 489,33

    Paga extra diciembre 2216,99

    Pp paga extra diciembre 369,5

    Pp paga verano 1477,99

    Paga extra benef‌icios 2216,99

    Total 11664,18

  6. Mediante Resolución de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Huelva de 05.02.15 se acordó que, a partir del 10.02.15, a las 00:00 horas, TRAGSATEC asumiría la prestación de servicios de explotaciones de la Lonja de Pescados y Mariscos de Puerto de Huelva por plazo estrictamente necesario, resultando con fecha de 01.04.15 que se suscribió encomienda de gestión por la Autoridad Portuaria de Huelva a la empresa TRAGSATEC (folios 20 y ss por reproducidos) para la gestión comercial de la Lonja de Pescados y Mariscos del Puerto de Huelva (primera venta).

    Las labores de segundas ventas quedaban asumidas por los mayoristas.

  7. TRAGSATEC, perteneciente al grupo TRAGSA, fue creada por Acuerdo del Consejo de Ministros de

    02.06.1989. Su régimen jurídico está regulado por la DA 25ª del RD-Leg 3/2011, de 14 noviembre (BOE

    16.11.11) por el que se aprobaba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que derogaba la Ley 30/07 de 30 de octubre. TRAGSATEC se constituía como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración estando obligada en virtud de lo anterior a realizar con carácter exclusivo por sí misma o

    pos sus f‌iliales, los trabajos que se le encomienden la Administración General del Estado, CCAA u organismos autónomos de ellas dependientes.

  8. El 30.03.16 la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Huelva acordó la pórroga de la encomienda de gestión para "la gestión comercial de la Lonja de Pescados y mariscos del Puerto de Huelva ( primera venta)" a TRAGSATEC, en las mismas condiciones actualmente vigentes y por plazo de un año a partir de la fecha de vencimiento de la encomienda que estaba vigente.

  9. Los titulares de los locales vendedores ubicados en la entreplanta de la lonja son las empresas enumeradas en el Informe de D. Pedro Miguel, Jefe del Área de Explotación de la Autoridad Portuaria de Huelva, a los folios 58 y ss, que damos por reproducidos.

    En concreto, las ocupaciones que vienen ejerciendo los mayoristas (segundas ventas) se corresponden con una autorización administrativa destinada a uso y ocupación privativa del dominio público y aprovechamiento de los locales de los vendedores de la lonja de pescados y mariscos en el muelle de Levante con destino a ejercicio de la actividad propia de vendeduría de pescados y mariscos. Tales titulares son los que enumera el Sr. Pedro Miguel en su informe al folio 65, quienes realizan toda la actividad y actuaciones relacionadas con las segundas ventas que antes asumía Servicios Pesqueros Onubenses SL y que no han sido asumidas por TRAGSATEC, quien no realiza operación alguna en la segunda venta.

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