STSJ Comunidad de Madrid 168/2019, 8 de Marzo de 2019

PonenteMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO
ECLIES:TSJM:2019:1828
Número de Recurso772/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución168/2019
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2019
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Décima C/ Génova, 10, Planta 2 - 28004

33010310

NIG: 28.079.00.3-2018/0003992

Recurso de Apelación 772/2018

Recurrente : DELEGACION DEL GOBIERNO EN MADRID

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

Recurrido : D./Dña. Segundo

PROCURADOR D./Dña. MARIA CRUZ ORTIZ GUTIERREZ

SENTENCIA Nº 168/2019

Presidente:

D./Dña. FRANCISCA ROSAS CARRION

Magistrados:

D./Dña. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO

D./Dña. ANA RUFZ REY

En Madrid a 08 de marzo de 2019.

Visto el presente recurso de apelación, Nº 772/2018, seguido ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contra la sentencia de fecha 24 DE OCTUBRE DE 2018, dictada en el procedimiento abreviado 66/18, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 34 de Madrid, que estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid en Madrid de fecha 13 de diciembre de 2017 por la que se acuerda denegar la solicitud de residencia de larga duración formulada por el demandante.

En el que ha sido parte apelante LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID, representada por el Abogado del Estado, y apelado Don Segundo .

Turnándose la ponencia al Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Contra la sentencia referida ut supra el Abogado del Estado interpuso recurso de apelación mediante escrito presentado en plazo en mérito a las alegaciones que en tal escrito se contienen y que son

dadas aquí por reproducidas en aras de la brevedad. Admitido el mismo, se dio a los autos legal curso en sede de Instancia, con traslado a la demandada que lo impugno.

SEGUNDO

Por providencia se acordó remitir las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso de apelación se han observado todas las prescripciones legales, salvo determinados plazos procesales, por acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día 6 de marzo de 2019, el que, efectivamente, se ha deliberado, votado y fallado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tienen su origen los presentes autos en la impugnación de la sentencia de fecha 24 DE OCTUBRE DE 2018, dictada en el procedimiento abreviado 66/18, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 34 de Madrid, que estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid en Madrid de fecha 13 de diciembre de 2017 por la que se acuerda denegar la solicitud de residencia de larga duración formulada por el demandante.

La Delegación del Gobierno en Madrid denegó la solicitud al constarle una pluralidad de antecedentes policiales.

El juez de instancia entendió que la Administración debió haber valorado las circunstancias personales, familiares y laborales; que elr4ecxu lleva residiendo legalmente en España desde 2009, tiene familia con la que convive.

SEGUNDO

El Abogado del Estado solicita a la Sala que " dicte en su día sentencia, declarando ser ajustada a Derecho la Resolución recurrida. En síntesis argumenta: que en fecha 27/09/2017, se solicita a la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Madrid informe gubernativo sobre la posibilidad de acceder a la concesión de la Autorización de Residencia de Larga Duración valorando las circunstancias concurrentes en la presente solicitud, recibiendo en fecha 08/12/2017 informe gubernativo en sentido desfavorable al constarle los siguientes antecedentes:

- El 08/04/2013, diligencias NUM000, instruidas por Móstoles-Comisaría Local por los delitos de Amenazas, Robo con Violencia y Resistencia y Desobediencia.

- El 26/07/2013, diligencias n° NUM000, instruidas por Getafe-Comisaría Local, por el delito de Hurto.

- El 13/07/2014, diligencias n° NUM001, instruidas por Leganés- Comisaría Local por un delito de Robo con Violencia.

- El 23/06/2015, diligencias n° NUM002, instruidas por Móstoles- Comisaría Local por el delito de Lesiones.

- El 05/09/2017, diligencias n° NUM003, instruidas por Getafe- Comisaría Local por los delitos de Lesiones y Riña Tumultuaria.

La Delegación del Gobierno, tomando en consideración los tipos delictivos que se le imputan al interesado y su reincidencia, y haciendo una ponderación con sus circunstancias personales, tales como los vínculos familiares con residentes legales en España así como el hecho de haber trabajado durante un año y siete meses, en los últimos 5 años, se concluye que dichos informes ponen de manif‌iesto la existencia de una conducta personal que constituye una amenaza real, actual y suf‌icientemente grave incompatible con la preservación del orden y la seguridad públicas, y que revela un comportamiento antisocial que menoscaba gravemente un interés fundamental de la sociedad, capaz de representar una amenaza directa para la tranquilidad y seguridad de la población.

El demandante, por su parte, solicita a la Sala que " dicte resolución desestimando el recurso, conf‌irmando la sentencia dictada en las actuaciones.

TERCERO

El art. 32 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece el régimen general de la residencia de larga duración y lo hace en los siguientes términos:

"1. La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indef‌inidamente, en las mismas condiciones que los españoles.

  1. Tendrán derecho a residencia de larga duración los que hayan tenido residencia temporal en España durante cinco años de forma continuada, que reúnan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • ATS, 23 de Octubre de 2019
    • España
    • 23 Octubre 2019
    ...) Admitir a trámite el recurso de casación nº 3698/19, preparado por la representación procesal de D. Alfredo, contra la sentencia -nº 168/19, de 8 de marzo- de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Décima, por la que con estimación de......
  • STSJ Asturias 187/2020, 17 de Marzo de 2020
    • España
    • 17 Marzo 2020
    ...en casos de probada y manif‌iesta incompatibilidad con el orden público deseable. 3.5 Debemos recordar, con la STSJ Madrid de 8 de marzo de 2019 (rec. 772/2018), "que no estamos ante una sanción de expulsión, por lo que pueden valorarse todos los antecedentes negativos, aunque solo sean pol......
  • STS 1323/2021, 11 de Noviembre de 2021
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 11 Noviembre 2021
    ...recurso de casación interpuesto por D. Casimiro... contra la sentencia de fecha 8 de marzo de 2019, dictada en el recurso de apelación núm. 772/18, por la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia que, en consecuencia, ......
  • STS 1092/2020, 23 de Julio de 2020
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 23 Julio 2020
    ..." 1º) Admitir a trámite el recurso de casación nº 3698/19, preparado por la representación procesal de D. Alfredo, contra la sentencia -nº 168/19, de 8 de marzo- de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Décima, por la que con estimaci......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR