STSJ Comunidad Valenciana 529/2019, 19 de Febrero de 2019

PonenteMARIA DEL CARMEN LOPEZ CARBONELL
ECLIES:TSJCV:2019:939
Número de Recurso1665/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución529/2019
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2019
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación 1665/2018

Recurso de Suplicación 001665/2018

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Isabel Moreno De Viana Cárdenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª DEL CARMEN LOPEZ CARBONELL

En València, a diecinueve de febrero de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 000529/2019

En el Recurso de Suplicación 001665/2018, interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de enero de 2018, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9 DE VALENCIA, en los autos 000348/2017, seguidos sobre impugnación acto administrativo en materia laboral, a instancia de Gonzalo asistido por el letrado Ignacio Gancedo López, contra INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL representada y asistida por el Abogado del Estado, y en los que es recurrente la INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª DEL CARMEN LOPEZ CARBONELL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando la demanda deducida por el empresario individual D. Gonzalo frente a la INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL se acuerda la revocación de la sanción impuesta a la parte actora mediante resolución de fecha 18-11-13, con las consecuencias legales inherentes a dicha declaración.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.-En fecha 14-8-15 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia extendió al empresario individual

D. Gonzalo,con DNI NUM000,dedicado a la actividad de pintura y acristalamiento, acta de infracción Nº NUM001, en materia de Seguridad Social- que obrando en autos se da por reproducida en su integridad-, por los siguientes hechos que constan en el Acta como constatados por la Inspectora de Trabajo actuante: - Que tras la visita de la Inspección de Trabajo del día 30-5-13, a las 11 horas y 50 minutos, a las obras de construcción consistentes en la reforma de un local destinado a futura asesoría en el bajo de un edif‌icio de viviendas sito en la CALLE000 NUM002, de la localidad de Náquera,( Valencia), cuyo promotor es J.C Asesoría Integral de Empresas,S.L, con CIF B96029632, y cuyo contratista para los trabajos de pintura, es el actor, comprobó la presencia física de D. Mariano, con DNI NUM003, que se encontraba pintando la fachada del edif‌icio orientada a la calle Barak Obama, subido a la plataforma de trabajo de un andamio metálico tabular, situada a 320 m de altura . Mientras, desde la acera de enfrente, D. Gonzalo se encontraba observando y supervisando

los trabajos. A la vista de las def‌iciencias que presentaba dicho andamio, descritas en el Acta de la Inspección, en el curso de la visita se extendió REQUERIMIENTO a D. Gonzalo para la subsanación inmediata de las def‌iciencias observadas y se prohibió su uso y mandó desmontar para evitar un accidente. Ambos vestían camiseta y pantalón blanco y el Sr. Mariano llevaba un pañuelo en la cabeza a modo de protección y sus ropas estaban manchadas de pintura. A preguntas de la Inspectora D. Mariano manifestó estar trabajando por cuenta de Gonzalo desde hace 2 días como pintor. Por su parte, el Sr. Gonzalo declaró que su estado de salud no era bueno y que D. Mariano le estaba ayudando porque ya había trabajado antes para él. - En fecha 31-5-13 la Inspectora solicitó informe a la TGSS constatando que el Sr. Mariano era perceptor de un susbidio de desempleo desde el 27-12- 12 y que el Sr. Gonzalo se encontraba inscrito en el RETA desde 1-4-1994 como empresario, f‌igurando de alta por reinicio en fecha 31-5-13 y última baja a efectos de cotización el 30-11-11, careciendo de trabajadores en alta en fecha 31-5-13 a las 14:06 horas. Con posterioridad a la visita, el Sr. Gonzalo procedió el 31-5-13 a tramitar el alta en el Régimen General del Sr. Mariano, haciendo constar como fecha de alta el 28-5-13. También constató la Inspectora que el Sr. Mariano, antes de percibir la prestación y el subsidio por desempleo había trabajado por cuenta del empresario D. Gonzalo del 11-10-05 al 23-10- 06 y de 24-10-06 a 26-1-10. - Que en fecha 6-6-13 a las 12:30 horas, se realizó segunda visita de inspección a la obra, al objeto de comprobar el cumplimiento del requerimiento extendido en la primera visita en materia de prevención de riesgos laborales y se realizó comprobación de empleo. Durante la visita, la inspectora actuante fue atendida por el Sr. Gonzalo, comprobado aquélla la presencia de D. Eusebio, en labores de pintura, subido a una escalera de mano, desde la que pintaba la fachada orientada a la CALLE000 . Vestía con camiseta y pantalón blanco, y con gorra y zapatillas deportivas. Esta persona, natural de Ecuador, con NIE NUM004, manifestó a la Inspectora que había comenzado a prestar servicios en la obra por cuenta del Sr. Gonzalo esa misma mañana, en concreto a las 10 horas, para pintar la fachada de esa zona. A preguntas de la Inspectora manifestó que estaba cobrando la prestación por desempleo. En Sr. Gonzalo que se encontraba en la obra supervisando los trabajos, declaró a la Inspectora que la escalera de mano era de su propiedad y corroboró las declaraciones de D. Eusebio sobre la fecha y hora de inicio del trabajo, manifestando que ya le "ha dado los papeles para tramitar su alta en la Seguridad Social. Igualmente declaró aun el Sr. Eusebio

, había trabajado antes para él. - En fecha 7-6-13 la Inspectora solicitó informe a la TGSS, constatando que

D. Eusebio, se encontraba sin estar de alta en SS en el momento de la visita inspectora y era perceptor de la prestación por desempleo; habiendo sido dado de alta por el empresario D. Gonzalo después de la visita Inspectora, concretamente el mismo día 6-6-13, pero a las 13:05 horas. -El día 7-6-13 compareció en la sede de la Inspección de Trabajo y SS de Valencia D. Laureano, Graduado Social, que, posteriormente, en fecha 21-6-13, presentó autorizaciones de comparecencia, suscritos tanto por el promotor, como por D. Gonzalo . Se presentó, entre otros, respecto de D. Mariano, contrato de trabajo fechado el 28-5-13 y comunicado a los servicios de empleo el 6-6-13, temporal por obra o servicio, para "trabajos de pintura mural interior y exterior en la obra que se está realizando en la CALLE000, NUM002, NUM005 NUM006, localidad de Náquera..", con la categoría de peón. También, respecto de D. Mariano, parte de alta en Seguridad Social,, vigilancia de la salud, de aptitud médica, certif‌icados de formación preventiva, recibos de entrega de información . Respecto de D. Eusebio, solo se...

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