STSJ Comunidad Valenciana 554/2019, 19 de Febrero de 2019

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2019:1291
Número de Recurso3869/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución554/2019
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2019
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación

Recurso de Suplicación 003869/2018

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Francisco Javier Lluch Corell

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. INMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ana Sancho Aranzasti

En València, a diecinueve de febrero de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 000554/2019

En el Recurso de Suplicación 003869/2018, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2018, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE ALICANTE, en los autos 000716/2017, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Carlota asistida por la Letrada Dª Paula Eleno Buendicho, contra AUTOCARES RIOS ALICANTE S.L., EXTERNA SERVICIOS GENERALES DE EMPRESAS S.L., GEXTIOM PLUS GROUP SERVICIOS GENERALES S.L.U., SELECTA BUS S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL y AUTOCARES MAR MENOR Y OTROS U.T.E., y en los que es recurrente EXTERNA SERVICIOS GENERALES DE EMPRESAS S.L., ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. INMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por Dª Carlota contra Autocares Ríos de Alicante SL, Externa Servicios Generales de Empresa SL, Selecta Bus SL, Autocares Mar Menor y Otros UTE, Gextiom Plus Group Servicios Generales SLU y FOGASA, declaro IMPROCEDENTE el despido de la parte actora de fecha 8/09/2017 respecto de la empresa codemandada, Externa Servicios Generales de Empresa SL, condenando a dicha empresa demandada a que, a opción de la misma, que deberá efectuar, ante este Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notif‌icación de la sentencia, readmita a la parte actora en el mismo puesto que venía desempeñando hasta la fecha del despido, como indef‌inida a tiempo parcial, con categoría profesional de auxiliar de ruta y salario mensual, a efectos de despido de 25,23 euros diarios, por jornada a tiempo parcial de 20 horas semanales, en servicio público de transporte del curso escolar de lunes a viernes, y con antigüedad de 3/10/2005 y en este caso sin abono de salarios de tramitación, o bien opte por la extinción y satisfaga una indemnización cifrada en 11.933,79 euros.Sin perjuicio de las responsabilidades legales del FOGASA en caso de insolvencia de las empresas".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO: Que Dª Carlota, mayor de edad, vino prestando servicios para la empresa demandada Externa Servicios

Generales de Empresa SL, con las circunstancias laborales siguientes: con la categoría profesional de auxiliar de ruta, con antigüedad de 3/10/2005 y salario diario, a efectos de despido, de 25,23 euros diarios por jornada a tiempo parcial de 20 horas semanales (50% de jornada ordinaria), y estando contratada como trabajadora f‌ija discontinua de septiembre a junio de cada año. La actividad es el transporte de viajeros y es de aplicación del Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros Por Carretera de ámbito provincial. SEGUNDO: Inicialmente la parte actora prestó servicios para Autocares Ríos de Alicante SL, en los períodos que constan en su vida laboral aportada como documento n.º 4 actora y se da por reproducida, pasando con fecha 3/09/13 a ser alta en Externa Servicios Generales de Empresa SL que sucedió en la relación laboral y prestó servicios en los períodos que constan en su vida laboral, hasta el 31/03/15 y con las condiciones laborales que venía disfrutando la trabajadora como f‌ija-discontinua de antigüedad, categoría, jornada y salario, tras conciliación acordada en el Tribunal de Arbitraje Laboral, celebrada el 27.10.16 en que Externa Servicios Generales de Empresa SL, reconoció las condiciones laborales que venían disfrutando las trabajadoras f‌ijas-discontinuas hasta la fecha (antigüedad, categoría, jornada y salario). Con fecha 1/04/15 comenzó a prestar servicios para Gextiom Plus Group Servicios Generales SLU y hasta el 17/06/16 en los períodos que constan en su vida laboral, y con fecha 8/09/16 fue alta en Externa Servicios Generales de Empresa SL hasta el 20/06/17, por subrogación empresarial. Se da por reproducida la vida laboral de la parte actora. TERCERO: Con fecha 12/08/2013 se suscribió contrato de arrendamiento de servicios entre las empresas demandadas Autocares Ríos Alicante SL y Externa Servicios Generales de Empresa SL, por el que Autocares Ríos Alicante SL pasó los servicios de acompañamiento a escolares en el transporte escolar propiedad de la principal, durante los trayectos de recogida en la parada de bus hasta la bajada en el Colegio y viceversa, de los alumnos de los Colegios reseñados a la empresa Externa Servicios Generales de Empresa SL f‌ijándose que el servicio se prestaría con personal y organización propios del contratista y en el Anexo I se f‌ijaba que en el supuesto de f‌inalización del servicio con la contratista, la empresa entrante debería subrogar a todo el personal que estuviera prestando dicho servicio, y se estableció una duración de 4 años.

En fecha 1.04.15 se suscribió nuevo contrato de arrendamiento de servicios entre Autocares Ríos Alicante SL y Gextiom Plus Group Servicios Generales S.L., en virtud del cual el segundo, en su condición de contratista, se comprometía a prestar servicios de acompañamiento a escolares en el transporte escolar propiedad de la primera, durante los trayectos de recogida en la parada del autobús hasta la bajada en el colegio y viceversa de los alumnos reseñados en el contrato, f‌ijándose que el servicio se prestaría con personal y organización propios del contratista, y tenía una vigencia hasta el f‌in del curso escolar 2014-15.En fecha 7.09.16 se suscribió contrato de arrendamiento de servicios entre Autocares Klein S.L. (f‌igurando como representante D. Carlos Antonio, el mismo que en los anteriores contratos f‌iguraba en representación de Autocares Ríos Alicante S.L.) y Externa Servicios Generales de Empresa SL, para la realización, ejecución y prestación de servicios de acompañantes a escolares en el de transporte escolar propiedad de la primera durante los trayectos de recogida en la parada del autobús hasta la bajada en el Colegio, y viceversa de los alumnos reseñados en el contrato. El contrato tenía vigencia durante el curso escolar 2016-17, estableciéndose expresamente que en el supuesto de que Autocares Ríos Alicante SL, pierda alguna o la totalidad de las rutas, el contrato f‌inalizará, así como que el servicio se efectuará con personal y organización propias del contratista, dándose por reproducido en su integridad. En el Anexo I se f‌ijaba que en el supuesto de f‌inalización del servicio con la contratista, la empresa entrante debería subrogar a todo el personal que estuviera prestando dicho servicio.Constan los contratos como doc nº 17 a 19 de Ríos y 2 y 5 de Externa y se dan por reproducidos. TERCERO: La trabajadora actora prestaba servicios para el transporte escolar en la ruta correspondiente al Colegio Público CEIP Los Almendros e IES bahía Babel Santo, prestando también servicios en rutas de Colegios privados como Liceo Francés, Escuela Europea, Altozano, etc, y prestó tales servicios del 8/09/16 hasta el 20/06/17.CUARTO: La empresa Autocares Ríos de Alicante SL tuvo adjudicación administrativa para la gestión del servicio público de transporte escolar de la Conselleria de Educación desde 2006. El servicio se prestaba en diversos centros educativos públicos adjudicados por la Consellería en los lotes A4 y A8. Desde 2006 la empresa Autocares Ríos SL tuvo la adjudicación administrativa para la gestión del servicio público de transporte escolar de la Conselleria de Educación del lote A4 y A8. Tras prórrogas de la adjudicación del servicio, y licitación en 2014 que fue declarada desierta en julio de 2015, se inició nueva licitación por...

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