STSJ Andalucía 2449/2018, 25 de Octubre de 2018

PonenteFERNANDO OLIET PALA
ECLIES:TSJAND:2018:12949
Número de Recurso563/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2449/2018
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2018
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

MJ

SENT. NÚM. 2449/2018

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PÉREZ HEREDIA

ILTMA. SRA. Dª. LETICIA ESTEVA RAMOS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 563/2018, interpuesto por Dª. Pilar, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de los de Granada, en fecha 30 de marzo de 2017, en Autos núm. 907/2015, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO OLIET PALÁ .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Pilar, en reclamación sobre MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra AGENCIA PUBLICA ANDALUZA DE EDUCACION Y FORMACION, FEDERACION GRANADINA DE PERSONAS DISCAPACITADAS FISICAS (FEGRADI), BCM GESTION DE SERVICIOS SL, DOMICILIA GRUPO NORTE SL, CELEMIN FORMACION SL y CONSEJERIA DE EDUCACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 30 de marzo de 2017, por la que desestima la demanda y, en consecuencia, se absuelve a las referidas demandadas de todos los pedimentos deducidos en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Dª. Pilar presta servicios para BCM GESTIÓN DE SERVICIOS S L en centro educativo desde el 9-01-2017 con categoría profesional de monitora, contrato fijo discontinuo, de 25 horas semanales.

Con anterioridad la demandante prestó los mismos servicios en centros educativos públicos para FEGRADI, CELEMIN FORMACIÓN S.L y DOMICILIA GRUPO NORTE S.L.

Dª. Pilar prestó servicios para DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. en centro educativos públicos desde el 1-11-2014 hasta el 8-1-2017 como auxiliar no docente, contrato duración determinada, 25 horas semanales y salario bruto con prórroga de pagas extra de 668,21€.

Se dan por íntegramente reproducidos el informe de vida laboral, contratos suscritos y documentos de subrogación.

SEGUNDO

La Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras, creó en su artículo 41 el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos, como una entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 6.1.b) de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines.

El Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos tiene como objeto llevar a cabo la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la

enseñanza cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma.

Por Decreto 219/2005, de 11 de octubre, se aprueban los Estatutos del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos. Los artículos 1.1 y 2 del indicado Ente Público, establecen lo siguiente:

"Artículo 1. Naturaleza y fines generales.

  1. El Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos, creado por el artículo 41 de 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras, es una entidad de derecho público de la Junta de Andalucía de las previstas en el art. 6.1.b) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    Dicho Público goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad jurídica y de el cumplimiento de sus fines, patrimonio propio y administración autónoma, quedando adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria.

  2. Constituyen fines generales del Ente:

    El ejercicio de las actuaciones que correspondan a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, para llevar a cabo la gestión de infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza no universitaria cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, atendiendo siempre al respeto del principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

    En cumplimiento de los fines generales se desarrollará siempre en el ámbito de la planificación y la superior dirección de la Consejería que tenga competencias en educación no universitaria, quien fijará los objetivos y directrices de actuación del Ente, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye de manera conjunta con la Consejería que tenga las competencias en economía y hacienda, su control de eficacia y financiero, de acuerdo con la normativa vigente."

TERCERO

Por Decreto-Ley 13/2014, de 21 de octubre, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27 de octubre de 2014, se ampliaron el objeto y los fines y se cambió la denominación de la agencia pública empresarial "Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos", que pasó a denominarse Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de educación.

CUARTO

El 17 de enero de 2.017 BCM GESTIÓN DE SERVICIOS S.L. formalizó con la AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN contrato de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (expediente número NUM000 -Lote 4).

Con anterioridad a BCM GESTIÓN DE SERVICIOS S.L, habían sido adjudicatarias del servicio de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, FEGRADI, CELEMÍN FORMACIÓN S.L. y DOMICILIA GRUPO NORTE S.L.

En concreto, el 07/11/2014 DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. formalizó con la AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN contrato de apoyo y asistencia al alumnado con necesidades educativas de

apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (expediente número NUM001 -Lotes 1 a 5).

QUINTO

DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. y BCM GESTIÓN DE SERVICIOS S.L. han aplicado, para regir su relación con las demandantes, el convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

SEXTO

La actividad laboral de la demandante consiste en esencia, en el desempeño de los siguientes cometidos:

- Participar en la realización de actividades programadas para la enseñanza/aprendizaje del alumnado y lo hacen bajo supervisión del profesorado especialista, usando la metodología, técnicas y recursos planificados por el personal docente.

- Atender e instruir al alumnado en conductas sociales que conlleven a una adecuada integración, descanso, hábitos de higiene y aseo personal con el fin de alcanzar el mayor grado de autonomía personal garantizando la seguridad del alumno/a.

- Coordinación con el profesorado especialista en Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje así como con el de Integración del alumnado en las aulas ordinarias, en colaboración con los tutores y resto de docentes del Claustro.

- Participar junto al profesorado en las relaciones entre familia-centro educativo.

- Facilitar los desplazamientos del alumnado dentro del recinto escolar y en las salidas puntuales.

- Colaborar en la vigilancia de los recreos así como en las entradas y salidas del centro.

Todo ello cumpliendo la normativa aplicable en el centro educativo.

Tales tareas vienen a coincidir con las previstas en el pliego de prescripciones técnicas para la contratación de apoyo y asistencia para alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos de la provincia de Granada dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

Se dan por reproducidos los pliegos de prescripciones, cláusulas administrativas y documentos de formalización de contratos de servicios.

SEPTIMO

La Inspección de Trabajo, tras denuncia formulada contra la empresa DOMICILIA GRUPO NORTE S.L. y la JUNTA DE ANDALUCÍA, elaboró el informe que consta aportado durante el juicio por la parte actora al número 1 de su prueba de documentos y que se tiene aquí por reproducido.

OCTAVO

BCM GESTIÓN DE SERVICIOS S.L, y con anterioridad FEGRADI, CELEMIN FORMACIÓN S.L., y DOMICILIA GRUPO NORTE S., elaboran y abonan la nómina de las demandantes, ha cursado su alta en Seguridad Social, ha realizado la evaluación inicial de riesgos laborales y la planificación de la actividad. Son también estas empresas las

que fijan sus horarios, comprendidos dentro del horario escolar, las que controlan su cumplimiento mediante los partes que los trabajadores firman. El control de presencia de la actora se realiza por medio de partes de asistencia que, de forma mensual, se requieren por las coordinadoras de las trabajadoras y que son firmados por la Dirección del centro en el que las demandantes prestan servicios. Asimismo, conceden permisos, licencias, excedencias y similares y se ocupan de sustituir a los trabajadores. Éstos se remiten a las empresas partes para el control de su actividad.

Las empresas cuentan con coordinadoras que mantienen contacto con el centro y supervisan la actividad de la actora...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
14 sentencias
  • STSJ Andalucía 1207/2022, 1 de Julio de 2022
    • España
    • 1 Julio 2022
    ...(Rec 1443/2020); STSJ Granada 2401/2020 de 29 octubre Rec 580/2020; STSJ Granada 598/2017 de 2 de marzo Rec 2296/2016; 2449/2018 de 25 octubre 2018 (rec 563/2018), 7528/2018 de 22 de marzo, 2008/2017 de 28 septiembre, 1842/2017 de 8 de septiembre, 1722/2017 de 12 Resolución.- No debe acepta......
  • STSJ Andalucía 1200/2021, 10 de Junio de 2021
    • España
    • 10 Junio 2021
    ...en sentencias STSJ Granada 2401/2020 de 29 octubre Rec 580/2020; STSJ Granada 598/2017 de 2 de marzo Rec 2296/2016; 2449/2018 de 25 octubre 2018 (rec 563/2018), 7528/2018 de 22 de marzo, 2008/2017 de 28 septiembre, 1842/2017 de 8 de septiembre, 1722/2017 de 12 Resolución.- Ya hemos anticipa......
  • STSJ Andalucía 2148/2021, 25 de Noviembre de 2021
    • España
    • 25 Noviembre 2021
    ...en sentencias STSJ Granada 2401/2020 de 29 octubre Rec. 580/2020; STSJ Granada 598/2017 de 2 de marzo Rec. 2296/2016; 2449/2018 de 25 octubre 2018 (rec. 563/2018), 7528/2018 de 22 de marzo, 2008/2017 de 28 septiembre, 1842/2017 de 8 de septiembre, 1722/2017 de 12 Resolución.- Ya hemos antic......
  • STSJ Andalucía 2150/2021, 25 de Noviembre de 2021
    • España
    • 25 Noviembre 2021
    ...en sentencias STSJ Granada 2401/2020 de 29 octubre Rec 580/2020; STSJ Granada 598/2017 de 2 de marzo Rec 2296/2016; 2449/2018 de 25 octubre 2018 (rec 563/2018), 7528/2018 de 22 de marzo, 2008/2017 de 28 septiembre, 1842/2017 de 8 de septiembre, 1722/2017 de 12 julio), así como, el TSJ Andal......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR