STSJ Castilla y León , 27 de Julio de 2018
Ponente | JOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS |
ECLI | ES:TSJCL:2018:2922 |
Número de Recurso | 1115/2018 |
Procedimiento | Social |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01405/2018
-C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID
Tfno: 983458462-463
Fax: 983.25.42.04
NIG: 49275 44 4 2017 0001048
Equipo/usuario: MLM
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001115 /2018
Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000504 /2017
RECURRENTE/S D/ña EXCMO AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE
ABOGADO/A: MARIA CONSUELO TURIÑO GOMEZ
RECURRIDO/S D/ña: Ángel Jesús
ABOGADO/A: VICTOR MIGUEL LOPEZ RODRIGUEZ
PROCURADOR: JORGE RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS
Iltmos. Sres.:
D. Emilio Alvarez Anllo
Presidente de la Sala
D. José Manuel Riesco Iglesias
D.Rafael A. López Parada /
En Valladolid a Veintisiete de Julio de dos mil dieciocho.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 1115/2018, interpuesto por el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm.1 de Zamora, de fecha 28 de Marzo de 2018, aclarada por
Auto de fecha 17 04 2018, y se dictó posteriormente otro Auto de aclaración de fecha 19 04 2018 que no ha lugar a aclarar, (Autos núm. 504/2017), dictada a virtud de demanda promovida por D. Ángel Jesús contra el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE, ha intervenido el MINISTERIO FISCAL sobre DESPIDO.
Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.
Con fecha 8-11-2017 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. 1 de Zamora demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.
En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:
"PRIMERO.- El actor, Ángel Jesús, con DNI nº NUM000, ha venido prestado servicios por cuenta y bajo la dependencia, como personal laboral, del Ayuntamiento de Benavente, con categoría de chófer bombero, con antigüedad reconocida en nómina de 11/12/2012, en virtud de contrato de dicha fecha de carácter temporal para obra o servicio determinado, a jornada completa, con salario mensual bruto, incluida la prorrata de pagas extras, de 1.822,08 euros, estando regida la relación laboral por el Convenio Colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Benavente.
El objeto del contrato referido en el ordinal precedente se describe de la siguiente manera: "El objeto del presente contrato mientras dure el proceso de selección para cubrir interinamente la plaza nº NUM001 del Catálogo del personal
laboral de bombero."
El actor había prestado servicios para el Ayuntamiento demandado mediante sendos contratos temporales comprendidos en los periodos 9 de mayo a 1 de julio de 2011 y
27 de junio a 21 de julio de 2012.
En fecha 4 de octubre de 2017, el trabajador demandante recibió comunicación de fecha 3 de octubre de 2017 del siguiente tenor:
"Mediante el presente escrito se le comunica la finalización del contrato de duración determinada firmado por las partes el 11 de diciembre de 2.012, finalización que se producirá el próximo 9 de octubre de 2.017 por vencer en dicha fecha el objeto del mismo que era "mientras dure el proceso de selección para cubrir interinamente la plaza nº NUM001 del catálogo del personal laboral de bombero", toda vez que en dicha fecha se cubrirá por funcionario interino la plaza vacante de bombero-conductor existente en el catálogo de personal funcionario, creada al modificarse éste (e integrar en el mismo el servicio de protección civil y bomberos) como consecuencia de la jubilación el 2.12.12 del trabajador que ocupaba el puesto nº NUM001 del catálogo de personal laboral, y correspondiente al puesto que Vd. ha venido ocupando.
Por lo tanto, dicho puesto será cubierto por el funcionario interino al que le corresponde según el orden de prelación de la bolsa de empleo de bombero-conductor (creada tras finalizar el proceso selectivo celebrado en el año 2.017 para proveer en propiedad una plaza, e integrada por los aspirantes que han aprobado alguna de las fases o pruebas de dicho proceso pero no han obtenido la plaza en propiedad, tal y como estaba prestado en las propias bases reguladoras del mismo) y, en concreto, esa vacante (nº NUM002 en plantilla de funcionarios del Servicio de Extinción de incendios) será cubierta interinamente por D. Humberto, que tomará posesión de la misma en fecha 9.10.17 lo que determinará la finalización de su contrato de trabajo, que se extinguirá con efectos del día de referida toma de posesión.
Asimismo, se le comunica que a partir de la fecha de extinción de la relación laboral tendrá a su disposición la liquidación correspondiente y la documentación que pudiera precisar.
Lo que se le comunica a los efectos legales oportunos. Benavente, a 3 de octubre de 2.017."
El actor recibió la suma de 976,01 euros en concepto de indemnización por fin de contrato.
La plaza nº NUM001 fue ocupada por el trabajador, con categoría de chófer bombero, Juan, desde el 12-06-1989 hasta el 02-12-2012, fecha de su jubilación. Según la memoria justificativa de la modificación del catálogo de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Benavente, las plazas del servicio de bomberos del Ayuntamiento se extraen del catálogo de personal laboral, y teniendo en cuenta la referida jubilación de Juan
, y las jubilaciones previstas de Lucas, para el 15-06-15, y Mario, para el 22-02-16, para la provisión de dichas plazas debería procederse a incluirlas en el catálogo de personal funcionario de Ayuntamiento, y su provisión
mediante el correspondiente proceso selectivo. Los puestos a crear se identifican, en el catálogo de personal funcionario, con los números NUM002, NUM003 y NUM004 .
Conforme consta en acta de fecha 5 de mayo de 2014, cuyo tenor consta en autos y se da por reproducido, en reunión de dicha fecha se acordó entre el Ayuntamiento y la representación de los trabajadores, la modificación del catálogo del personal funcionario del Ayuntamiento de Benavente, creando ocho puestos en dicho catálogo para el personal de protección civil y bomberos, eliminando dichos puestos del catálogo del personal laboral.
En sesión del Pleno de la Corporación de fecha 31 de marzo de 2016, se aprobó la modificación del catálogo de puestos de trabajo del personal funcionario, creando el servicio de protección civil-bomberos en el catálogo de personal funcionario, y creando tres plazas de bombero conductor funcionario, identificadas con los números NUM002, NUM003 y NUM004 . El tenor literal del acta de dicha sesión consta en autos y se da expresa e íntegramente por reproducido.
En BOP de fecha 20 de enero de 2017 se publicaron las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de oposición libre, de una plaza de bombero, conductor del servicio de extinción de incendios, personal funcionario, exigiéndose, entre otros requisitos, estar en posición del título de bachiller o equivalente, del que carecía el actor, por lo que no pudo presentarse a las referidas pruebas selectivas.
Publicado el resultado de las referidas pruebas selectivas, se nombró funcionario de carrera de bombero conductor para ocupar la plaza nº NUM002 del Servicio de Prevención de Incendios, a Samuel
, constituyéndose la bolsa de empleo para dicha categoría con el resto de aspirantes que habían aprobado alguna de las fases del proceso selectivo.
La plaza ocupada por Samuel venía siendo ocupada por el trabajador Simón, al cual se comunicó el fin de su contrato con fecha 26-09-17.
De conformidad con el resultado de la bolsa de empleo, se nombraron funcionarios interinos para la categoría de bombero conductor, a Humberto, para cubrir la vacante nº NUM002, y a Jose Ramón, para cubrir la vacante nº NUM004 . La notificación de la finalización del contrato del actor fue como consecuencia del nombramiento de Humberto, y en igual fecha tuvo lugar la notificación del fin de su contrato al trabajador que venía ocupando de forma interina la plaza nº NUM004 . Asimismo, mediante sendas comunicaciones de fecha 3 de octubre de 2017, se notificó el fin de sus contratos a los trabajadores Juan Alberto y Pedro Enrique, el primero de ellos nombrado para cubrir la reducción de jornada de que venía disfrutando el actor, y el segundo para cubrir vacaciones, y en todo caso como consecuencia de entrar en funcionamiento la bolsa de empleo resultado del proceso selectivo.
El demandante solicitó reducción de jornada del 12,5% para cuidado de hijo menor, afecto de un grado de discapacidad del 35%, mediante escrito de fecha 12 de abril de 2017, admitida por el Ayuntamiento en fecha 27 de abril; posteriormente y en fecha 29 de mayo de 2017, el actor solicitó ampliación de la reducción de su jornada hasta un 60%, cuyo disfrute comenzaría el 15 de junio, admitida por la empleadora el día 12 de junio.
El día 17 de noviembre de 2016, tuvo lugar una conversación entre Simón (trabajador del parque de bomberos), y el Alcalde del Ayuntamiento de Benavente y el Concejal de Personal, que fue grabada por aquél sin conocimiento ni consentimiento de sus interlocutores, y cuyo...
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STSJ Castilla y León , 15 de Noviembre de 2018
...Ley del Estatuto de los Trabajadores., esto es, la conversión del contrato en indefinido.". En el mismo sentido, en la sentencia de 27 de julio de 2018 (Rec. 1115/18) trajimos a colación la jurisprudencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo que nos indica ( sentencia de 14 de octubre de......