STSJ Castilla y León 1827/2009, 22 de Julio de 2009
Ponente | ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA |
ECLI | ES:TSJCL:2009:4697 |
Número de Recurso | 220/2006 |
Número de Resolución | 1827/2009 |
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 01827/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: 002
VALLADOLID
C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2006 0100844
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000220/2006
Sobre EXPROPIACION FORZOSA
De Dña. Zaida
Representante: ANGEL J. DIEZ DE LA FUENTE
Contra - JURADO EXPROPIACION FORZOSA DE LEON, AGUAS DEL DUERO, S.A.
Representante: ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA nº 1827
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE SECCIÓN
DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA
MAGISTRADOS:
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANOEn Valladolid, a veintidós de julio de dos mil nueve.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:
La Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 2 de diciembre de 2005, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000 por la que se fija, en los términos que en ella se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados correspondientes a la finca núm. NUM001 del expediente expropiatorio, que se corresponde catastralmente con la parcela NUM002 del polígono NUM003 , de naturaleza rústica, calificada como pastos, sita en el término municipal de Villamanín (León), expropiada en una superficie de 184 m2, afectada por la obra "Proyecto modificado del embalse de Casares de Arbás (León)" Clave: 02.134.117/2112.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Doña Zaida , representada por el Procurador Sr. Gallego Brizuela, bajo la dirección de Letrado.
Como demandada: La Administración General del Estado, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada: La Sociedad Estatal Aguas del Duero, S.A., representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MARIA MARTINEZ OLALLA.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando el presente recurso contencioso-administrativo, se declare no ser ajustadas al ordenamiento jurídico-administrativo las resoluciones impugnadas del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, objeto de controversia, acordando en su lugar, que el justiprecio de la finca expropiada a la parte actora es la figurada en la hoja de aprecio presentada por la misma, es decir, la cantidad de 1.161,15 euros, con más el premio de afección, intereses legales y demás conceptos pertinentes.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en representación de la Administración General del Estado -Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León-, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora. Asimismo en representación de Aguas del Duero S.A. presentó escrito dando por reproducidas las alegaciones formuladas en la contestación presentada en nombre del Jurado Expropiatorio.
El procedimiento se recibió a prueba desarrollándose con el resultado que consta en autos.
Se presentaron los escritos de conclusiones que constan en autos, y se señaló para votación y fallo el día 21 de julio de 2009.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 2 de diciembre de 2005, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000 por la que se fija, en los términos que en ella se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados correspondientes a la finca núm. NUM001 del expediente expropiatorio, que se corresponde catastralmente con la parcela NUM002 del polígono NUM003 , de naturaleza rústica, calificada como pastos, sita en el término municipal de Villamanín (León), expropiada en una superficie de 184 m2, afectada por la obra "Proyecto modificado del embalse de Casares de Arbás (León)" Clave:
02.134.117/2112, y se pretende por la parte actora que se anulen esas Resoluciones y se fije comojustiprecio la cantidad que se indica en el suplico de la demanda.
Frente a ello, la Abogacía del Estado, en la representación que ostenta, ha solicitado la desestimación del presente recurso.
Antes de...
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