STSJ Castilla y León 1827/2009, 22 de Julio de 2009

PonenteANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
ECLIES:TSJCL:2009:4697
Número de Recurso220/2006
Número de Resolución1827/2009
Fecha de Resolución22 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 01827/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: 002

VALLADOLID

C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2006 0100844

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000220/2006

Sobre EXPROPIACION FORZOSA

De Dña. Zaida

Representante: ANGEL J. DIEZ DE LA FUENTE

Contra - JURADO EXPROPIACION FORZOSA DE LEON, AGUAS DEL DUERO, S.A.

Representante: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA nº 1827

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE SECCIÓN

DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANOEn Valladolid, a veintidós de julio de dos mil nueve.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 2 de diciembre de 2005, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000 por la que se fija, en los términos que en ella se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados correspondientes a la finca núm. NUM001 del expediente expropiatorio, que se corresponde catastralmente con la parcela NUM002 del polígono NUM003 , de naturaleza rústica, calificada como pastos, sita en el término municipal de Villamanín (León), expropiada en una superficie de 184 m2, afectada por la obra "Proyecto modificado del embalse de Casares de Arbás (León)" Clave: 02.134.117/2112.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Doña Zaida , representada por el Procurador Sr. Gallego Brizuela, bajo la dirección de Letrado.

Como demandada: La Administración General del Estado, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: La Sociedad Estatal Aguas del Duero, S.A., representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA MARIA MARTINEZ OLALLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando el presente recurso contencioso-administrativo, se declare no ser ajustadas al ordenamiento jurídico-administrativo las resoluciones impugnadas del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León, objeto de controversia, acordando en su lugar, que el justiprecio de la finca expropiada a la parte actora es la figurada en la hoja de aprecio presentada por la misma, es decir, la cantidad de 1.161,15 euros, con más el premio de afección, intereses legales y demás conceptos pertinentes.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en representación de la Administración General del Estado -Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León-, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora. Asimismo en representación de Aguas del Duero S.A. presentó escrito dando por reproducidas las alegaciones formuladas en la contestación presentada en nombre del Jurado Expropiatorio.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba desarrollándose con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Se presentaron los escritos de conclusiones que constan en autos, y se señaló para votación y fallo el día 21 de julio de 2009.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de León de 2 de diciembre de 2005, dictada en el expediente de ese Jurado núm. NUM000 por la que se fija, en los términos que en ella se indican, el justiprecio de los bienes y derechos expropiados correspondientes a la finca núm. NUM001 del expediente expropiatorio, que se corresponde catastralmente con la parcela NUM002 del polígono NUM003 , de naturaleza rústica, calificada como pastos, sita en el término municipal de Villamanín (León), expropiada en una superficie de 184 m2, afectada por la obra "Proyecto modificado del embalse de Casares de Arbás (León)" Clave:

02.134.117/2112, y se pretende por la parte actora que se anulen esas Resoluciones y se fije comojustiprecio la cantidad que se indica en el suplico de la demanda.

Frente a ello, la Abogacía del Estado, en la representación que ostenta, ha solicitado la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

Antes de...

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