SAP Alicante 346/2009, 9 de Junio de 2009

PonenteJULIO CALVET BOTELLA
ECLIES:APA:2009:1846
Número de Recurso269/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución346/2009
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 9ª

SENTENCIA Nº 346/09

Iltmos. Srs.

Presidente: D. Julio Calvet Botella.

Magistrado: D. José Manuel Valero Díez.

Magistrado: D. Domingo Salvatierra Ossorio

En la Ciudad de Elche, a nueve de junio de dos mil nueve.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 1998/07, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrevieja, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante C.P. DIRECCION000 de Guardamar, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr/a García Mora y dirigida por el Letrado Sr/a Gómez Aldeguer, y como apelada la parte demandada D. Carlos Alberto , representada por el Procurador Sr/a Tormo Moratalla y defendida por el Letrado Sr/a. Del Pozo Magariño.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torrevieja en los referidos autos, tramitados con el número 1998/07 , se dictó sentencia con fecha 15/12/08 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios " DIRECCION000 ", representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Erundina Torregrosa Grima, contra D. Carlos Alberto , representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Virtudes Valero Mora, debo condenar y condeno al demandado:

A cesar en la utilización de sus plazas de garaje como almacén de bebidas y otros enseres procedentes de su restaurante, así como a retirar cuantos objetos tenga depositados en las zonas comunes del sótano garaje, antes de la fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007.

A retirar de las jardineras comunitarias existentes junto a su local, los objetos y enseres particularesque tiene depositados a fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007.

A retirar los rótulos y farola que tiene anclados sobre el muro perimetral de la parcela comunitaria, a fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007.

Absolviendo al demandado de la pretensión de condena consistente en retirar de la facha común del edificio los dos aparatos de aire acondicionado.

No procede la condena en costas, debiendo cada parte sufragar las ocasionadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte actora en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 269/09, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia dictada y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 3/6/09.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Julio Calvet Botella.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada con fecha 15 de diciembre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Torrevieja, en el Juicio Ordinario número 1998/07 , que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 , condenó al demandado Don Carlos Alberto , a cesar en la utilización de sus plazas de garaje como almacén de bebidas y otros enseres procedentes de su restaurante, así como a retirar cuantos objetos tenga depositados en las zonas comunes del sótano garaje, antes de la fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007; a retirar de las jardineras comunitarias existentes junto a su local, los objetos y enseres particulares que tiene depositados a fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007; y a retirar los rótulos y farola que tiene anclados sobre el muro perimetral de la parcela comunitaria, a fecha de interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2007; ABSOLVIENDO al demandado de la pretensión de condena consistente en retirar de la fachada común del edificio los dos aparatos de aire acondicionado; y todo ello, sin imposición de las costas ninguna de las partes, se alza ante esta instancia la Comunidad de Propietarios demandante, en solicitud de que se revoque la sentencia dictada en la Primera Instancia, y se estime en su totalidad lo solicitado en...

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