SAP Barcelona 109/2019, 28 de Enero de 2019

PonenteBERTA PELLICER ORTIZ
ECLIES:APB:2019:506
Número de Recurso1217/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución109/2019
Fecha de Resolución28 de Enero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08071

TEL.: 938294451

FAX: 938294458

N.I.G.: 0827942120170066918

Recurso de apelación 1217/2017-2ª

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Terrassa

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario (Contratación art. 249.1.5) 413/2017

Cuestiones: Nulidad de cláusula de gastos. Impuesto Actos Jurídicos Documentados, arancel notario, arancel registro y gestoría.

SENTENCIA núm. 109/2019

Composición del tribunal:

JOSÉ MARÍA RIBELLES ARELLANO

MARTA CERVERA MARTÍNEZ

BERTA PELICER ORTIZ

Barcelona, a veintiocho de enero de dos mil diecinueve.

Parte apelante: Banco Santander, S.A.

Letrado: Héctor Ariel Tempo

Procurador:Vicenç Ruiz Amat

Parte apelada: Gervasio

Letrado: Francisco Javier Canals Molins

Procuradora: Marta Pradera Rivero

Resolución recurrida: nulidad condiciones generales y acción de devolución de cantidades indebidamente percibidas. Sentencia

-Fecha: 28 de septiembre de 2017

-Parte demandante: Gervasio

-Parte demandada: Banco Santander, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: " Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Marta Pradera Rivero,en nombre y representación de Gervasio, frente a la entidad Banco Santander, S.A.,y en consecuencia:

1)Declaro la nulidad por abusiva de la cláusula sexta de la escritura de compraventa con subrogación, ampliación y novación de préstamo hipotecario otorgada en fecha de 29 de julio de 2010.

2) Declaro la nulidad por abusiva de la cláusula octava de la escritura de ampliación y novación de préstamo hipotecario otorgada en fecha de 12 de marzo de 2012.

3)Condeno a la parte demandada a reintegrar a la parte actora la cantidad de 2.694,11 euros en concepto de gastos de Notario, Registro de la Propiedad, gestoría e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados por la constitución e inscripción del derecho real de hipoteca de las dos escrituras públicas ya citadas.

4) Condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 605,36 euros, en concepto de interés legal del dinero, devengado hasta la fecha de la presentación de la demanda, más los que se devenguen durante la tramitación del procedimiento hasta la total satisfacción a la actora, sin perjuicio de la ulterior liquidación de tales intereses legales del dinero; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada ". SEGUNDO. Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito de oposición, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día 19 de diciembre de 2018 pasado.

Actúa como ponente la magistrada Berta Pellicer Ortiz.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Términos en los que aparece planteado el conflicto en esta instancia.

  1. La parte actora interpuso demanda contra la entidad bancaria demandada, solicitando la nulidad de las estipulaciones incluidas en sendas escrituras de préstamo hipotecario, otorgadas, respectivamente, en fechas de 29 de julio de 2010 y 12 de marzo de 2012, relativas a los gastos del contrato, en tanto se imponen al prestatario. También solicitaba la condena a la demandada a reintegrarle las cantidades que en aplicación de la cláusula afirmaba haber abonado indebidamente y que debía soportar la demandada, con más sus intereses legales, que hasta la fecha de presentación de la demanda cuantificaba en la cantidad de 605,36 euros, más aquellos que se devengaran posteriormente y costas del procedimiento.

  2. El banco se opuso a la demanda, interesando su íntegra desestimación, con expresa condena en costas a la parte actora.

  3. La resolución recurrida estimó la demanda y declaró nulas las estipulaciones impugnadas, condenando a la entidad bancaria a reintegrar a la parte actora en la totalidad de las cantidades abonadas por la misma en concepto de aranceles notariales y registrales, gastos de gestoría e impuesto de actos jurídicos documentados, por importe de 2.694,11 euros, más los intereses legales reclamados e impone las costas a la parte demandada.

  4. El recurso que interpone el banco cuestiona la declaración de nulidad de las cláusulas que imponen los gastos y pagos de impuestos al prestatario; alega además que todos los gastos debe asumirlos la parte prestataria. Por todo ello, solicita que se revoque la sentencia de primera instancia y se impongan las costas a la parte actora.

La actora se opone al recurso y solicita que se confirme la sentencia de instancia en sus propios términos.

SEGUNDO

Sobre la nulidad de la cláusula de gastos.

  1. La jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse en dos resoluciones distintas respecto del carácter abusivo de las cláusulas relativas a los gastos del contrato de préstamo hipotecario: (i) la STS 705/2015, de 23 de diciembre de 2015 (ECLI:ES:TS:2015:5618 ), en el ámbito de una...

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