SAP A Coruña 479/2008, 22 de Diciembre de 2008

PonenteANGEL MANUEL PANTIN REIGADA
ECLIES:APC:2008:3337
Número de Recurso458/2007
Número de Resolución479/2008
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA NÚM. 479/08

En SANTIAGO DE COMPOSTELA (LA CORUÑA/A CORUÑA), a veintidos de Diciembre de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de LA CORUÑA/A CORUÑA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000628 /2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, a los que ha correspondido el Rollo 458 /2007, en los que aparece como parte apelante D. Carlos José representado por la procuradora Dª. MARIA PEREZ OTERO, y como apelado LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA representada por el procurador Dª. Mª RITA GOIMIL MARTÍNEZ, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 7 de Mayo de 2007 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo estimar y estimo en su integridad la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Rita Goimil Martinez, en nombre y representación de Línea Directa Aseguradora contra

D. Carlos José , debiendo condenar a este último a abonarle la cantidad de 26.479,20 euros más los intereses a que se refiere el art. 576 LEC . Se imponen las costas de este procedimiento a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Carlos José se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasadodía 14 DE NOVIEMBRE DE 2008, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada, salvo en lo que difieran de lo que se expresará.

PRIMERO

El recurso cuestiona la conclusión de la sentencia recurrida sobre la forma de producción del accidente sufrido por el vehículo F-....-ER asegurado por la demandante en el que se produjeron los daños personales y materiales al conductor de la motocicleta ....-MWX que aquélla indemnizó. No se aprecia concurrencia de error alguno puesto que el contenido del atestado y la declaración testifical del agente que intervino en su elaboración reflejan que para el conductor del automóvil y para el conductor de la motocicleta la colisión se situó en el carril derecho según el sentido de circulación de la motocicleta y que hubo de ser allí donde estaban los vestigios pues el agente mostró su convencimiento de que si en el informe había expresado que el golpe se produce antes de que el automóvil se introdujera en el carril contrario ello derivaba de la ubicación constatada de tales vestigios, aclarando también su declaración que la maniobra de la motocicleta de adelantar a los automóviles detenidos en caravana por su izquierda y sin invadir el carril contrario no es una maniobra antirreglamentaria. Por ello, no cabe estimar que la indemnización por parte de la aseguradora del automóvil de los daños y lesiones causados, cuya realidad consta probada documentalmente en las actuaciones y no se ha discutido, fuera injustificada o improcedente, sino que constituye el cumplimiento de la obligación de resarcimiento que le incumbía conforme al art. 6 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor (a la que se aludirá en la redacción vigente en la fecha del siniestro), no pudiendo menos que destacarse que conforme al art. 5.4 su deber indemnizatorio frente a los terceros perjudicados por la circulación del vehículo asegurado era inmune al hecho de que quien condujera el vehículo pudiera no estar autorizado expresa o tácitamente por el propietario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Barcelona 23/2013, 16 de Enero de 2013
    • España
    • Audiencia Provincial de Barcelona, seccion 4 (civil)
    • January 16, 2013
    ...contra éstos, al entender que podrían ser terceros. La más reciente jurisprudencia al respecto [ vide, v. gr., Sentencia Audiencia Provincial de La Coruña de 22 diciembre de 2008, Sentencia Audiencia Provincial de Madrid sec. 18a, de 3-6-1998; sec. 21a, de 17-4-2007 ; o Sentencia Audiencia ......
  • SAP Madrid 215/2012, 20 de Marzo de 2012
    • España
    • Audiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
    • March 20, 2012
    ...contra éstos, al entender que podrían ser terceros. La más reciente jurisprudencia al respecto [ vide, v. gr., Sentencia Audiencia Provincial de La Coruña de 22 diciembre de 2008, Sentencia Audiencia Provincial de Madrid sec. 18a, de 3-6-1998; sec. 21a, de 17-4-2007 ; o Sentencia Audiencia ......
  • SAP Madrid 508/2011, 25 de Noviembre de 2011
    • España
    • Audiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
    • November 25, 2011
    ...al entender que podrían ser terceros - En definitiva, conforme a la más reciente jurisprudencia al respecto Sentencia Audiencia Provincial de La Coruña de 22 diciembre de 2008, Sentencia Audiencia Provincial de Madrid sec. 18a, de 3-6-1998; sec. 21a, de 17-4-2007 ; o Sentencia Audiencia Pro......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR