STSJ Cantabria 449/2009, 27 de Mayo de 2009

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2009:696
Número de Recurso400/2009
Número de Resolución449/2009
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00449/2009

Rec. Núm. 400/09

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander, a veintisiete de mayo de dos mil nueve.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Miguel Ángel contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Elena Pérez Pérez, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Miguel Ángel siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre invalidez, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 23 de marzo de 2.009 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, D./Doña Miguel Ángel , nacido el día 8 de marzo de 1951, se encuentra afiliadoen el Régimen general, siendo su profesión habitual la de hornero.

    El actor tiene reconocida la IP total desde el día 16 de febrero de 2005 con el siguiente cuadro clínico residual: espondiloartrosis, discopatias y hernias discales que producen estenosis de canal en dos niveles y radiculopatía L5-S1 en EMG. Cervicobraquialgia con cervicoartrosis avanzada en C1 a C6.

  2. - El demandante, al día de hoy presenta el siguiente cuadro clínico:

    "APARATO LOCOMOTOR: INFORMES REVISADOS. PACIENTE DIAGNOSTICADO DE ESTENOSIS DE CANAL L4-S1, HERNIA DISCAL L4-5 IZQUIERDA. CERVICOARTROSIS DESDE C1 A C6 INTERVENCION QUIRÚRGICA 26-7-05 CON LIBERACIÓN POSTEROLATERAL y ARTRODESIS L4-S1 SINERGY. INJERTO AUTOLOGO DE CRESTA ILIACA DERECHA. CON CLÍNICA TAMBIEN DE COXARTROSIS BILATERAL ES INTERVENIDO QUIRÚRGICAMENTE EN SEPT/07 DE LA CADERA IZQUIERDA MEDIANTE ARTROPIASTIA DE CADERA.

    ACCIONES PSÍQUICAS.

    OPERACIÓN ACTUAL: DICE QUE DESDE QUE LE HAN INTERVENIDO QUIRÚRGICAMENTE DE y, ESPALDA ESTA DESGANADO NO QUIERE HACER NADA. SALE POR REINOSA SE ENCUENTRA CON LOS AMIGOS PERO SE VA PARA CASA ENSEGUIDA. NO TIENE ILUSIÓN POR NADA. DESDE QUE DEJO DE TRABAJAR. INFORME PRIVADO (PSIQUIATRA) ABRIL/08- ACUDE A CONSULTA PARA VALORACIÓN PSICOPATOLOGICA. A RAÍZ DE LA INTERVENCIÓN* QUIRÚRGICA DE COLUMNA VERTEBRAL QUEDO LIMITADO SU FUNCIONALIDAD FÍSICA y LE LLEVO A UNA INCAPACIDAD Y A SU VEZ A DETERIORO DE SU ESTADO PSICOEMOCIONAL PROGRESIVO QUE PRECISO TRATAMIENTO PSIQUIÁTRICO. ACTUALMENTE CON ANIMO DISFORICO CON ACUSADA TRISTEZA, DESESPERANZA, LABILIDAD EMOCIONAL, FALTA DE INTERÉS E ILUSIÓN POR ACTIVIDADES HABITUALES, APATÍA, CANSANCIO, ANHEDONIA.

    CONCLUSIONES

    DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS:

    INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE CANAL ESTRECHO. (JUNIO/O5) CERVICOARTROSIS ARTROPIASTIA DE CADERA IZQUIERDA (SEPT/07). TRASTORNO DEPRESIVO CRÓNICO REACTIVO. HIPOACUSIA DE CONDUCCIÓN (2005)."

    Presenta además una pérdida auditiva del 13,1% en ambos oídos, -folio 133-.

  3. - Instada la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSS, se dictó resolución de fecha 30 de julio de 2008, en la que se deniega la revisión de grado, al no considerarle incapacitado para todo tipo de trabajo. Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución confirmando el pronunciamiento inicial.

  4. - La base reguladora para la Invalidez Permanente Absoluta y total asciende a la cantidad de 1853,02 euros mensuales, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos el 31 de julio de 2008.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente supuesto la parte demandante recurre la sentencia dictada en instancia que desestimó su pretensión de ser declarando en situación de incapacidad permanente absoluta.

En el recurso se articulan dos motivos, en el primero con fundamento en el apartado b) del art. 191 LPL , insta la revisión de los hechos probados de la sentencia y en el segundo, con...

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