SAP Albacete 296/2018, 21 de Septiembre de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha21 Septiembre 2018
EmisorAudiencia Provincial de Albacete, seccion 1 (civil y penal)
Número de resolución296/2018

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

ALBACETE

Apelación Civil nº 3/18

Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de ALBACETE. Procedimiento Ordinario nº 682/16

APELANTE: Amanda

Procurador: D. Antonio Ruiz-Morote Aragón

Letrado: D. Vicente López Izquierdo

APELADA: ESTRELLA RECEIVABLES LTD

Procuradora: Dª. Sonsoles Jiménez Roldán

Letrado: D. Francisco Domingo Frutos

S E N T E N C I A NUM. 296-18

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Sres.

Presidente

D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA

Magistrados

D. JOSÉ GARCÍA BLEDA

D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

En Albacete a veintiuno de septiembre de dos mil dieciocho.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 682/16 de Procedimiento Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Albacete y promovidos por ESTRELLA RECEIVABLES LTD contra Amanda ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 23 de octubre de 2017 por el Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso la referida demandada. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 20 de septiembre de dos mil dieciocho.

AN TECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

PRIMERO

Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonsoles Jiménez Roldán, en nombre y representación de Estrella Receivables, LTD, contra Dª. Amanda, y condeno a la misma a pagar a la actora 6.304`81 euros, con los intereses legales en la forma señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto.-Desestimo la reconvención interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Antonio Ruiz Morote Aragón, en nombre y representación de Dª. Amanda, contra Estrella Receivables, LTD, y absuelvo a la misma de los pedimentos deducidos en su contra.- Condeno a la parte demandada al pago de todas las costas procesales causadas en este proceso.- Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Albacete en el plazo de 20 días siguientes a su notificación. Conforme al apartado 3º de la Disposición Adicional 15ª de la LOPJ, en su redacción dada por la L.O. 1/09, de 3 de Noviembre, el recurrente deberá realizar depósito previo por importe de 50 euros mediante ingreso en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.- Así por esta mi Sentencia, en nombre de S.M El Rey, de la que se llevará el original al libro, dejando testimonio en autos, lo pronuncio, mando y firmo."

SEGUNDO

Co ntra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la demandada Amanda, representada por medio del Procurador D. Antonio Ruiz-Morote Aragón, bajo la dirección del Letrado D. Vicente López Izquierdo, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazadas las partes, por la demandante ESTRELLA RECEIVABLES LTD, representada por la Procuradora Dª. Sonsoles Jiménez Roldán, bajo la dirección del Letrado D. Francisco Domingo Frutos se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de diez días, compareciendo los mencionados Procuradores en sus representaciones ya indicadas.

TERCERO

En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PR IMERO.- La sentencia dictada por el Juzgado estima la demanda interpuesta por ESTRELLA RECEIVABLES LTD contra Dª Amanda, desestima la reconvención deducida de contrario y condena a la demandada a indemnizar a la actora en la cantidad de 6.304,81 euros más intereses legales en la forma prevista en el FUNDAMENTO JURÍDICO CUARTO de la resolución y costas.

Di sconforme con dicha sentencia, interpone recurso de apelación la Sra. Amanda combatiendo la desestimación de su reconvención. Insiste en considerar el interés remuneratorio pactado en el contrato - TAE del 24,50% anual - como usurario habida cuenta que se trataba de un interés notablemente superior al normal del dinero previsto en casos similares por otras entidades de crédito sin que la reconvenida haya acreditado la concurrencia en el caso de circunstancias especiales que justificaran la aplicación de tan elevado tipo de interés y citando de aplicación la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su Sentencia de Pleno de 25 de Noviembre de 2015.

ES TRELLA RECEIVABLES LTD se opuso al recurso y defendió la validez del tipo de interés remuneratorio pactado, y ello tanto atendido el principio de libertad de tasa de interés previsto en el art. 315 del Código de Comercio como porque el interés normal del dinero para las operaciones de crédito al consumo correspondiente a tarjetas de crédito que han solicitado el pago aplazado y tarjetas " revolving " es del 20% y aún superior según los propios datos estadísticos del Banco de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
10 sentencias
  • SAP Baleares 133/2023, 27 de Febrero de 2023
    • España
    • 27 Febrero 2023
    ...Por ello el interés aplicado no puede considerarse excesivo y por tanto no puede considerarse usurario ". Y la S AP Albacete Secc. 1ª, núm. 296/2018, de 21 de septiembre, sobre la que versa el recurso de casación resuelto en la antes citada S TS 367/2022 (que ratif‌ica la doctrina interpret......
  • SAP Baleares 142/2023, 2 de Marzo de 2023
    • España
    • Audiencia Provincial de Baleares, seccion 3 (civil)
    • 2 Marzo 2023
    ...Por ello el interés aplicado no puede considerarse excesivo y por tanto no puede considerarse usurario ". Y la S.A.P. Albacete Secc. 1ª, núm. 296/2018, de 21 de septiembre, sobre la que versa el recurso de casación resuelto en la antes citada S TS 367/2022 (que ratif‌ica la doctrina interpr......
  • SAP A Coruña 20/2023, 25 de Enero de 2023
    • España
    • 25 Enero 2023
    ...debe ser desestimado". Piénsese que la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2022 conf‌irma la sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete de 21 de septiembre de 2018, que precisamente alude a la documental recabada por la entidad bancaria del Banco de España, que fue aportada......
  • SAP Valencia 341/2023, 24 de Julio de 2023
    • España
    • Audiencia Provincial de Valencia, seccion 6 (civil)
    • 24 Julio 2023
    ...si bien referidos a años anteriores. Así, por ejemplo, la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete 296/2018 de 21 de septiembre señala que "en fechas próximas a la emisión de la tarjeta (2006) era frecuente que la TAE aplicada por las entidades bancarias a las ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
3 artículos doctrinales
  • Tutela del consumidor frente a las tarjetas «revolving»
    • España
    • Justicia: Revista de derecho procesal Núm. 2/2019, Diciembre 2019
    • 1 Diciembre 2019
    ...concreto, la cláusula de intereses remuneratorios superaba el doble control de transparencia, formal y material. 38 SAP de Albacete (Secc. 1ª), de 21 de septiembre de 2018 (Roj: SAP AB 620/2018). Cabe destacar que en el caso al que se refiere esta Sentencia el consumidor había sido demandad......
  • Las tarjetas revolving: ¿caso resuelto?
    • España
    • Revista Crítica de Derecho Inmobiliario Núm. 794, Noviembre 2022
    • 1 Noviembre 2022
    ...de 4 de mayo La STS número 367/2022, de 4 de mayo, resuelve un recurso de casación interpuesto contra la SAP de Albacete, sección 1.ª, número 296/2018, de 21 de septiembre y, por tanto, un recurso de apelación en el que aún no se había dictado la STS número 149/2020, de 4 de marzo. La SAP d......
  • ¿Es usurario un interés remuneratorio con una TAE del 20% en una línea de crédito revolving?
    • España
    • Revista de Derecho vLex Núm. 176, Enero 2019
    • 9 Enero 2019
    ...operaciones. En tal sentido se pronuncian las Sentencias de la Sección 1ª de la AP de Albacete, sentencia de 21 de septiembre de 2018 (Roj: SAP AB 620/2018 - ECLI: ES:APAB: 2018:620); AP de Ávila, sentencia de 24 de septiembre de 2018 (Roj: SAP AV 281/2018 - ECLI: ES: APAV:2018:281); Secció......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR