SAP Barcelona 130/2009, 19 de Marzo de 2009
Ponente | CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE |
ECLI | ES:APB:2009:4990 |
Número de Recurso | 493/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 130/2009 |
Fecha de Resolución | 19 de Marzo de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
SENTENCIA Núm.130/09
Ilmas Sras. / Ilmo. Sr.
Dª AMELIA MATEO MARCO
Dª ASUNCIÓN CLARET CASTANY
D. CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE
En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de marzo de dos mil nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio ordinario, número 725/2007, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número dos de L'Hospitalet de Llobregat, a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A., representado por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Montero Brusell y asistido por el Letrado D. Gustavo A. Gómez Ferré, contra D. Jose Ignacio , en rebeldía procesal, y contra Dª. María Virtudes , representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Toll Musteros y asistida por el Letrado D. E. Granados; habiéndose presentado por la codemandada, Dª. María Virtudes , recurso de apelación contra la Sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de L'Hospitalet de Llobregat, en fecha 27 de marzo de 2008.
La parte dispositiva de la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de L'Hospitalet de Llobregat número dos, en fecha veintisiete de marzo de dos mil ocho es del tenor literal siguiente: "FALLO.- ESTIMANDO LA DEMANDA de reclamación de cantidad interpuesta por el Procurador Sr. Montero en representación de BBVA S.A., contra Dª María Virtudes , representada por la Procuradora Sra. Atset, y D. Jose Ignacio , en situación de rebeldía, CONDENO a ambos demandados a abonar de forma conjunta y solidaria al demandante la cantidad de 9.524,11 euros más los intereses pactados desde el vencimiento del préstamo el 27-11-2006 hasta completo pago.
Todo ello con expresa imposición a los demandados de la COSTAS causadas en este juicio".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte codemandada, Dª. María Virtudes , mediante su escrito motivado, presentado en tiempo y forma, dándose traslado a las demás partes, y presentándose el correspondiente escrito motivado de oposición al recurso en el momento procesal oportuno por la parte actora, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución de los recursos planteados, quedando los autos vistos para Sentencia.
Se señaló para su Deliberación, Votación y Fallo el día veintiséis de febrero de dos mil nueve.
En el presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS VILLAGRASA ALCAIDE.
El recurso de apelación interpuesto por la codemandada, Dª. María Virtudes , se centra exclusivamente en la falta de comparecencia del legal representante de la entidad actora en el juicio celebrado en fecha 26 de marzo de 2008, por lo que, de conformidad con los artículos 209.3, 216 y 218 y concordantes de la LEC, alega que debió tenerse por confesa a la parte actora, en cuanto al interrogatorio de esta parte, de lo que deriva, a su juicio, la improcedencia de la demanda rectora del presente procedimiento, así como la correspondiente condena en costas.
No puede...
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