SAP Barcelona 826/2018, 21 de Noviembre de 2018

PonentePAULINO RICO RAJO
ECLIES:APB:2018:12224
Número de Recurso418/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución826/2018
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, 1a planta - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866210

FAX: 934866302

EMAIL:aps17.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120168159901

Recurso de apelación 418/2018 -G

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Barcelona Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 799/2016

Parte recurrente/Solicitante: TOP PROYECTOS Y CONTRATAS,S.L, FABRILIA, S.L Procurador/a: Fco. Javier Manjarin Albert, Marta Pradera Rivero

Abogado/a: Alfonso Maristany Pintó

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 826/2018

Magistrados:

Paulino Rico Rajo

Mireia Borguño Ventura

Maria Sanahuja Buenaventura

Barcelona, 21 de noviembre de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 30 de abril de 2018 se han recibido los autos de Procedimiento ordinario 799/2016 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Barcelona a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Marta Pradera Rivero, en nombre y representación de TOP PROYECTOS CONTRATAS,S.L y por el Procurador Fco. Javier Manjarin en nombre y representación de FABRILIA, S.L contra Sentencia de fecha 18/12/2017.

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

" 1.- Estimando en parte la demanda formulada por TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. frente a FABRILIA, S.L.:

  1. Declaro resuelto por incumplimiento de FABRILIA, S.L. el contrato de ejecución de obra de 25 de Julio de 2014 suscrito entre las partes.

  2. Declaro injustificada la ejecución del aval.

  3. Condeno a FABRILIA, S.L. a pagar a la actora la cantidad de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (393.963,77 euros).

  4. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia.

  1. - Estimando en parte la demanda reconvencional formulada por FABRILIA, S.L. frente a TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L., declaro que TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. desistió unilateralmente del contrato de arras suscrito entre las partes, pudiendo FABRILIA, S.L. quedarse con el importe percibido en concepto de arras. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia."

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo, que ha tenido lugar el día 21/11/2018. CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado Paulino Rico Rajo .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Barcelona en el juicio ordinario registrado con el nº 799/2016 seguido a instancia de TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. contra FABRILIA, S.L., sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, habiéndose formulado reconvención sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, que estima parcialmente la demanda sin imposición de costas, y estima parcialmente la reconvención sin imposición de costas, interponen recurso de apelación ambas partes litigantes.

FABRILIA, S.L. recurre en apelación contra la referenciada Sentencia en solicitud de que " estimándolo, acuerde revocarla parcialmente y, en consecuencia:

1)Desestime íntegramente la demanda formulada por TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L., con condena en costas en ambas instancias.

2) Estime la reconvención formulada por FABRILIA S.L. en aquellos extremos en que no lo ha sido, es decir, en especial de los apartados 1, 2 3 y 5 del suplico, teniendo en cuenta el pequeño error mecanográfico de cuantía ya indicado en el escrito de FABRILIA S.L. de 20.01.2017, con condena en costas en ambas instancias a TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. "

TOP, PROYECTOS Y CONTRTATAS, S.A. (como S.A. encabeza el escrito interponiendo el recurso) interpone recurso de apelación en solicitud de que " lo estime y, en sus méritos,

  1. Con carácter adicional a la condena de Primera Instancia, condene a la adversa a abonar, en concepto de daños y perjuicios por incumplimiento del Contrato, la cantidad de cuarenta y dos mil trescientos euros con treinta y siete céntimos (42.300,37 €).

  2. Condene a la adversa al pago de la factura vencida e impagada de 30 de septiembre de 2015 por importe de veintisiete mil ciento treinta y seis euros con treinta y nueve céntimos (27.136,39 €).

  3. Declare que la adversa incumplió el Contrato de Arras suscrito el día 24 de julio de 2014.

  4. Desestime íntegramente la reconvención de FABRILIA, S.L.

  5. Le condene, en consecuencia, a abonar a mi mandante la cantidad de seiscientos once mil trescientos dieciséis euros con quince céntimos (611.316,15 €) en concepto de arras pagadas en virtud de dicho Contrato de Arras "

Cada parte se opone al recurso de apelación interpuesto de contrario y solicita su desestimación, con imposición de costas.

SEGUNDO

En la demanda rectora del procedimiento del que la presente alzada trae causa la parte actora, TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L., tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, solicitó al Juzgado que " dicte Sentencia por la cual:

  1. - Declare resuelto por incumplimiento de la demandada FABRILIA S.L. el contrato de ejecución de obra de 24 de julio de 2014 suscrito entre las partes, que tenía por objeto la ejecución de la obra del edificio sito en Sabadell, Alemania 60.

  2. - Declare resuelto por incumplimiento de la demandada FABRILIA S.L. el contrato de arras de 24 de julio de 2014 suscrito entre las partes y que tenía por objeto la compraventa del citado edificio.

  3. - Declare injustificada la ejecución por la demandada en fecha 25/02/2016 del aval a primer requerimiento de la actora por 300.000€

  4. - Declare que la demandada adeuda a la atora la factura vencida e impagada de 30/09/2015 por 27.136,39€

  5. - En consecuencia, condene a la demandada a pasar por las anteriores declaraciones, y, en consecuencia, al pago de las siguientes cantidades por los conceptos indicados:

    1. 93.963,77€ en concepto de retenciones del 3,5% sobre cada factura pagada, según cláusula 4.1.a) del contrato de ejecución de obra.

    2. 199.816,09 € en concepto de daños y perjuicios por incumplimiento de la demandada. Sin perjuicio del resto de gastos que continúen generándose hasta que la demandada tome posesión de la obra, cuya justificación aportaremos según se vayan generando, y solicitamos se incluyan en esta condena a la demandada. Reservándonos en todo caso el derecho a reclamarlos.

    3. 611.316,15 € en concepto de arras entregadas hasta la fecha, reservándonos el derecho a reclamar cantidades superiores por los daños y perjuicios de la resolución del contrato de arras de 24/07/2014 hasta el importe máximo del doble de esta cantidad.

    4. 300.000€ en devolución del aval ejecutado injustificadamente.

    5. 27.136,39€ en concepto de factura debida e impagada.

  6. - Todo ello con expresa imposición de costas ".

    La demanda fue admitida a trámite por Decreto de fecha 23 de septiembre de 2016.

    La parte demandada, FABRILLIA, S.L., compareció en tiempo y forma y se opuso a la demanda y, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, solicitó al juzgado " desestimar íntegramente la demanda, con imposición de costas a la actora ".

    A su vez, formuló reconvención en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, solicitó al juzgado:

    " 1. Declare la resolución del contrato de obras suscrito el 25.07.2014 entre FABRILIA S.L. y TEYCO, S.L (hoy TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L.), debido a los incumplimientos de dicho contrato por la demandada reconvencional TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L.

  7. Condene a TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L (antes TEYCO, S.L.), debe (sic) abonar a FABRILIA S.L. la suma de 507.154,94€, como indemnización por retraso y/o abandono de la obra según la cláusula 5.2 del contrato de obra (480.000€), más los daños y perjuicios adicionales producidos hasta ahora (27.154,94€) más los correspondientes intereses legales.

  8. Subsidiariamente condene a TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. a pagar a FABRILIA S.L. la cantidad de 207.154,94 € si se considera que debe deducirse el importe de 300.000 € del aval ejecutado siguiendo lo previsto en el contrato de obra, más los intereses legales sobre dicha cantidad desde la interpelación judicial hasta el total pago.

  9. Declare el desistimiento unilateral del contrato de arras por TOP PROYECTOS Y CONTRATA, S.L. (antes TEYCO, S.L.), o subsidiariamente su resolución por incumplimiento de TOP PROYECTOS Y CONTRATAS S.L. (antes TEYCO S.L.), y el derecho de FABRILIA S.L. a quedarse con el importe cobrado de 611.315,15 € como arras debidas por desistimiento o, subsidiariamente, daños y perjuicios derivados de la resolución de contrato de arras por incumplimiento de TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L. (antes TEYCO, S.L.)

  10. Condene en costas a TOP PROYETOS Y CONTRACTAS, S.L. (antes TEYCO, S.L.) en cuanto a la reconvención ". La reconvención fue admitida a trámite por Auto de fecha 12 de enero de 2017.

    La demandada reconvencional se opuso a la reconvención y, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, solicitó al Juzgado que " dicte Sentencia de conformidad desestimando íntegramente la misma con expresa imposición de costas "

    Seguido el procedimiento su curso concluyó con la referenciada Sentencia contra la que interponen recurso de apelación ambas partes litigantes en solicitud, respectivamente, de lo que queda dicho en el precedente Fundamento de Derecho.

TERCERO

Alegaciones formuladas por TOP PROYECTOS Y CONTRATAS, S.L.

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