STSJ Comunidad Valenciana 2958/2018, 17 de Octubre de 2018

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2018:4222
Número de Recurso2792/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2958/2018
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2018
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación 2792/17

Recurso de Suplicación 002792/2017

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Carmen López Carbonell

En València, a diecisiete de octubre de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2958/2018

En el Recurso de Suplicación 002792/2017, interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de mayo de 2017, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE ALICANTE, en los autos 000350/2016, seguidos sobre desempleo, a instancia de D. Javier, asistido por el letrado D. Ignacio Agustin Armendia Santos, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, y en los que es recurrente la parte demandante, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D Javier contra el Servicio Público de Empleo Estatal, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones efectuadas en su contra.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO:

Presentada por la actora D Javier, con fecha 19/01/16, solicitud de subsidio por desempleo para mayores de 55 años, la Dirección Provincial del SPEE, por resolución de 19/01/16, denegó la prestación por los hechos siguientes: por no estar en ninguna causa de acceso al subsidio; por no haberse cotizado al menos 6 años a un régimen que proteja la contingencia de desempleo, y porque según el INSS no reúne el periodo de cotización genérico de 15 años para tener derecho a pensión contributiva de jubilación. SEGUNDO: Fue presentada la preceptiva reclamación previa contra dicha resolución, la que fue desestimada por resolución del SPEE. TERCERO: D Javier, mayor de edad y nacido el NUM000 /1957, estuvo trabajando en la empresa Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, del 30/12/14 al 7/09/15, por contrato de aprendizaje como alumno trabajador en un programa a de talleres de empleo.

Con anterioridad el actor estuvo percibiendo subsidio de desempleo del 28/03/12 al 27/09/12, y estuvo percibiendo dos RAIS, del 6/10/12 al 5/09/13 y del 10/09/14 al 29/12/14.

Acredita cotizados 1.682 días a efectos de desempleo en los seis últimos años y sumando el tiempo trabajado en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, daría un total de 1.934 días cotizados.

Y la parte actora a la fecha del hecho causante, reunía los requisitos de cotización genérico y específico, necesarios para causar derecho a pensión de jubilación, incluido periodo de cotización en Uruguay tenido en cuenta a estos efectos por el INSS

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el actor la sentencia que ha desestimado su demanda en la que solicita el subsidio por desempleo para mayores de 55 años.

El recurso, que se impugna de contrario, se estructura en dos motivos. En el primero, por el apartado b) del art. 193 de la LRJS, se pide la adición de un...

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