STSJ Galicia 4607/2008, 28 de Noviembre de 2008

PonenteMIGUEL ANGEL CADENAS SOBREIRA
ECLIES:TSJGAL:2008:8090
Número de Recurso4544/2008
Número de Resolución4607/2008
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0004544 /2008 interpuesto por CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, Eugenia contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de PONTEVEDRA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña.

MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Eugenia en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado CONSELLERIA DO MEDIO RURAL, TRAGSEGA , EMPRESA TRAGSA TRANSFORMACION AGRARIA S.A. . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000120 /2008 sentencia con fecha diez de Junio de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- La demandante Doña Eugenia , con DNI NUM000 , viene prestando servicios desde el 9 de marzo de 1995 en la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia, en virtud de los contratos de trabajo siguientes: .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 9 de marzo de 1995, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "mecanización de expedientes y archivo de documentación de Sanidad Animal", hasta el 31 de diciembre de 1995. .- Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 1 de abril de 1996, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra talescomo informatización de expedientes vacas nodrizas", hasta el 16 de mayo de 1996. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 16 de julio de 1996, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra tales como mecanización de expedientes y archivo de documentación de Sanidad Animal Lugo ejercicio 1996", hasta e130 de noviembre de 1996. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 5 de marzo de 1997, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra tales como mecanización de expedientes y archivo de documentación de Sanidad Animal Lugo ejercicio 1997", hasta el 31 de diciembre de 1997. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 12 de enero de 1998, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra tales como mecanización y archivo de expedientes Sanidad Animal. Anualidad 1998", hasta e131 de diciembre de 1998. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 12 de enero de 1999, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra Sanidad Animal (Lugo). Anualidad 1999", hasta el 11 de abril de 1999. .- Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 1 de junio de 1999, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra Sanidad Animal 1999", hasta el 31 de diciembre de 1999. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 15 de mayo de 2000, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra Sanidad Animal 2000", hasta el 31 de diciembre de 2000..-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 8 de enero de 2001, con la entidad Tragsa (Transformación Agraria S.A.), para "la realización de trabajos de su especialidad en la unidad de obra Sanidad Animal 2001", hasta el 31 de diciembre de 200 l. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 15 de enero de 2002, con la entidad Tragsa, para "Sanidad Animal 200 l. Anualidad 2001", hasta el 22 de octubre de 2002. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 20 de enero de 2003, con la entidad Tragsega (Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A.), para "Sanidad Animal. Anualidad 2003", hasta el 20 de agosto de 2003. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 26 de enero de 2004, con la entidad Tragsega, para "Sanidad Animal", hasta e131 de julio de 2004. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado de fecha 1 de agosto de 2004, con la entidad Tragsega, para "Sanidad Animal", hasta e16 de agosto de 2004. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio determinado, de fecha 24 de enero de 2005, con Tragsega (Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A.), para "la realización de los trabajos de diagnóstico de enfermedades de los animales sometidos a programas oficiales de control y erradicación anualidad 2005. Consellería de Política Agroalimentaria e Desenvolvemento Rural de la Xunta de Galicia", hasta el 31 de diciembre de 2005.

.-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicios determinado, de fecha 23 de enero de 2006, con Tragsega (Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A.), para "a.t. realización de los trabajos de diagnóstico de enfermedades de los animales sometidos a programas oficiales de control y erradicación anualidad 2005 según encargo de la Consellería do Medio Rural de la Xunta de Galicia", hasta el 31 de diciembre de 2006. .-Contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicios determinado, de fecha 15 de enero de 2007, con Tragsega (Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A.), para "encomienda de los trabajos de diagnóstico de enfermedades de los animales sometidas a programas oficiales de control y erradicación, LABGAL 07, por encargo de la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Ga1icia", como grabador, hasta el31 de diciembre de 2007. .-En fecha 16 de diciembre de 2007, la entidad Tragsega comunicó a la demandante la próxima finalización de la relación laboral "por finalización de los trabajos propios de su categoría y especialidad dentro de la obra o servicio para la que fue contratada ", finalización que tendría lugar el 31 de diciembre de 2007. .-SEGUNDO.- La demandante ha venido prestando servicios desde la suscripción del primero de los contratos en diversos centros de trabajo, en Orense, Lugo y Pontevedra, todos ellos en Sanidad Animal de la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia..-El salario de la demandante era de 1.900,36 € mensuales, con inclusión de la prorrata de las pagas extras.

.-TERCERO.- Las funciones que realizaba la demandante eran las correspondientes a la grabación informática de fichas en las campañas de saneamiento de ganado bovino, caprino y vacuno, y labores administrativas relacionadas, así como eventualmente atención al público relacionada con dichas campañas, así como tramitación de altas y bajas de explotaciones no sólo de dichas cabañas ganaderas, sino también de la equina, de porcino, avícola Y apícola, y, en general, todas aquellas de Índole administrativo o informático para las que era requerida por los responsables del servicio. .-CUARTO.- La demandante ha venido realizando las tareas de su puesto de trabajo bajo la dirección del funcionario jefe del Servicio. .-El trabajo era realizado con los medios materiales proporcionados por la Xunta de Galicia (ordenador, mesa, silla, papel y carpetas con membrete oficial, teléfono, bolígrafos, etc ... ). .-El horario de trabajo era el mismo que el de los funcionarios del Servicio y para el disfrute de las vacaciones establecía turnos con dichos funcionarios para no dejar desatendido el servicio. .-Las empresas demandadas Tragsa y Tragsega únicamente remitían las nóminas y abonaba las cotizaciones de Seguridad Social, sin interveniren las funciones del puesto de trabajo de la demandante. .-QUINTO.- La demandante pasaba los reconocimientos médicos habituales de todos los restantes trabajadores de la Xunta de Galicia. .-SEXTO.-La actora estuvo de alta en la empresa Helman Europe S.L. del 15 al 20 de septiembre de 2003. Entre los diversos contratos con Tragsa y Tragsega percibió prestaciones por desempleo. .-SÉPTIMO.- La demandada Xunta de Galicia ha reducido la dotación presupuestaria de las campañas de saneamiento ganadero para 2008 relativas al centro de Cabanas- Salcedo, en el que prestaba servicios la demandante.

.-OCTAVO.- Se agotó la vía previa administrativa y se intentó SIn efecto la conciliación obligatoria ante el SMAC."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda presentada por Da. Eugenia contra la XUNTA DE GALICIA y la empresa TRAGSEGA (SANIDAD ANIMAL Y SERVICIOS GANADEROS S.A.), debo declarar y declaro improcedente el despido de la trabajadora demandante y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la Xunta (elegida por la demandante en el suplico de la demanda) a su readmisión en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación previstos en el párrafo

  1. de esta Resolución, o, a su elección, al pago de las siguientes percepciones económicas: .-a) Una indemnización, cifrada en cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y hasta un máximo de cuarenta y dos mensualidades, que se concreta en la cuantía de 8.372,00 €..-b) Una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta Sentencia o hasta que encontrara otro empleo si tal colocación fuera anterior a esta Sentencia y se probase por el...

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