SAP Madrid 284/2018, 23 de Julio de 2018
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2018:11796 |
Número de Recurso | 321/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 284/2018 |
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimoctava
c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 6 - 28035
Tfno.: 914933898
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0267590
Recurso de Apelación 321/2018
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid
Autos de Procedimiento Ordinario 1693/2015
APELANTE: D. Fernando
PROCURADOR D. FRANCISCO GARCIA CRESPO
APELADO: Dña. Leocadia
PROCURADOR D. JOSE CARLOS GARCIA RODRIGUEZ
SENTENCIA Nº 284/2018
TRIBUNAL QUE LO DICTA :
ILMA SRA. PRESIDENTE :
Dña. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMOS SRES. MAGISTRADOS:
D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
En Madrid, a veintitrés de julio de dos mil dieciocho.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado D. Fernando representado por el Procurador Sr. García Crespo y de otra, como apelado demandante Dña. Leocadia representada por el Procurador Sr. García Rodríguez, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. DOÑA GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 56 de Madrid, en fecha 13 de febrero de 2018, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que ESTIMANDOINTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador JOSE CARLOS GARCIA RODRIGUEZ en nombre y representación de DÑA. Leocadia contra
D. Fernando representado por el Procurador FRANCISCO GARCIA CRESPO, DEBO DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en CALLE000 nº NUM000, NUM001 de Madrid 28027 (antes AVENIDA000 nº NUM002, NUM001 de Madrid ) y CONDENO a la parte apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de julio de 2018.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, en primer lugar la falta de justificación de la necesidad de la ocupación, con infracción de los artículos 62.1 º y 63.1 y 3 en relación con el 9º de la LAU (texto refundido de 1964) y los artículos 3 º, 6 º y 7º del supletorio Código Civil . Señalando que hubo un intento anterior de la madre de la apelada para extinguir el arrendamiento, aduciendo la necesidad de un hijo, que concluyó con Sentencia desestimatoria, y que ahora aprovechando la situación, adjudicaron a la actora la vivienda, atribuyéndose los demás hermanos partes indivisas de otras, para poder interponer nuevamente la resolución del contrato de esta parte. Además, sería significativo el empadronamiento de la actora en casa de su hermano, en tanto se empadronó el día 24 de Junio de 2014, un mes antes de la adjudicación a la misma de la vivienda, abandonando la casa de la madre en la que convivía con la misma. Señala, que hay otros pisos, que constan en la escritura de adjudicación de la herencia, pero no se le han adjudicado a la actora porque no...
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ATS, 2 de Diciembre de 2020
...sentencia dictada con fecha 23 de julio de 2018 por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimoctava, en el recurso de apelación n.º 321/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 1693/2015 del Juzgado de Primera Instancia n.º 56 de Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Prov......