STSJ Asturias 1297/2018, 15 de Mayo de 2018

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2018:1570
Número de Recurso3067/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1297/2018
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01297/2018

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2017 0003678

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0003067 /2017

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000631 /2017

Sobre: RESOLUCION CONTRATO

RECURRENTE/S D/ña Amanda

ABOGADO/A: SUSANA MANGAS URIA

RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

ABOGADO/A: SERVICIO DE SALUD PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Sentencia nº 1297/18

En OVIEDO, a quince de mayo de dos mil dieciocho.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL, formado por los Ilmos. Sres. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 3067/2017, formalizado por la Letrada Dª SUSANA MANGAS URIA, en nombre y representación de Amanda, contra la sentencia número 498/2017 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000631/2017, seguidos a instancia de Amanda frente a SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr.

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Amanda presentó demanda contra SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 498/2017, de fecha diecisiete de octubre de dos mil diecisiete .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. .- Dª. Amanda, presta sus servicios por cuenta y bajo la dependencia del SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS desde el 01-02-01 en virtud de un contrato de trabajo temporal por interinidad, con la categoría profesional de Enfermera, sujeta en cuanto a sus condiciones laborales al Convenio Colectivo de los Servicios de Salud Mental, con destino en el Área Sanitaria de Oviedo.

  2. .- El contrato de trabajo celebrado lo fue de interinidad para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, o hasta que dicha plaza fuese amortizada o transformada.

  3. .- El 10-07-17 la demandante recibió una comunicación del siguiente tenor literal: "Por medio de la presente carta le comunicamos que a partir del próximo día 28 de julio de 2017 y como consecuencia de la finalización del proceso selectivo convocado por Resolución de 1 de septiembre de 2008 de la Viceconsejería de Modernización y Recursos humanos (BOPA 25-IX-2008) para la provisión de plazas de ATS/DUE (Salud Mental) se producirá la incorporación del titular de la plaza a la que usted está vinculado.

    Por tanto, dentro de los siete días siguientes a partir de dicha fecha, se producirá la extinción del contrato de trabajo de fecha 1 de enero del 2001 que tiene suscrito con esta Institución, lo que se le comunica, en plazo, a los efectos oportunos."

  4. .- La actora percibió durante el último año de prestación de servicio las retribuciones siguientes:

    DE CARÁCTER FIJO:

    Salario base: 945,67 € x 12 = 11.348,04 €

    Antigüedad: 205,68 € x 12 = 2.468,16 €

    Complemento Destino: 478,08 € x 12 = 5.736,96 €

    Complemento Específico: 428,60 € x 12 = 5.143,20 €

    Productividad fija: 1,54 € x 12 = 18,48 €

    Pagas Extra: 4.116,06 €

    TOTAL: 28.830,90 €

    DE CARÁCTER VARIABLE

    GF lunes a viernes: 4.527,21 €

    GF Sab Dom y Festivos: 5.656,32 €

    Vacaciones: 936,34 €

    TOTAL: 11.119,77 €

    SUMA: 39.950,67 €

    OTROS

    Atrasos: 327,42 €

    Recuperación PE Dic 2012: 502,63 €

  5. .- Disconforme la actora con la decisión extintiva, presentó reclamación previa el 21-08-17, la que fue tácitamente desestimada mediante silencio administrativo.

  6. .- La demandante figuraba en la bolsa de empleo con el nº 32 de un total de 4.417 demandantes de empleo para la categoría de Enfermera.

    La demandante de la bolsa de empleo que ocupaba el mes pasado el nº 1 de la lista, tenía el puesto 311 del listado de demandantes de empleo.

  7. .- La demandante era miembro del Comité de Empresa.

  8. .- En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando totalmente la demanda presentada por Dª. Amanda contra el SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada citada de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Amanda formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 1 de diciembre de 2017.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 25 de enero de 2018 para los actos de votación y fallo. A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La dirección letrada de la actora formula recurso frente a la sentencia de instancia que desestima su demanda sobre indemnización por fin de contrato de interinidad.

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