STSJ Cantabria 393/2018, 18 de Mayo de 2018

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2018:234
Número de Recurso228/2018
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución393/2018
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2018
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000393/2018

En Santander, a 18 de mayo del 2018.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS (Ponente)

Ilma. Sra. Dª. María Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por D.ª Laura contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D.ª Laura siendo demandado contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre Incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 14 de noviembre de 2017 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

" 1º. Circunstancias laborales y de Seguridad Social del beneficiario de la prestación. D.ª Laura presenta las siguientes circunstancias laborales y de la Seguridad Social en relación a la prestación interesada:

-Nacimiento: 28 de febrero de 1960.

-Profesión habitual: dependienta.

-Última alta laboral anterior al hecho causante (24 de mayo de 2017 - fecha del dictamen propuesta del EVI-): de alta en la empresa ACTUM

DISTRIBUIDORA.

-Situación laboral actual: de alta en la citada empresa.

-Se encontraba de alta a fecha del hecho causante.

-Reúne carencia para la prestación solicitada.

-Contingencia: enfermedad común.

-Entidad y régimen responsable del pago de la prestación de incapacidad permanente total por enfermedad común: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Régimen General de la Seguridad Social.

-Base reguladora de la prestación incapacidad permanente total por enfermedad común: 937,70 euros mensuales.

-Fecha de efectos económicos de la prestación solicitada: día siguiente al cese de la actividad.

(Medios de prueba: hechos no controvertidos y expediente administrativo).

  1. Expediente administrativo de incapacidad permanente .

    El curso del expediente administrativo de incapacidad permanente ha sido el siguiente:

    -Proceso previo de incapacidad temporal: desde el 12 de mayo de 2016 al 29 de marzo de 2017.

    -Denegación incapacidad permanente. A instancia del interesado se inició expediente de incapacidad permanente. Por resolución de la Dirección Provincial del INSS de Cantabria de 25 de mayo de 2017 se denegó la incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, previo informe de valoración médica de 19 de mayo de 2017.

    -Reclamación previa administrativa. Contra dicha resolución se interpuso reclamación previa solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanente total cualificada, la cual fue desestimada por la Dirección Provincial del INSS de Cantabria.

    (Medios de prueba: hechos no controvertidos y expediente administrativo).

  2. Cuadro médico. El cuadro médico que padece D.ª Laura es el recogido en el informe de valoración médica de la UMEVI de fecha 19 de mayo de 2017, el cual es del siguiente tenor:

    MANIFESTACIONES DEL INTERESADO

ANTECEDENTES

IT DESDE EL 12.5.16 CON ALTA EL 29.3.17 CON UN CUADRO CLINICO DE VÉRTIGO Y MAREOS/ TRASTORNO DE ADAPTACION MIXTO.

OTROS DIAGNOSTICOS: LES.

AFECTACIÓN ACTUAL

19.5.17 Refiere que está trabajando. Esta con depresión, tiene problemas de cervicales, lumbares. Ya casi no tiene mareos aunque a veces. La vio el ORL, la dijo que tenía Vértigo Subjetivo. Esta hace años en Ttº con USM, que tuvo un cambio de jefes en el trabajo y paso de un trato familiar a otro, agresivo. Y desde entonces empieza a encontrarse mal, aunque ella es muy pesimista, no es una persona alegre de siempre, le cuesta reírse. Se preocupa mucho. Es su forma de ser.

EXPLORACIÓN POR APARATOS

ORL

INFORME DE FEBRERO DE 2017:

J. DIAGNOSTICO: MAREO SUBJETIVO CRONICO.

TIº Dogmatil cuando se marea, ahora no lo toma. Pasea.

REUMATOLOGIA

18.10.2016, Evolución: Lupus eritematoso sistémico.

6.3.17: BQ, HORMONAS, BQ EN ORINA CON PARAMETROS DENTRO DE LIMITES DE LA NORMALIDAD.

4.4.2016, RX DE COLUMNA:

CERVICAL 2 P: Rectificación de la lordosis fisiológica, especialmente en el segmento inferior con pinzamiento de los espacios CS-C6, C6-C7 y osteofitosis marginal de predominio anterior así como cambios degenerativos en las uncovertebrales correspondientes a dichos espacios.

LUMBAR 2 P: Escoliosis de convexidad izquierda. Acentuación secundaria de la lordosis fisiológica. Pinzamiento de L3-L4 y de últimas interapofisarias. Sacroilíacas sin alteraciones.

Otras Pruebas: Revisión oftalmológica, 3.4.17: CV 10.2 normal AV OD 0,6-0,8 OI 0,8-0,9 dif PIO faquica, QPS, blefaritis FO macula normal, E/P 0,4. OCT macular norma Diagnóstico: Lupus eritematoso sistémico. Cervicoartrosis y Espondiloartrosis.

Procedimientos: Seguirá tratamiento según indicaciones en última consulta así como revisiones periódicas.

EN LA UMEVl,EFA:

(.VERTEBRAL: NO DOLOR EN AP. ESPINOSAS A LA PALPACIÓN/PRESION, EN BIPEDESTACION HACE FLEXION HASTA 15 CM DDS. NO AUMENTO DE DOLOR A NIVEL LUMBAR.

PSIQUIATRIA

Informe 19.3.17

M.C.: Paciente remitida por su MAP por un síndrome depresivo.

A.P.: Antecedentes de tratamiento en esta USM por un cuadro depresivo.

Madre en tratamiento psiquiátrico. Familiar de segundo y familiar de tercer grado fallecieron por autolisis.

Hª Actual: Refiere que desde que empezó en tratamiento en esta USM ha venido manteniendo de manera continuada un estado de ansiedad y depresión con fluctuaciones en el tiempo. En la actualidad muy nerviosa con fallos cognitivos vinculados a su estado de ánimo, problemas en el trabajo, mareos y vértigos durante el trabajo, que le han llevado a consultar en urgencias en tres ocasiones.

En TTº con Dogmatil 50 mg/día, Zarelis 225 mg/día, Alprazolam 0,5 mg /noche, Noctamid 2 mg /noche, medicación que lleva mucho tiempo tomándola.

Examen mental: C y Ox3. Abordable. Discurso fluido bien estructurado. Afectividad lábil con llanto fácil. Dishedonia, apatía, menor energía vital, menor interés por la gente y menor contacto social. Ansiedad flotante. Ansiedad subjetiva. Rumiaciones obsesivas.

Sin alteraciones del contenido del pensamiento ni de la sensopercepción. Rasgos de funcionamiento personal de carácter evitativo y obsesivos. Bajo insight. Mantiene rutina habitual con sobresfuerzo para sobrellevar las tareas básicas de la vida diaria.

Evaluación social y familiar: Padre fallecido IAM. Madre vive, en tratamiento en esta USM. Primera de una fratria de dos. Buena relación con el grupo familiar.

Convive con su marido. Hijo emancipado. Sin problemas en la convivencia. Buenos apoyos familiares.

Evaluación de capacidades y actividad: Trabaja como dependienta en una confitería. En situación IT en la actualidad.

A. Somáticos: Síndrome vertiginoso. Lupus. 1 gestación-1 parto eutocico con sufrimiento fetal.

No refiere habitos toxicos.

Alergias: NAMC

Diagnóstico: Trastorno adaptativo. Distimia.

Evaluación multiaxial (Eje 1): Zarelis Retard 225 mg 1.0.0, Alprazolam 0,5 mg 1.1.1, Noctamid 2 mg al acostarse, Lyrica 75 mg en la cena y en una semana añadir un comp. de 75 mg en el desayuno. Dogmatil 50 mg 0.0.1.

EVOLUTIVO: 26.4.17

Refiere que hoy tiene un "día de bajón". Refiere haberse encontrado bien hasta ayer, que estuvo llorando. Le han dado de alta en la inspección médica y tiene que empezar a trabajar (pastelería), teme que le puedan despedir. Distimica. Ansiedad subjetiva con mal estar subjetivo. Quejas de problemas en su entorno familiar. Dolores persistentes de CV que ha mejorado.

Impresión diagnóstica: Distimia.

Plan: Próxima revisión solicitar control analítica PRL Tratamiento: Zarelis 225 mg /día. Trankimazin 0,5 mg 1.1.1. Noctamid 2 mg/noche.

Dogmatil 50 mg 0.0.1. Lyrica 75 mg 1.0.1

EN LA UMEVI, EFA: persona pesimista, muy agobiada, según refiere es su forma de ser de siempre. Duerme con el Noctamid, bien. Consciente, orientada, colaboradora, lenguaje espontaneo, no para de hablar de todos sus problemas, cervicales, lumbares, en el trabajo. Lleva 12 años trabajando con Máximo Gómez, luego lo cogió una

sobrina y ahora es de La Gallofa, porque es una subrogación siguen teniendo los derechos adquiridos con la empresa inicial, pero no las quieren.

CONCLUSIONES

DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

TRASTORNO ADAPTATIVO. DISTIMIA.

OTROS DIAGNOSTICOS: LUPUS ERITEMATOSO SISTEMICO. CERVICOARTROSIS Y LUMBOARTROSIS

TRATAMIENTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO

MEDICO: Zarelis 225 mg /día. Trankimazin 0,5 mg 1.1.1. Noctamid 2 mg/noche.

Dogmatil 50 mg 0.0.1. Lyrica 75 mg 1.0.1. Dolquine/24, Prednisona 5/48h, Cellcep/2/12h, CONTROL EN HUMV:

EVOLUCIÓN

CRONICA

POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y REHABILITADORAS

SEGÚN EVOLUCION DE LA PATOLOGIA RESEÑADA

LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES

GRADO FUNCIONAL LOCOMOTOR: 1

GRADO FUNCIONAL MENTAL: 1

GRADO FUNCIONAL REUAMTIC0:1

CONCLUSIONES

300.4

(Medios de prueba: informe de valoración médica de la UMEVI -folios 39 a 40-)."

TERCERO

En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva:

"En atención a lo expuesto, se desestima la demanda formulada por D.ª Laura contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a quienes se absuelve de todos los pedimentos de la demanda.

CUARTO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO .- Referida la infracción del artículo 194.1.b de la Ley General de la Seguridad Social, ya que considera el recurrente que las dolencias justifican la incapacidad permanente total. Sin embargo, la...

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