STSJ Andalucía 2830/2017, 20 de Diciembre de 2017

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTERO
ECLIES:TSJAND:2017:16053
Número de Recurso1755/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2830/2017
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2017
EmisorSala de lo Social

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

AN

SENT. NÚM. 2830/17

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO

ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ

ILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PEREZ HEREDIA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a veinte de diciembre de dos mil diecisiete

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1755/17, interpuesto por Santos contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 DE GRANADA, en fecha 15/3/16, en Autos núm. 38/17, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Santos en reclamación sobre DESPIDO, contra EL CORTES INGLES S.A. y MINISTERIO FISCAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 15/3/16, por la que desestima la demanda formulada por D. Santos contra EL CORTE INGLÉS S.A, absolviendo a la parte demandada de la pretensión frente a ella deducida.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante, D. Santos, con DNI nº NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa EL CORTE INGLÉS, S.A, desde el día 27-04-1987, a jornada completa, con categoría de Mandos, con un salario de 194,85€/día (con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias).

SEGUNDO

A esta relación laboral resulta de aplicación el Convenio Colectivo estatal de Grandes Almacenes.

TERCERO

El día 29-11-2016 la demandada comunicó su despido al actor, alegando causas disciplinarias, por carta que obra a los folios 5 y 6 de los autos y que se da íntegramente por reproducida.

CUARTO

El día 25 de noviembre de 2.016, black friday, el demandante, en su turno de trabajo, sobre las 11.33 horas cogió del stand de Roy Robson, un chaleco cuyo p.v.p. era de 119,95€ y lo depositó en uno de los armarios de su despacho sin abonar su precio.

Posteriormente, sobre las 13.18h, aproximadamente, sin comunicar ni pedir autorización al Jefe de Personal, salió del establecimiento por la puerta de entrada/salida de clientes, accediendo con su vehículo al aparcamiento del centro comercial sobre las 13.30h aproximadamente, estacionándolo en el sótano 1B.

Sobre las 14.22 aprox. el demandante salió de su despacho con el chaleco Roy Robson y se dirigió al terminal situado en el departamento de Levis, donde procedió a retirar la etiqueta de seguridad de la prenda, regresando a su despacho, donde la depositó.

A las 14.48h aproximadamente, el demandante se dirigió al departamento de deportes, cogiendo del terminal de dicho departamento una bolsa vacía, regresando con la misma a su despacho.

Un minuto después, el actor sacó de su despacho unas zapatillas de deporte de la marca New Balance cuyo p.v.p. era de 84.95€, que había introducido allí unos días antes (el día 22), dirigiéndose con las mismas hasta el terminal de Levis donde procedió a verificar que las mismas no tenían etiqueta de seguridad, pasándolas a tal fin por el desactivador ubicado en el terminal, tras lo cual regresa a su despacho sin abonar la mercancía.

Ese mismo día, el demandante autorizó la realización de cuatro operaciones de venta a nombre de la misma clienta que fueron realizadas por otro empleado, introduciendo los artículos en varias bolsas que llevó a su despacho. Asimismo el demandante abonó una compra de dos artículos del departamento de TOUS, y abonó con su tarjeta la compra de otra mercancía que se llevó a cabo en tres operaciones de venta consecutivas realizadas por otro empleado, introduciendo los artículos en varias bolsas que el demandante depositó en su despacho.

Sobre las 14.52h, aproximadamente, el demandante introdujo en su despacho un carro, colocando en el mismo una caja de cartón vacía.

A las 14.55h, el actor salió de su despacho y se dirigió al terminal de Levis para coger una bolsa de plástico vacía, con la que regresó a éste. En dicha bolsa depositó el chaleco Roy Robson sin etiqueta (que apareció rota en la papelera del despacho), introduciendo las zapatillas en otra bolsa de plástico del departamento de deportes, metiendo ambas bolsas junto con la bolsa de papel con la mercancía de TOUS dentro de la caja de cartón que había colocado en el carro, cerrando la caja y colocando encima el resto de las bolsas de plástico con la mercancía que sí había abonado y con la correspondiente a las cuatro operaciones de venta que había autorizado a nombre de una clienta.

El demandante, sobre las 15.26h, salió de su despacho con el referido carro, dirigiéndose directamente hasta el aparcamiento del establecimiento (sótano 1B) dónde había estacionado su vehículo, procediendo a introducir la caja de cartón y el resto de las mercancías en el interior del maletero, sin pasar por la entrada/salida del personal para que el personal de seguridad le visara los justificantes de compra.

Cuando el actor se introdujo en el interior del vehículo y lo puso en funcionamiento, fue interceptado por el responsable de seguridad, D. Edmundo .

QUINTO

El actor de su puño y letra escribió un documento que procedió a firmar con el siguiente contenido: "Yo Santos, con DNI NUM000, reconozco que entre las compras realizadas se incluían 2 artículos que no han pasado por caja de forma voluntaria. 1 chaleco R. Robson y 1 zapatillas NB".

SEXTO

El demandante realizó en fecha 27/10/2010 el curso "Agenda del responsable de área", siendo uno de los objetivos del curso: "Control y Seguimiento de las normativas existentes", tales como informar y transmitir a os colaboradores la normativa de régimen interior, supervisar el cumplimiento de las normas de procedimiento emitidas por los Servicios Centrales (personal, seguridad, organización, prevención).

SÉPTIMO

Por el Departamento de Relaciones Laborales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 10 de Enero de 2019
    • España
    • 10 Enero 2019
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada de fecha 20 de diciembre de 2017, en el recurso de suplicación número 1755/17 , interpuesto por D. Claudio , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de los de Granada de fecha 15 de marzo de 2016 , en ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR