STSJ Murcia 1120/2017, 13 de Diciembre de 2017
Ponente | RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2017:2304 |
Número de Recurso | 410/2017 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 1120/2017 |
Fecha de Resolución | 13 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 01120/2017
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Pº GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA
Tfno: 968 22 92 16
Fax: 968 22 92 13
NIG: 30030 44 4 2014 0006293
Equipo/usuario: JLG
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000410 /2017
Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000774 /2014
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTES: Carlos Jesús, Belarmino, Gerardo, Pablo
ABOGADO: PABLO NICOLAS ALEMAN, PABLO NICOLAS ALEMAN, PABLO NICOLAS ALEMAN, PABLO NICOLAS ALEMAN,,,,,,
RECURRIDO: FONDO DE GARANTIA SALARIAL
ABOGADO: LETRADO DE FOGASA
En MURCIA, a trece de diciembre de dos mil diecisiete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Gerardo, D. Carlos Jesús, D. Belarmino y D. Pablo, contra la sentencia número 251/2016 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 21 de junio, dictada en proceso número 774/2014, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Gerardo, D. Carlos Jesús,
D. Belarmino y D. Pablo frente al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
Hechos Probados en la instancia y fallo.
En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:
En el Juzgado de lo Social nº 3 de Murcia se sustanció con el núm. 549/2011 proceso por despido promovido por Gerardo, Carlos Jesús, Belarmino y Pablo contra Braulio .
El 7/11/2011 se dictó sentencia en el mencionado proceso con el siguiente Fallo:
"Que estimando la demanda formulada por D. Gerardo, D. Carlos Jesús, D. Belarmino Y D. Pablo, frente al empresario D. Braulio, debo declarar y declaro improcedente el despido de las actoras producido con fecha de efectos de 23-5-11, y ante la imposibilidad de readmisión al haber cesado en la actividad y encontrarse en ignorado paradero el empresario, declaro extinguidas las relaciones laborales que ligaban a las partes desde la fecha de esta sentencia, condenando al empresario demandado a que abone a los demandantes siguientes cantidades:
A D. Gerardo : 1.519 € en concepto de indemnización por despido, y al abono de los salarios de tramitación, desde la fecha de efectos del despido, 23-5- 11 hasta la fecha de esta sentencia a razón del salario declarado probado de 34,14 €/día, que ascienden a la cantidad total de 5.770 €.
A D. Carlos Jesús : 1.258 € en concepto de indemnización por despido, y al abono de los salarios de tramitación, desde la fecha de efectos del despido, 23-5-11 hasta la fecha de esta sentencia a razón del salario declarado probado de 30,10 €/día, que ascienden a la cantidad total de 5.087 €.
a D. Belarmino : 1.314 € en concepto de indemnización por despido, y al abono de los salarios de tramitación, desde la fecha de efectos del despido, 23-5-11 hasta la fecha de esta sentencia a razón del salario declarado probado de 30,18 €/día, que ascienden a la cantidad total de 5.100 €.
a D. Pablo : 1.362 € en concepto de indemnización por despido, y al abono de los salarios de tramitación, desde la fecha de efectos del despido, 23-5-11 hasta la fecha de esta sentencia a razón del salario declarado probado de 38,90 €/día, que ascienden a la cantidad total de 6.574 €".
El hecho probado primero de esta sentencia está redactado como sigue:
"PRIMERO.- Los actores naturales todos ellos de Marruecos, han venido trabajando por cuenta y orden del empresario demandado D. Braulio, dedicado a la actividad de construcción, con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual, que a continuación se expresan:
NIE ANTIGÜEDAD CATEGORIA S/MES/SP S/DÍA
D. Gerardo NUM000 27/05/2010 Oficial 1ª 1.024,26 € 34,14 €
D. Carlos Jesús NUM001 18/06/2010 Oficial 2ª 903,00 € 30,10 €
D. Belarmino NUM002 04/06/2010 PEÓN ESP. 905/,55 € 30,18 €
D. Pablo NUM003 12/08/2010 Oficial 1ª 1.166,97 € 38,90 €
D. Gerardo y D. Pablo estaban ligados a la empresa con contrato indefinido a tiempo completo. D. Carlos Jesús y D. Belarmino con contrato temporal por obra o servicio determinado".
En el proceso de ejecución forzosa de la sentencia se dictó decreto el 16/4/2013 que declaraba la insolvencia del ejecutado Braulio .
El 4/6/2013 los demandantes formularon solicitud de las correspondientes prestaciones de garantía salarial.
El 8/9/2013 el Fogasa resolvió denegar las prestaciones solicitadas por no acreditar los solicitantes su condición de trabajadores por cuenta ajena.
El 7/12/2011 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Murcia emitió un informe sobre "actuaciones en materia de régimen económico de la Seguridad Social y Extranjería, reveladoras de la presencia de prácticas organizadas tendentes a la defraudación en masa, simulación de relaciones laborales para la obtención/renovación de autorizaciones de trabajo y para el acceso indebido a prestaciones públicas". Este informe ha sido aportado por el Fogasa a su ramo de prueba y su contenido se da aquí por reproducido.
Fallo de la sentencia de instancia.
En la sentencia recurrida en...
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