SAP Cádiz 321/2017, 14 de Noviembre de 2017
Ponente | JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES |
ECLI | ES:APCA:2017:1670 |
Número de Recurso | 137/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 321/2017 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª |
S E N T E N C I A NÚM. 3 2 1
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ
SECCIÓN SEGUNDA
PRESIDENTE ILTMO. SR.
D. JOSÉ CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.
D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ.
Dª. CONCEPCION CARRANZA HERRERA
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 DE CADIZ
AUTOS DE JUICIO ORDINARIO Nº 1137/15
ROLLO DE APELACIÓN Nº. 137/17
En la Ciudad de Cádiz a catorce de noviembre de dos mil diecisiete.
Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en Procedimiento Ordinario Nº 1137/15 seguido en el Juzgado referenciado.
Ha sido parte apelante en el presente recurso la entidad Banco de Santander, SA representado por el Procurador Don Manuel Zambrano García-Raez y defendido por el Abogado Don Alberto Uribe Moya.
Ha sido parte apelada la empresa Integral Phone SL Unipersonal presentada por el Procurador Don Alfonso Guillén Guillén y defendido por el Letrado Don Eduardo Cadenas Basoa.
El Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia el día 5 de enero de 2017, cuyo fallo es como sigue:
" QUE ESTIMANDO la demanda formulada por el Procurador D. ALFONSO GUILLÉN GULLÉN, en nombre y representación de INTEGRAL PHONE, S.L., contra BANCO SANTANDER, S.A., DEBO DECLARAR Y DECLARO la nulidad de los dos contratos de permuta financiera de tipos de interés suscritos entre las partes en fecha 11 de septiembre de 2008 y 30 de septiembre de 2009, así como del contrato de cancelación anticipada del primero de ellos, y DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad demandada a restituir a la actora la suma de 127.228,83 euros correspondiente a los pagos realizados por ésta en virtud de dichas operaciones, más los intereses legales devengados desde la fecha en que se hizo efectivo cada uno de los pagos. "
Interpuesto recurso de apelación contra la Sentencia recaída por la representación procesal de Banco de Santander, SA fue dado traslado a la parte contraria que se opuso, siendo emplazadas ambas por diez días para ante esta Audiencia Provincial donde fueron remitidos los autos. Llegados los mismos, fueron repartidos, correspondiendo su conocimiento a esta Sección, donde se formó Rollo y fue designado Ponente, Resolución notificada a las partes, personándose en la alzada como consta y señalándose día para la votación y fallo del recurso.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES, quien expresa el parecer del Tribunal.
La Juez de la instancia estima la demanda, declarando la nulidad de dos contratos de permuta financiera de tipos de interés suscritos entre las partes de fecha 11 de septiembre de 2008 y de 30 de septiembre de 2009, condenando a la entidad demandada a restituir a la parte demandante las cantidades abonadas por ésta y a los intereses legales.
La parte demandada interpone recurso de apelación que lo fundamenta en que la acción ejercitada estaba caducada, pues transcurrió más de cuatro años desde la consumación del contrato hasta que la demanda fuese ejercitada.
La Juez de la instancia tras exponer acertadamente la...
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