STSJ Comunidad Valenciana 2686/2017, 31 de Octubre de 2017

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2017:6891
Número de Recurso2310/2016
ProcedimientoSocial
Número de Resolución2686/2017
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación nº 2310/2016

Recursos de Suplicación - 002310/2016

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. FRANCISCO JOSÉ PÉREZ NAVARRO

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. TERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ASCENSIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ

En València, a treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2686 DE 2017

En el Recursos de Suplicación - 002310/2016, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de mayo de 2016, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE CASTELLÓN DE LA PLANA, en los autos 001009/2014, seguidos sobre Jubilación, a instancia de D. Carlos Alberto, asistido por el Letrado D. Ismael Blázquez Serrano, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente D. Carlos Alberto

, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FRANCISCO JOSÉ PÉREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva:"FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos Alberto, absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social de los pedimentos formulados en su contra".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.-En fecha 27-9-1999 se dictó resolución por el INSS reconociendo a favor de D. Carlos Alberto, nacido el NUM000 -1938, una pensión de jubilación con los siguientes elementos: base reguladora mensual de 71.925 pesetas, porcentaje aplicable 60%, periodos de cotización en España 10.380 días, periodos de cotización en el extranjero 1.765 días, total 12.145 días, porcentaje a cargo de España 85,46 (folio 8). SEGUNDO.-En fecha 15-11-2004 se emitióresolución por la que, tras haber comprobado que en el cálculo de la prorrata de pensión a cargo de España no se tuvieron en cuenta periodos de seguro superpuestos cumplidos con arreglo a las legislaciones de los Estados miembros en que estuvo trabajando, de modo que el cálculo de la prorrata a cargo de España es de 86,08 %, por 10.860 días cotizados en España, 935 días cotizados en Francia, 821 días cotizados en Alemania y un total de días cotizados de 12.616 días (folio 24). TERCERO.-En fecha 13-5-2014 se presentó por D. Carlos Alberto escrito solicitando revisión de su pensión de jubilación del régimen general de la Seguridad Social, resolviéndose en fecha 26-2-2014 la no procedencia de la misma, por no contar de más días cotizados a los ya tenidos en cuenta para la resolución inicial de su pensión de jubilación a fecha 27-9-1999, totalizando en ese momento las cotizaciones efectuadas en España, Francia y Alemania (folios

13-14). En fecha 6-8-2014 se presentó reclamación previa a la vía jurisdiccional, la cual fue desestimada por la entidad gestora por resolución de fecha 26-9-2014 (folios 15 a 26). CUARTO.-Según informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en fecha 16-9-1995, el demandante tenía un total de

13.521 días, sumando los días cotizados al régimen general y al régimen especial agrario y una vez detraídos los periodos superpuestos (folio 47). QUINTO.-Según informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en fecha 3-2-2014, el demandante tiene un total de 12.888 días en situación de alta en el sistema de Seguridad Social, una vez detraídos los días en situación de pluriempleo o en pluriactividad (folio

44). SEXTO.- Según información relativa a periodos de cotización, el demandante cotizó en el régimen agrario de Francia un total de 935 días (47 días en 1964, 365 días en 1966, 27 días en 1967, 90 días en 1969, 87 días en 1970, 85 días en 1971, 24 días en 1982, 27 días en 1983, 92 días en 1984 y 92 días en 1988), así como un total de 821 días en el régimen agrario de Alemania (226 días en 1972, 352 días en 1973 y 243 días en 1974) (folio 140 del expediente administrativo en soporte DVD)".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante D. Carlos Alberto . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. La pretensión ejercitada en el proceso donde recayó la sentencia de instancia se dirigía a que le fuera concedido al actor el 100% de la prestación de jubilación sin la reducción que le había sido efectuada del 14,54% al aplicar los períodos cotizados en el extranjero "siéndome regularizada en tal sentido la pensión de jubilación con los incrementos correspondientes, y, en consecuencia, me sean abonadas las diferencias más incrementos correspondientes de la totalidad del tiempo de mi pensión o, subsidiariamente, hasta el máximo de tiempo legal hasta desde esta reclmación...".

  1. La sentencia de instancia desestima la demanda y el recurso interpuesto se dirige a que se estime la demanda inicial según el suplico de la misma.

  2. En 4 de julio de 2017 se dictó providencia por la Sala en el presente rollo del siguiente tenor: "Pudiendo...

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