STSJ Galicia , 25 de Octubre de 2017

PonenteBEATRIZ RAMA INSUA
ECLIES:TSJGAL:2017:7756
Número de Recurso2717/2017
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 32054 44 4 2017 0000404

Equipo/usuario: MC

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002717 /2017 MCR

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000106 /2017

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña CORTEFIEL SA

ABOGADO/A: DANIEL SANCHEZ SELLAS

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Primitivo

ABOGADO/A: LETICIA BARRIO SOTO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO. SR. D. ANTONIO GARCIA AMOR

ILMA. SRA. D. BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO. SR. D. CARLOS VILLARINO MOURE

En A CORUÑA, a veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, el T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002717 /2017, formalizado por el/la letrado D/Dª DANIEL SANCHEZ SELLAS, en nombre y representación de CORTEFIEL SA, contra la sentencia número 142 /17 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000106 /2017, seguidos a instancia de Primitivo frente a CORTEFIEL SA, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª BEATRIZ RAMA INSUA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Primitivo presentó demanda contra CORTEFIEL SA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 142 /17, de fecha veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

PRIMERO

El actor D. Primitivo vino prestando servicios para la empresa CORTEFIEL, S.A., desde el 19 de agosto de 2006, con la categoría profesional de Dependiente, habiendo percibido en concepto de salario desde enero/2016 las siguientes cantidades brutas:

-enero/2016 963'98 €

-febrero/2016 1.015'63 €

-marzo/2016 1.129'43 €

-abril/2016 944'52 €

-mayo/2016 993'11 €

-junio/2016 1.627'20 €

-julio/2016 1.496'70 €

-p. extra julio/ 16 943'04 €

-agosto/2016 .525'20 €

-setiembre/2016 1.041'41 €

-octubre/2016 1.180Ž32 €

-noviembre/2016 967'80 €

-diciembre/2016 1.529'57 €

-p. extra dic./16 943'04 €

-total: 16.301'05: 12= 1.358'42 €

SEGUNDO

En fecha 30 de diciembre de 2016 se le entregó Carta de despido del siguiente tenor literal: "...Por medio de la presente le comunicamos que, con efectos del día de hoy la empresa ha tomado la decisión de proceder a sancionarle disciplinariamente con despido por la comisión de los siguientes hechos de los que Ud. es responsable: El pasado 21 de Diciembre de 2016, el Departamento de Auditoria Interna de la compañía, dentro de su trabajo habitual de chequeo de procedimientos, realizó un informe sobre el nivel de cumplimiento de la normativa administrativa de devoluciones, anulaciones y cambios en la sucursal de Cortefiel Orense sita en la que Vd. presta servicios realizando funciones de 2º encargado.- Se analizaron, entre otros procedimientos, las devoluciones, anulaciones y cambios de prendas que realiza la sucursal en el periodo comprendido entre los días 1 de Noviembre de 2016 y 18 de Diciembre de 2016, ambos inclusive.-Se han observado irregularidades en los cambios y devoluciones de prendas reembolsadas al cliente "en efectivo".-Es Ud. responsable de esas irregularidades y se ha estado apropiando del dinero de la compañía, realizando devoluciones "falsas" en efectivo, quedándose con el dinero de la compañía.- Es obligación que establece la normativa, y que -usted conoce sobradamente, que en cualquier devolución de ticket completo (devolución de todas las prendas vendidas en una operación) se. debe recuperar el ticket de venta original.- También es

obligación, en caso de devoluciones parciales, anotar en el ticket de devolución la referencia del ticket de venta original y devolver dicho original al cliente por si más adelante quisiera realizar más devoluciones.- En operaciones fraudulentas que se le imputan son las siguientes:

PRIMERA

Factura

NUM000 03/12/16 19:28

ve articulo PVP cant TOTAL

CAZADORA-PARKA-HUSKY MCI/

NUM005 NUM004 89,99 1 89,99 TOTAL 89,99

-IVA INCLUIDOInformación IVA

Tasa Base Imp. Val.IVA Val. Total

21% 74,37 15,62 89,99

======================= =============

Promos/Fldelidad

Fidelidad

-------------------Nue vo Club: NUM001

Tit ular: Nicolasa

Pro mociones Fidelidad

410 %MAS TIME/ 25% SPF Y W5

========================

Formas de pago

Efectivo 100,00

CAMBIO 10,01

------------------------17 DEVOLUCION

Factura Simplificada

NUM002 04/12/16 16:09

ve artículo PVP cant TOTAL

CAZADORA-PARKA-HUSKY CUCO

NUM005 NUM004 89,99 1 89,99

TOTAL 89.99

-IVA INCLUIDOInformación IVA

Tasa Base Imp. Val IVA Val.Total 22% 74,37 15,62 89,99 Promos/Fidelidad Fidelidad

Nue vo Club: ............. NUM001

Tit ular: Nicolasa

Pro mociones Fidelidad

410 XMAS TIME! 25% SPF Y WS

=======================

For mas de pago

Efectivo 89,99

-----------------------38 DEVOLUCION

Factura Simplificada

NUM003 13/12/16 18141

ve articulo PVP cant TOTAL

CAZ ADORA-PARKA-HUSKY (LIQ)

NUM005 NUM004 89,99 189,99

TOTAL 89,99

-IVA INCLUIDOInformación IVA

Tasa Base Imp. Val. IVA Val. Total

21% 74,37 1542 89,99

========================

Promos/Fidelidad

Fidelidad

Nuevo Club: NUM001

-------------------------------Tit ular: Nicolasa

==============

Formas de pago Efectivo 89,99

Como puede verse, sobre la venta en efectivo n° 14050, de 3 de Diciembre de 2016 realiza Vd. al día siguiente con su n° vendedor NUM006 (para operar con este número debe de introducir en el Terminal Punto Venta de la tienda "TPV" una clave personal, secreta e intransferible, solo conocida por Vd.) la devolución n° NUM002, a través de la cual se devuelve el único patrón de la citada venta con número NUM004 e importe de 89,99 €.-Esta operación de devolución está referenciada manualmente de su puño y letra a la venta n° NUM000, pero no adjunta el ticket de venta original a pesar de ser una devolución completa, por lo que incumple la normativa de la Cia. que establece la obligación de recuperar el ticket de venta original en las devoluciones completas.-Unos días más tarde, el 13 de Diciembre de 2016, su compañera, la Srta. Irene, realiza con su n° de vendedor NUM005 la devolución completa n° NUM003 a las 18:41 horas, a través de la cual se devuelve "nuevamente" el patrón número NUM004 e importe de 89,99 E. Esta devolución si adjunta debidamente grapado el ticket de venta original, que recuperó la Srta. Irene al realizar la devolución.- La única explicación posible a lo anterior es que la operación de devolución n° NUM002 realizada por Vd, con su n° de vendedor NUM006, sea una operación de devolución falsa hecha con el único objetivo de apropiarse del dinero de la caja perteneciente a la Compañía, ya que es completamente imposible que con fecha 13 de Diciembre de 2016, se devuelva un patrón que había sido devuelto con anterioridad, concretamente el 4 de Diciembre de 2016.- Para defraudar dinero a la Compañía, el 4 de Diciembre de 2016 a las 16:09 horas, marca Vd. en el TPV la operación de devolución n ° NUM002, coge el dinero de la caja por importe de 89,99 (así no se producen descuadres en el arqueo de la caja), y luego referencia la citada operación a la venta n° NUM000 a pesar de ser una devolución completa; pero con lo que no contaba Vd. era con que el cliente acudiera unos días después a su tienda, el 13 de Diciembre de 2016 con su ticket de venta n° NUM000 para devolver el único patrón de la venta con n° NUM004 a través de la devolución n° NUM003, lo cual nos ha permitido detectar su fraude, ya que es completamente imposible que un cliente acuda a la tienda con su ticket de venta para devolver una prenda que ya ha sido devuelta con anterioridad en su misma tienda.- Esta operación de devolución está referenciada manualmente de su puño y letra a la venta n° NUM000, pero no adjunta el ticket de venta original a pesar de ser una devolución completa, por lo que .incumple la normativa de la Cia. que establece la obligación de recuperar el ticket de venta original en las devoluciones completas.- Unos días más tarde, el 13 de Diciembre de 2016, su compañera, la Srta. Irene

, realiza con su n° de vendedor NUM005 la devolución completa n° NUM003 a las 18:41 horas, a través de

la cual se devuelve "nuevamente" el patrón número NUM004 e importe de 89,99 €. Esta devolución si adjunta debidamente grapado el ticket de venta original, que recuperó la Srta. Irene al realizar la devolución.- La única explicación posible a lo anterior es que la operación de devolución n° NUM002 realizada por Vd, con su n ° de vendedor NUM006, sea una operación de devolución falsa hecha con el único objetivo de apropiarse del dinero de la caja perteneciente a la Compañía, ya que es completamente imposible que con fecha 13 de Diciembre de 2016, se devuelva un patrón que habla sido devuelto con anterioridad, concretamente el 4 de Diciembre de 2016.- Para defraudar dinero a la Compañía, el 4 de Diciembre de 2016 a las 16:09 horas, marca Vd. en el TPV la operación de devolución n° NUM002, coge el dinero de la caja por importe de 89,99 (asi no se producen descuadres en el arqueo de la caja), y luego referencia la citada operación a la venta n° NUM000 a pesar de ser una devolución completa; pero con lo que no contaba Vd. era con que el cliente acudiera unos días después a su tienda, el 13 de Diciembre de 2016 con su ticket de venta n° NUM000 para devolver el único patrón de la venta con n° NUM004 a través de la devolución n° NUM003, lo cual nos ha permitido detectar su fraude, ya que es completamente...

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