STSJ Andalucía 310/2018, 25 de Enero de 2018
Ponente | FRANCISCO MANUEL ALVAREZ DOMINGUEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2018:533 |
Número de Recurso | 369/2017 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 310/2018 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso Nº 369 /17- K Sentencia nº 310 /18
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Iltmo. Sr. Magistrado
DON LUIS LOZANO MORENO
Iltmo. Sr. Magistrado
DON FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ (PONENTE)
Iltma. Sra. Magistrada
DOÑA MARÍA DEL CARMEN PÉREZ SIBÓN
En Sevilla, a veinticinco de enero de dos mil dieciocho.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 310 /18
En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Aida, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de los de Huelva en sus autos nº 956/2015; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO MANUEL ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ, Magistrado.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Aida contra la Excma. Diputación de Huelva, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 12/02/16 por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO. Dª. Aida, con DNI NUM000 vino prestando servicios para la Excma. Diputación Provincial de Huelva, con la categoría profesional de Delineante Superior y con un salario mensual a efectos de despido de
1.702,78€, incluyendo prorrata de pagas extraordinarias.
Con fecha 18.09.06, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución
según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas en el PFEA 2006. Dicho contrato se extinguió el 30.06.07.
Con fecha 12.11.07, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas en el PFEA 2008, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 30.06.08.
Con fecha 25.11.08, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 30.06.09.
Con fecha 03.11.09, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 30.06.10.
Con fecha 05.10.10, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 30.06.11.
Con fecha 19.09.11, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 30.06.12.
Con fecha 28.09.12, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio asesoramiento PFEA 2013. Dicho contrato se extinguió el 30.06.13.
Con fecha 23.09.13, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio asesoramiento PFEA 2013. Dicho contrato se extinguió el 30.06.14.
Con fecha 01.10.14, la actora suscribió con la Excma. Diputación Provincial de Huelva contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, con duración hasta fin de obra o servicio, retribución según convenio y constando que el contrato se celebra para la realización de la obra o servicio denominada Proyecto de asesoramiento, tramitación y control de las obras incluidas, para fomento de empleo agrario. Dicho contrato se extinguió el 09.07.15.
Las contrataciones se realizaban en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA), regulado por el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
La Excma. Diputación Provincial de Huelva presentó solicitud al SEPES con fecha 27.03.15, de subvención para la contratación de mano de obra para el proyecto Asesoramiento, tramitación y control obras PFEA 2015, obrante a los folios 78 a 95. Dicha solicitud fue denegada por resolución de 02.07.15 de la Dirección Provincial del SEPES.
Con fecha 17.06.15 la parte actora interpuso demanda declarativa de derechos contra la
Excma. Diputación Provincial de Huelva, tras la preceptiva reclamación previa interpuesta el 04.05.15.
Que a la relación laboral le resulta de aplicación el Convenio Colectivo de la Construcción de la Provincia de Huelva.
La actora no ostenta ni ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.
La parte actora interpuso reclamación previa ante la Excma. Diputación Provincial de Huelva con fecha 10.07.15 que no ha sido resuelta."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que fue impugnado de contrario.
La trabajadora interpuso demanda frente al despido que consideraba producido en su persona. La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Huelva de fecha 12 de febrero de 2016 desestimó la demanda interpuesta. Se alza frente a la misma en suplicación la demandante, aduciendo diversos motivos al efecto.
Propone en primer término y al amparo del artículo 193 b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas. Solicita las modificaciones del relato de hechos probados, que se sistematizan a continuación.
Modificación del hecho probado primero, con indicación del desempeño de su actividad en el centro de trabajo de Galaroza, categoría profesional de arquitecto técnico, desde el 18 de septiembre de 2006 y salario mensual de 2.255,30 €.
No debe darse lugar a la modificación propuesta, al no poder recogerse en el relato de hechos probados de la sentencia de instancia, los elementos que como el salario de la trabajadora, vendrían a integrar el propio objeto del recurso, por constituir extremos debatidos en el mismo.
Añadido al hecho probado undécimo, de los siguientes párrafos: "En el organigrama de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, dentro del área infraestructuras, dependiente del director de área, figura la denominación PFEA, habiendo venido la actora prestando servicios para dicha unidad.
Desde el año 1991 y hasta el 2014 se ha venido financiando con cargo a los fondos del PFEA un programa denominado Asesoramiento, tramitación y control de obras incluidas en el PFEA, destinando las subvenciones recibidas la Excma. Diputación Provincial a sufragar los costes salariales y cotizaciones empresariales de un equipo de trabajadores técnicos y administrativos que constituyen la unidad PFEA de la Excma Diputación Provincial de Huelva.".
Deben aceptarse ambas modificaciones propuestas, cuya realidad se desprende de la documentación obrante en autos, independientemente de la valoración final que hayan de merecer las mismas a los efectos del recurso.
Solicita igualmente la reforma del hecho probado decimosegundo, que pasaría a tener la siguiente redacción: "La Excma. Diputación Provincial de Huelva presento solicitud al SEPES con fecha 27.03.15, de subvención para la contratación de mano de obra para el proyecto Asesoramiento, tramitación y control obras PFEA 2015, obrante a los folios 90 a 107.
La Comisión Provincial de Seguimiento del Programa de Fomento de Empleo Agrario, en sesión de 24 de junio de 2015 acordó, entre otros puntos, a la vista del Informe de la Abogacía del Estado de 15/06/2015, no afectar el proyecto de Asesoramiento por no cumplir los requisitos exigidos, dictándose en fecha 02 de julio de 2015 Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por la que...
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