AAP Barcelona 40/2018, 16 de Febrero de 2018

PonenteISABEL ADELA GARCIA DE LA TORRE FERNANDEZ
ECLIES:APB:2018:488A
Número de Recurso311/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución40/2018
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16 - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866050

FAX: 934866034

EMAIL:aps1.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0800642120168227010

Recurso de apelación 311/2017 -C

Materia: Monitorio

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Arenys de Mar Procedimiento de origen:Juicio Monitorio 1031/2016

Parte recurrente/Solicitante: PRA IBERIA S.L.U.

Procurador/a: ANDREU CARBONELL BOQUET

Abogado/a: Alicia Castañera Fernandez

Parte recurrida: Sixto

Procurador/a:

Abogado/a:

AUTO Nº 40/2018

Barcelona, 16 de febrero de 2018

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados Dña. Amelia MATEO MARCO, Dña. Isabel Adela Garcia de la Torre Fernandez y Don Pablo IZQUIERDO BLANCO, actuando el/a primero/a de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 311/17 interpuesto contra el auto dictado el día 25 de febrero de 2017 el procedimiento nº 1031/16 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 d'Arenys de Mar en el que es recurrente P.R.A. IBERIA S.L.U. y previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "No admito a trámite la solicitud inicial para conocer del proceso monitorio instada por el/la Procurador/a ANDREU CARBONELL BOQUET en nombre y representación de, PARA IBERIA S.L.U., contra Sixto ."

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dña. Isabel Adela Garcia de la Torre Fernandez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento del litigio. Resolución apelada. Recurso de apelación.

Pra Iberia, S.L.U., mediante escrito de 25 de octubre de 2016, formuló petición inicial de procedimiento monitorio contra D. Sixto, en reclamación del crédito que la actora ostenta contra el demandado por importe de 5.310,09 euros; crédito derivado del saldo deudor de un contrato de préstamo solicitado por el deudor a General Electric Capital Bank, S.A., derivando la legitimación activa de Pra Iberia SLU de la cesión del crédito operada por aquella a favor de Aktiv Kapital Portsolio AS, Oslo, Sucursal en Zug, y de ésta última a favor de la actora.

El Juzgado de instancia dictó auto en fecha 25 de febrero de 2017...

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