STSJ Murcia 1075/2017, 5 de Diciembre de 2017

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2017:2182
Número de Recurso508/2017
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1075/2017
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 01075/2017

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2014 0002959

Equipo/usuario: JLG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000508 /2017

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0000363 /2014

Sobre: DESEMPLEO

RECURRENTE: Eva María

ABOGADA: GINESA PASTOR NOGUERA

RECURRIDO: SERV PUBLICO EMP ESTATAL

ABOGADO: LETRADO DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

En MURCIA, a cinco de diciembre de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Eva María, contra la sentencia número 423/2016 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 11 de octubre, dictada en proceso número 363/2014, sobre DESEMPLEO, y entablado por Dª. Eva María frente al SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.

En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

El 05/02/2014 la actora solicitó prestación contributiva de desempleo como consecuencia del cese en el trabajo que desempeñaba para su padre, trabajador autónomo, Don Epifanio, para el que la demandante trabajó desde el 01/10/2010 al 17/01/2014. El contrato de trabajo era indefinido a tiempo parcial. SEGUNDO: Por Resolución del SPEE de 06/02/2014 se denegó la solicitud de la actora por no reunir el periodo de ocupación cotizada suficiente para el acceso a la misma, siendo el mínimo de días cotizados de 360. TERCERO: El 28/03/2014 el SPEE dictó Resolución desestimando la reclamación previa formulada por la demandante.

CUARTO

La actora vivió desde el 01/05/1996 en AVENIDA000 de Murcia. El 14/10/2002 cambió de domicilio a CALLE000, también de Murcia y el 21/11/2013 a CALLE001 de la misma ciudad. A partir del 25/10/2013 la actora fijó su domicilio en la URBANIZACIÓN000 de Molina de Segura. El padre de la actora vive desde el año 2001 en la CALLE002 de Murcia.

QUINTO

En el año 1998 los padres de la actora se separaron judicialmente quedando la actora y su hermana en el domicilio familiar de la AVENIDA000 de Murcia junto a su madre, Doña Magdalena . Ello se confirmó en la Sentencia que declaró la disolución del matrimonio de los padres de la actora en el año 2001.

SEXTO

El empleador de la actora abonaba a esta el salario mensualmente en la cuenta del Banco de Santander.

SEGUNDO

Fallo de la sentencia de instancia.

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda formulada por Dª. Eva María contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, debo absolver y absuelvo a este último de la pretensión deducida en su contra".

TERCERO

De la interposición del recurso.

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por la Letrada Dª. Ginesa Pastor Noguera, en representación de la parte demandante.

CUARTO

De la impugnación del recurso.

El recurso interpuesto ha sido impugnado por el Letrado del Servicio Público de Empleo Estatal en representación de la parte demandada.

QUINTO

Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 4 de diciembre de 2017 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- La actora, Dª Eva María, presentó demanda, solicitando la prestación por desempleo.

La sentencia recurrida desestimó la demanda.

La actora, disconforme, instrumentó recurso de suplicación y pide "que, teniendo por presentado este escrito, con sus copias que se cursa a través del Juzgado de lo Social nº Dos de los de Murcia, con devolución de los autos originales, se sirva admitirlo, teniendo por interpuesto, en tiempo y forma, recurso de suplicación contra la sentencia nº 423, de 11 de octubre de 2016, tramitarlo y, en su día, dictar sentencia estimatoria del recurso, revocando la dictada por el Juzgador de instancia y declarando el...

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