STSJ Andalucía 2800/2017, 5 de Octubre de 2017
Ponente | AURORA BARRERO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2017:9163 |
Número de Recurso | 3233/2016 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 2800/2017 |
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso Nº 3233/16-Negociado I Sent. Núm. 2800/17
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
ILMOS. SRES.:
DOÑA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ
DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA
DOÑA AURORA BARRERO RODRÍGUEZ
En Sevilla, a 5 de octubre de dos mil diecisiete.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 2800/2017
En el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de los de Jerez de la Frontera (Cádiz), Autos nº 1503/2014; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dña AURORA BARRERO RODRÍGUEZ, Magistrado.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dña Dolores contra INSS y TGSS, sobre Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 18/3/16 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO.- Doña Dolores estando prestando servicios como trabajadora por cuenta ajena del SAS en 18 de Agosto de 2014 sufre un proceso de IT derivada de Enfermedad Común, finalizando la relación laboral en fecha de 31 de Agosto de 2014.
El 30 de Septiembre de 2014 la actora solicita al INSS el pago directo de la prestación de IT/EC, recibiendo en fecha de 6 de Octubre de 2014,
resolución aprobatoria de la prestación con base reguladora de 6,68 euros.
- Disconforme con la anterior en fecha de 3-11-14, interpuso reclamación previa, desestimada mediante resolución expresa de 7-11-14.
Interesa la parte actora la determinación de una base reguladora diaria en cuantía 28,08 euros".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, que fue impugnado por la parte actora.
El INSS y la TGSS recurren en suplicación la sentencia por la que se estimó la demanda formulada por la actora y se le reconoció una base reguladora de 28,08 €/día, superior a la reconocida inicialmente. La actora impugna el recurso y solicita la confirmación de la sentencia recurrida.
Al amparo de lo establecido en el apartado b) del artículo 193 LRJS pretende el recurrente que se adicione al hecho probado segundo el siguiente párrafo: " Dicha base reguladora se obtiene de sumar las bases de cotización por la contingencia de desempleo correspondientes a los 6 meses anteriores al hecho causante de la prestación de IT. Dichas bases de cotización suman 1233,37 €, cantidad que, dividida por 180 días, nos da la base reguladora diaria de 6,68 €". Fundamenta su solicitud en "hoja para el cálculo de base reguladora de la prestación por IT artículo 222". Se accede a la adición pretendida en cuanto la misma se limita a establecer la forma en que el INSS ha calculado la base reguladora y las operaciones que ha realizado. Ahora bien, la adición de este párrafo no implica la aceptación del dato consignados en cuanto a la suma de las bases de cotización, al no figurar en los hechos probados de la sentencia tales bases.
Al amparo de lo establecido en el apartado c) del artículo 193 LRJS denuncia el recurrente infracción, por incorrecta interpretación, de los artículos 222.1, 211.2 y 3 LGSS . Alega que los cálculos efectuados por el INSS fueron correctos ya que tuvo en cuenta, una vez extinguida la relación laboral y dada la situación de IT de la trabajadora, el promedio de las bases de cotización por la contingencia de desempleo correspondientes a los 6 meses anteriores al hecho causante de la prestación de IT. La actora impugna el recurso y pretende que se tengan en cuenta no las cotizaciones de los 180 días anteriores al hecho causante sino el promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días en que efectivamente existió cotización.
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