STSJ Castilla y León 419/2017, 30 de Junio de 2017

PonenteJOSE MANUEL MARTINEZ ILLADE
ECLIES:TSJCL:2017:2551
Número de Recurso419/2017
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución419/2017
Fecha de Resolución30 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00419/2017

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 419/2017

Ponente Ilmo. Sr. D. José Manuel Martínez Illade

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 419/2017

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilmo. Sr. D. José Manuel Martínez Illade

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a treinta de Junio de dos mil diecisiete.

En el recurso de Suplicación número 419/2017 interpuesto por DOÑA Micaela, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Soria, en autos número 408/2016 seguidos a instancia de la recurrente, contra DIRECCION PROVINCIAL DE SEGURIDAD SOCIAL y SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO, en reclamación sobre Prestación Desempleo. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don José Manuel Martínez Illade que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 18 de Abril de 2017 cuya parte dispositiva dice: "FALLO.- D ESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Dª. Micaela contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL y confirmar la resolución impugnada.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO .- Dª. Micaela, con DNI NUM000, solicitó el 23/08/16 en el Servicio Público de Empleo Estatal su incorporación al Programa de Renta Activa de Inserción (a. 5), que se le denegó en resolución de 29/08/16 por haber extinguido la previa prestación por desempleo por imposición de sanción (a. 6). SEGUNDO. - El 05/10/16 la Sra. Micaela formuló reclamación administrativa previa (a. 7). La reclamación se desestimó por resolución de 10/10/16 (f. 22-26). TERCERO .- La Sra. Micaela fue beneficiaria en el año 2000 de una prestación por desempleo que se extinguió el 30/05/00 por sanción por rechazo de una oferta de empleo. La sanción se confirmó por Sentencia de 20/12/00 del Juzgado de lo Social único de Soria (a. 18). TERCERO. - Sra. Micaela fue beneficiaria en el año 2000 de una prestación por desempleo que se extinguió el 30/05/00 por sanción por rechazo de una oferta de empleo. La sanción se confirmó por Sentencia de 20/12/00 del Juzgado de lo Social único de Soria (a. 18).

TERCERO

Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación la parte demandante siendo impugnado por la contraria. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.

CUARTO

En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que desestimó la pretensión de la trabajadora de ser incorporada al Programa de Renta Activa de Inserción, recurre en suplicación la misma al amparo del artículo 193. C) de la LRJS, esto es, exclusivamente dentro del campo de la censura jurídica. El supuesto fáctico contemplado es el de una persona que en el año 2000 era...

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