STSJ Comunidad Valenciana 1686/2017, 22 de Junio de 2017

PonenteMARIA DEL CARMEN LOPEZ CARBONELL
ECLIES:TSJCV:2017:4942
Número de Recurso924/2017
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1686/2017
Fecha de Resolución22 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

1 Rec. C/ Sent. núm. 0924/2017

Recursos de Suplicación - 000924/2017

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. ISABEL MORENO DE VIANA CÁRDENAS

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª CARMEN LÓPEZ CARBONELL

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. LUIS ENRIQUE NORES TORRES

En València, a veintidos de junio de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/as Ilmos/ as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1686/2017

En el Recursos de Suplicación - 000924/2017, interpuesto contra la sentencia de fecha 2-01-16, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE VALENCIA, en los autos 000070/2016, seguidos sobre despido, a instancia de Bruno, asistido por la Letrada Dª Adelaida Pérez Esteban, AYUNTAMIENTO DE YATOVA, aistida por la Letrada Dª Carmen Peña Breton y representada por la Procuradora Dª Rosa Ubeda Solano, en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª CARMEN LÓPEZ CARBONELL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: DESESTIMANDOla demanda presentada por D. Bruno contra la AYUNTAMIENTO DE YÁTOVA,ABSUELVO a la parte demandada de las pretensiones deducidas de contrario."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- El actor, D. Bruno, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios para el AYUNTAMIENTO DE YÁTOVAdesde el 2-11-2005, en virtud de los siguientes contratos: 1º Contrato de consultoría y asistencia técnica de aparejador municipal, de fecha 2-11-2005y duración pactada hasta 31-12-2005, con objeto "asistencia técnica para la emisión de informes técnicos en expedientes municipales inherentes a la condición de aparejador o arquitectotécnico, durante tres horas a la semana, con honorarios de 638 euros (319 al mes) a prestar en la OficinaTécnica Municipal un día a la semana, preferentemente los martes de 17 a 20 horas y sin incompatibilidad para el libre ejercicio de la profesión dentro del municipio en encargos de honorarios con importe anual no superior a 14.000 € (Documento n.º 5 de la actora). 2º Contrato de consultoría y asistencia técnica de aparejador municipal, de fecha 1-1-2006y duración pactada hasta 31-12-2006, con objeto "asistencia técnica para la emisión de informes técnicos en expedientes municipales inherentes a la condición de aparejador o arquitectotécnico, durante tres horas a la semana, con honorarios de 3.829 euros -IVA incluido(319 al mes) a prestar en la Oficina Técnica Municipal un día a la semana, preferentemente los martes de 17 a 20 horas y sin incompatibilidad para el libre ejercicio de la profesión dentro del municipio en encargos de

honorarios con importe anual no superior a 14.000 € (Documento n.º 6de la actora). 3º Contrato de consultoría y asistencia técnica de aparejador municipal, de fecha 1-1-2007y duración pactada hasta 31-12-2007, con objeto "asistencia técnica para la emisión de informes técnicos en expedientes municipales inherentes a la condición de aparejador o arquitecto técnico, durante tres horas a la semana, con honorarios de 4.533,36euros -IVA incluido- (377al mes) a prestar en la Oficina Técnica Municipal un día a la semana, preferentemente los martes de 17 a 20 horas y sin incompatibilidad para el libre ejercicio de la profesión dentro del municipio en encargos de honorarios con importe anual no superior a 14.000 € (Documento n.º 7de la actora). 4º Contrato de prestación de servicios entre el Ayuntamiento y el aparejador/arquitecto técnico a tenor de los artículos 1254 y 1544 del CC de fecha 1-1-2008 y duración pactada hasta 31-12-2008, como contrato profesional no laboral concertado al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Valencia (en adelante COAATV) y en virtud del cual se establecían ayudas para al contratación de servicios de aparejadores y arquitectos técnicos para los Ayuntamientos. Su objeto consistía en los servicios inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante correspondientes a la titulación de aparejador/arquitecto técnico, citando a título de ejemplo: emisión de informes de seguimiento del planeamiento municipal, sobre cédulas de habitabilidad, sobre licencias de obras, sobre licencias de actividades, sobre calificación urbanística de terrenos, replanteo de alineación y rasantes de vías públicas, ayuda técnica en la preparación de expedientes de contribuciones especiales, referidas a mediciones y módulos de reparto, emisión de valoraciones estimativas sobre obras e inversiones municipales, emisión de informes y dictámenes previos a declaraciones de ruinas de edificios, asesorar a las Comisiones informativas y órganos decisorios de la Corporación en cuantos acuerdos tengan que adoptar, y cualquier otra que en el futuro pueda conveniarse. A prestar durante un día a la semana durante cuatro horas, con un computo de cincuenta semanas al año. Con unos honorarios de 6.089 euros, iva incluido, a abonar entre la Diputación (20%) el Ayuntamiento (55%) y el Colegio (25%) pactándose además una reducción del 20% en los honorarios para el caso de prestación de servicios a más de cuatro ayuntamientos. Dicho contrato preveía las consecuencias de la resolución unilateral anticipada de las partes. En materia de compatibilidades, se preveía que el Aparejador/Arquitecto técnico podría atender en el campo de su competencia y fuera de sus horas pactadas de dedicación semanal, las necesidades municipales de redacción de proyectos y dirección de obras que el Ayuntamiento le encargara, devengando en cada caso los honorarios convenidos, usando como referente los baremos de la Ley 7/1997. Asimismo se preveía que el seguimiento del desarrollo de la prestación de servicios encomendada se haría por la Comisión integrada por parte de la Diputación por el Jefe de Servicios de Asistencia a los Municipios (Administración) y el Jefe de Servicio de Asistencia Técnica y por parte del COAATV por el Vocal delegado y un Aparejador/Arquitecto técnico del mismo. El aparejador/ arquitecto técnico debía dar cuenta cuando se solicitara y como mínimo una vez al año, a través de Memorias de Gestión, del desarrollo de su trabajo a los organismos colaboradores del contrato. (Folios n.º 8- 10 de la actora). 5º Durante la vigencia del anterior contrato las partes concertaron además contrato complementario de asistencia técnica de 1-3-2008, con duración hasta 31-12-2008 y objeto la prestación de servicios inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante correspondiente a la titulación profesional de arquitecto, durante 4 horas a la semana durante los meses de marzo a julio y septiembre a diciembre, que obra en los folios

n.º 12 a 14 de la actora y se da por reproducido. 6º Contrato de prestación de servicios entre el Ayuntamiento y el aparejador/arquitecto técnico a tenor de los artículos 1254 y 1544 del CC de fecha 1-1-2009y duración pactada hasta 31-12-2009, concertado al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el COAATV) en condiciones similares a las del año anterior y con unos honorarios de 6.387 euros. (Folios 15,16 y 17 de la actora). 7º Durante la vigencia del anteriorcontrato las partes concertaron ademáscontrato complementario de asistencia técnica de 1-1-2009, con duración hasta 31-12-2009y objeto la prestación de servicios inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante correspondiente a la titulación profesional de arquitecto, durante 4 horas a la semana durante 50 semanas al año, que obra en los folios n.º 18a 20de la actora y se da por reproducido. 8º Contrato de prestación de servicios entre el Ayuntamiento y el aparejador/arquitecto técnico a tenor de los artículos 1254 y 1544 del CC de fecha 1-1-2010y duración pactada hasta 31-12-2009, concertado al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el COAATV en las mismas condiciones que el delaño anterior. (Folios 21 a 23 de la actora). 9º Durante la vigencia del anterior contrato las partes concertaron además contrato complementario de asistencia técnica de 1-1-2010, con duración hasta 31-12- 2010y objeto la prestación de servicios inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante correspondiente a la titulación profesional de arquitecto, durante 2horas a la semana durante 48 semanas al año, que obra en los folios n.º 24a 25de la actora y se da por reproducido. 10º Contrato de prestación de servicios entre el Ayuntamiento y el aparejador/arquitecto técnico a tenor de los artículos 1254 y 1544 del CC de fecha 1-1-2011y duración pactada hasta 31-12- 2011, concertado al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el COAATV en las mismascondiciones que el delaño anterior y con unos honorarios de 6.502 euros. (Folios 27a 28de la actora). 11º Durante la vigencia del anteriorcontrato las partes concertaron además contrato complementario de asistencia técnica de 1-1-2011, con duración hasta 31-12-2011y objeto la prestación de servicios inherentes

a la función informativa, asesora y dictaminante correspondiente a la titulación profesional de arquitecto, durante 2 horas a la semana durante 48 semanas al año, que obra en los folios n.º 29a 30de la actora y se da por reproducido. 12º Contrato de prestación de servicios entre el Ayuntamiento y el aparejador/arquitecto técnico a tenor de los artículos 1254 y 1544 del CC de fecha 1-1-2012y duración pactada hasta 31-12-2012, concertado al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el COAATV en las mismascondiciones que el delaño anterior y con unos honorarios de 6.697 euros....

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