SAP Álava 298/2017, 21 de Junio de 2017
Ponente | MARIA BELEN GONZALEZ MARTIN |
ECLI | ES:APVI:2017:481 |
Número de Recurso | 186/2017 |
Procedimiento | Recurso apelación juicio verbal LEC 2000 |
Número de Resolución | 298/2017 |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA. SECCIÓN PRIMERA
ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA. LEHEN SEKZIOA
AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008
Tel.: 945-004821 Fax / Faxa: 945-004820
NIG PV / IZO EAE: 01.02.2-16/012419
NIG CGPJ / IZO BJKN :01059.42.1-2016/0012419
Apel.j.verbal L2 / E_Apel.j.verbal L2 186/2017 - C
O.Judicial origenl - Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz / Zibileko ZULUP - Gasteizko Lehen Auzialdiko 1 zenbakiko Epaitegia
Autos de Juicio verbal 879/2016 (e)ko autoak
Recurrente: Hernan
Procurador: MARIA DE LAS MERCEDES MARCO SAENZ DE ORMIJANA
Abogado: MARTIN ORTIZ DE ZARATE RODRIGUEZ
Recurrido: CONGELADOS BEDARONA S.L.
Procurador: ISABEL GOMEZ PEREZ DE MENDIOLA
Abogado: MARIA MERCEDES BETRAN VISUS
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz constituída como Tribunal Unipersonal por la Ilma. Sra. Magistrada Dª. M. Belén González Martín, ha dictado el día veintiuno de junio de dos mil diecisiete,
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA Nº 298/17
En el recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 186/17, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio Verbal nº 879/16, promovido por D. Hernan, dirigido por el Letrado D. Martín Ortíz de Zarate Rodríguez y representado por la Procuradora Dª. María Marco Saez de Ormijana, frente a la sentencia nº 4/17 dictada en fecha 10 de enero de 2017, siendo parte apelada D. Mateo, representante legal de CONGELADOS BEDARONA S.L., dirigido por la Letrada Dª. Mercedes Betrán Visús y representada por la Procuradora Dª. Isabel Gómez Pérez de Mendiola, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. M. Belén González Martín.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia nº 4/17, cuyo
FALLO
es del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda formulada por Congelados Bedarona, S.L. contra D. Hernan debo condenar y condeno a D. Hernan al pago de 5.700€ más los intereses legales que se han reclamado (130€).
Con imposición de costas a D. Hernan .".
Frente a la anterior sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Hernan, recurso que se tuvo por interpuesto por resolución de fecha 27-02-2017, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentándose, por la representación de D. Mateo, representante legal de CONGELADOS BEDARONA S.L., escrito de oposición al recurso planteado de contrario, elevándose, seguidamente, los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala y comparecidas las partes, por diligencia de ordenación de fecha 12-04-2017 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose y turnándose a la Iltma. Magistrada Dª. M. Belén González Martín, pasando el presente Rollo a la Magistrada Ponente a fin de dictar la resolución oportuna respecto de la prueba solicitada por la parte apelante, resolviéndose mediante Auto de fecha 24-04-2017 con el resultado que es de ver en las actuaciones y por providencia de 25-05-2017 se señaló para fallo el día 13 de junio de 2017.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
Es objeto de la apelación el pronunciamiento sobre las costas de la instancia. El recurrente considera infringido el art. 395 LEC, dado que se produjo el allanamiento a la demanda antes de contestar la misma, no habiendo existido mala fe en el demandado por lo que es indebida la aplicación del artículo 395.2 de la LEC .
Razona la resolución recurrida que existe suficiente motivo para apreciar la mala fe en la parte demandada pues a pesar del allanamiento ante las pretensiones de la actora en la vía judicial, hizo caso omiso al previo requerimiento extrajudicial para atender a la deuda que era objeto de reclamación y que se ha repetido en la instancia.
Niega el recurrente haber recibido la carta certificada que constituye la reclamación extrajudicial y que obra al folio 12, alegando la...
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SAP Álava 966/2019, 19 de Noviembre de 2019
...al folio 24 de las actuaciones tiene un claro carácter de requerimiento de pago, en el sentido interpretado por la Sala (SAP Álava 298/2017 de 21 de junio), como cualquier escrito dirigido formalmente a que la contraparte se avenga a las pretensiones que se pretenden ejercitar en el proceso......