SAP León 301/2017, 5 de Junio de 2017

PonenteALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON
ECLIES:APLE:2017:651
Número de Recurso114/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución301/2017
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00301/2017

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 3ª LEON

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Teléfono: 987230006

Equipo/usuario: MAA

Modelo: 213100

N.I.G.: 24115 41 2 2010 0019174

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000114 /2017

Delito/falta: ACOSO SEXUAL

Recurrente: Olegario

Procurador/a: D/Dª TADEO MORAN FERNANDEZ

Abogado/a: D/Dª JUAN CARLOS ZATARAÍN FLORES

Recurrido: Elisenda, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª MARIA ISABEL MACIAS AMIGO,

Abogado/a: D/Dª JAIME DE LA HERA CAÑIBANO,

RP 114/17

S E N T E N C I A Nº 301/17

ILMOS. SRES.

ILMOS . SRES.

DON MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente

DON TEODORO GONZALEZ SANDOVAL.- Magistrado

DON ALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON.- Magistrado

En la ciudad de León, a 5 de Junio de 2017.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, el P.A. nº 162/14, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Ponferrada, habiendo sido parte apelante Olegario, representado por el Procurador de los Tribunales DON TADEO MORAN FERNANADEZ y asistido del Letrado DON JUAN CARLOS ZATARAIN FLORES y como parte apelada el Ministerio Fiscal y Elisenda, representada por la Procuradora de los Tribunales DOÑA MARIA ISABEL MACIAS AMIGO y asistida del Letrado DON JAIME DE LA HERA CAÑIBANO, habiendo sido designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON.

ANTEC EDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia recurrida de 21/10/16 es del tenor siguiente: FALLO: CONDENAR a D. Olegario como autor responsable de un DELITO DE ACOSO SEXUAL, concurriendo la circunstancia ATENUANTE DE DILACIONES INDEBIDAS, a la pena de CINCO MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de condena y la PROHIBICIÓN DE ACERCARSE a menos de quinientos metros a la persona, domicilio y lugar de estudio, trabajo o cualquier otro que frecuente Dª. Elisenda por tiempo de TRES AÑOS, así como la PROHIBICIÓN DE COMUNICARSE con ella por cualquier medio y por el mismo tiempo, DEBIENDO INDEMNIZAR a Dª. Elisenda en la cantidad de SEIS MIL EUROS (6.000 euros) por los daños y perjuicios morales sufridos.

CONDENAR a D. Olegario como autor responsable de un DELITO CONTINUADO DE ABUSO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, concurriendo la circunstancia ATENUANTE DE DILACIONES INDEBIDAS, a la pena de UN AÑO SEIS MESES Y UN DÍA DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo durante el tiempo de condena e INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN

PÚBLICA por tiempo de NUEVE AÑOS Y UN DÍA.

Las costas procesales causadas en el presente juicio, incluidas las de la acusación particular, se imponen al condenado. .

SEGUNDO

Notificada dicha se interpuso recurso de apelación que fue admitido, dándose traslado a las demás parte por un plazo común de diez días, impugnándose el recurso por el Ministerio Fiscal y la representación de Elisenda .

TERCERO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en segunda instancia por el recurrente en la interposición del recurso de reforma, se dio traslado del mismo a las partes y fue resuelto en sentido desestimatorio por Auto de fecha 24/03/17. Interpuesto por el recurrente recurso de súplica frente a la denegación de prueba en segunda instancia, se confirmó dicho auto por el de fecha 5/05/17 y, ese mismo día se procedió la deliberación del recurso por la Sala.

HECHO S PROBADOS

UNICO.- No se acepta el relato fáctico de la sentencia impugnada, por las razones que se exponen en la presente fundamentación jurídica.

FUNDA MENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia del juzgado de lo penal nº 1 de PONFERRADA, condenatoria del acusado Olegario, por un delito de acoso sexual y del delito previsto en el art. 443 del C.P . se formula recurso de apelación por la representación de dicho condenado alegando, como motivos, en primer lugar, la nulidad de la sentencia por incompetencia objetiva del juez de lo penal, en segundo...

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