STSJ Andalucía 278/2017, 16 de Marzo de 2017

ECLIES:TSJAND:2017:5644
Número de Recurso318/2015
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Número de Resolución278/2017
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (SEVILLA)

S E N T E N C I A

ILMOS. SRES.

D. Heriberto Asencio Cantisán

D. Guillermo Sanchis Fdez Mensaque

D. José Ángel Vázquez García

D. Eduardo Hinojosa Martínez.

D. Javier Rodríguez Moral.

En Sevilla, a 16 de marzo de dos mil diecisiete.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los magistrados que al margen se expresan, ha visto en el nombre del Rey el recurso de apelación registrado con el número de rollo 318/2015, dimanante de recurso contencioso administrativo número 495/2010, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n. 11 de Sevilla, en virtud de recurso de apelación formulado por la EMPRESA PUŽBLICA DEL SUELO DE ANDALUCIŽA (EPSA) representada por la Procuradora Sra. Peña Camino y defendida por Letrada frente a la GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, representada y defendida por el Letrado de sus servicios jurídicos. Ha sido parte apelada D. Millán, D. Jose Pablo, D. Basilio, Dña. Aurora, D. Germán y Dña. Luz, representados por la procuradora Sra. Rodríguez Piazza y asistidos por letrado y ponente el Ilmo. Sr. D. Heriberto Asencio Cantisán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso administrativo recurrido, se dictó sentencia por la que se desestimaba recurso contencioso administrativo contra resolución de 28 mayo 2010 dictada por la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla recaída en los expedientes NUM000, NUM001, NUM002, NUM003 y NUM004 por la que se acordóŽ desestimar la petición de suspensión de la resolución de fecha 23 marzo 2010 relativa a la no aceptación del desistimiento de la recurrente de la expropiación y del carácter como beneficiaria de dicha expropiación, asiŽ como la resolución de fecha 23 marzo 2010 recaído en los expedientes en ella referenciados, NUM000, NUM001, NUM002, NUM003, NUM004, NUM005, NUM006, NUM007

, NUM008 y NUM009 por la que no se accedióŽ a lo solicitado por la recurrente en el sentido de que la Gerencia aceptara el desistimiento.

La resolución del Consejo de Gobierno de la Gerencia de fecha 16 febrero 2011 por la que se desestima expresamente el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 23 marzo 2010 por la que se

desestimóŽ la solicitud formulada de desistimiento de su condición de beneficiaria de la expropiación de la finca sita en CALLE000 número NUM010 .

La resolución del Consejo de Gobierno de la Gerencia de 16 febrero 2011 por la que se desestima el recurso interpuesto frente a la resolución de 23 marzo 2010 por la que se desestima la solicitud de desistimiento de la condición de beneficiaria de la expropiación de la finca sita en CALLE001 número NUM011 .

SEGUNDO

Notificada que fue dicha resolución, por la parte que se dice en el encabezamiento se interpuso recurso de apelación, de cuyo...

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