SAP Madrid 181/2017, 17 de Mayo de 2017

JurisdicciónEspaña
Número de resolución181/2017
EmisorAudiencia Provincial de Madrid, seccion 21 (civil)
Fecha17 Mayo 2017

A udiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoprimera

C/ Ferraz, 41, Planta 6 - 28008

Tfno.: 914933872/73,3872

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2015/0171812

Recurso de Apelación 755/2016

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 87 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1079/2015

APELANTE:: BANKIA SA

PROCURADOR D./Dña. DAVID MARTIN IBEAS

APELADO:: D./Dña. Palmira

PROCURADOR D./Dña. ANGEL ROJAS SANTOS

NM

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

Dª ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ

D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ

En Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil diecisiete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario 1079/2015 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia número 87 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como Apelante-Demandado: Bankia s.a., y de otra, como Apelado-Demandante: doña Palmira .

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia número 87 de Madrid, en fecha 17 de mayo de 2016, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda promovida por el Procurador Sr Rojas Santos, en nombre y representación acreditada en la Causa. DEBO DECLARAR Y DECLARO la nulidad de la orden de suscripción de ACCIONES BANKIA TRAMO MINORISTA con cód de valor, NUM000, n de Orden NUM001 y NUM002 Y NUM003 emitidas por BANKIA por importe total de 13.740,00 euros, hoy controvertidas y adquiridas por D Palmira, DEBIENDO DECLARAR asimismo que la titularidad de todos los títulos a los que se refiere dicha subscripción pasen a la entidad BANKIA SA una vez se haya restituido el importe de las cantidades a los que esta Sentencia se refiere. DEBO CONDENAR Y CONDENO a BANKIA SA a que abone a D Palmira la suma de 13.740,00 euros con mas los intereses legales SENCILLOS desde la fecha de la inversión a la que se refiere la dicha orden, hasta el completo pago o consignación, DEBIENDO PROCEDERSE por D Palmira a la devolución de las rentabilidades obtenidas de los productos a los que se refiere dicha orden desde la fecha de la primera obtención hasta la última. El importe de la inversión deberá, igualmente, ser aminorado con el importe del precio de cualquier enajenación total o parcial de estos títulos, si tal hubiera ocurrido. Todas estas cantidades se determinaran en fase de ejecución de Sentencia, en defecto de acuerdo entre las partes.Se tiene por renunciada la alegación de PREJUDICIALIDAD PENAL o las alegaciones procesales mantenidas en su escrito de contestación.DEBO CONDENAR Y CONDENO a BANKIA SA al abono de las costas de este litigio, que por su temeridad y mala fe, serán abonadas sin límite legal alguno en cuanto a la cuantía."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personó, en plazo, el apelante y ante la que no se ha practicado prueba alguna.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 24 de abril de 2017, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 16 de mayo de 2017.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

De la sentencia apelada se aceptan, y se dan ahora por reproducidos, las referencias fácticas y los razonamientos jurídicos que coincidan con los que se expondrán a continuación, rechazándose todos los demás.

SEGUNDO

En la Comisión Nacional del Mercado de Valores, se registró, el día 21 de junio de 2011, la Oferta Pública de Suscripción de Acciones de la entidad mercantil Bankia, s.a., con el número de registro NUM004

. Y, como corolario legal de ello, se registra, el día 29 d ejunio de 2011, el "folleto" de la Oferta, en el que consta, dentro del apartado relativo a la información sobre el emisor, y, en el cuadro correspondiente a la información intermedia, que, en la cuenta de resultados del primer trimestre del año 2011, figura un beneficio pro forma (no auditado) de 91 millones de euros, y un beneficio consolidado de 35 millones de euros .

Doña Palmira, que era cliente habitual de la entidad de crédito Bankia s.a., dió el día 11 de julio de 2011, en una de sus sucursales, la orden de compra de acciones de Bankia s.a. subtramo minorista por un importe de 10.000 euros. Y el día 14 de julio de 2011 dió otra orden de compra de acciones de Bankia s.a. subtramo minorista por un importe de 3.000 euros. Y, en cumplimiento de estas dos órdenes, se celebraron, el día 19 de julio de 2011, dos contratos de compraventas, de cada uno de los cuales es vendedor Bankia s.a. y compradora doña Palmira . En la primera de las compraventas, el vendedor (Bankia s.a.) entrega 2.666 acciones y la compradora (doña Palmira ) paga, en el acto, el precio de 9.997 euros . Y, en la segunda de las compraventas, el vendedor (Bankia s.a.) entrega 631 acciones y la compradora (doña Palmira ) paga, en el acto, el precio de 3.003 euros

. En base a estas dos compraventas doña Palmira deviene titular de 3.297 acciones de Bankia s.a.

Bankia s.a. sale a Bolsa el día 20 de julio de 2011 con 824.572.253 acciones de 2 euros de valor nominal y un prima de emisión, por acción, de 1,75 euros (en total 3,75 euros por acción ). Las acciones que salen a Bolsa representaban el 55% de la totalidad de las acciones de Bankia s.a., siendo así que, del resto de las acciones que representaba el 45%, continuaba siendo titular el Banco Financiero y de Ahorro s.a. Mediante la suscripción de la acciones que salieron a Bolsa, Bankia s.a. obtuvo 3.902 millones de euros.

El día 21 de julio de 2011 doña Palmira acude a una de las sucursales de Bankia s.a. y da la orden de compra de 370 acciones de Bankia s.a., y, en cumplimiento de esta orden, acude Bankia s.a. al mercado secundario (la Bolsa) en el que se celebra ese mismo día 21 de julio de 2011 un contrato de compraventa en el que la compradora es doña Palmira, quien paga, en el acto, el precio de 740 euros y vendedor es una persona

cuya identidad ignoramos (no consta que sea Bankia s.a.), la cual entrega 370 acciones de Bankia s.a. de las que era titular por lo que cobra los 740 euros del precio. En base a esta compraventa, doña Palmira deviene titular de otras 370 acciones de Bankia s.a., y, unidas a las que ya había adquirido en las otras dos previas compraventas, aparece como titular de 3.667 acciones de Bankia.

El día 4 mayo de 2012 Bankia s.a. remite, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las "cuentas anuales individuales" correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2011 y las "cuentas consolidadas" de dicho ejercicio, el del año 2011, pero sin auditar y a través de un "hecho relevante", en las que se incluyen unos beneficios superiores a los 300 millones de euros, en lógico a coherencia con los beneficios de 91 millones de euros correspondientes a su primer trimestre del año 2011 que se habían hecho constar en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción de Acciones.

El día 9 de mayo de 2012 la entidad pública denominada Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria s.a (FROB) interviene el BancoFinanciero y de Ahorro s.a., adquiriendo el 100% de sus acciones. En consecuencia, pasa, el FROB, a ser el titular del 45% de las acciones de Bankia s.a.

El jueves día 24 de mayo de 2012 se cierra la cotización en Bolsa de la acciones de Bankia s.a. a 1,57 euros por acción.

El día 25 de mayo de 2012 Bankia s.a. comunica, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la aprobación de unas nuevas cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2011, esta vez sí auditadas, en las cuales se reflejan unas pérdidas superiores a los 3 millones de euros que contradicen la existencia, en el primer trimestre del año 2011, de unos beneficios de 91 millones de euros que se habían hecho constar en el folleto de la Oferta Pública de Suscripción de Acciones.

A petición de Bankia s.a., la Comisión Nacional del Mercado de Valores suspende, el día 25 de mayo de 2012, la cotización de las acciones de Bankia s.a.

El día 27 de noviembre de 2012 se aprueba el plan de resstructuración del Banco Financiero y de Ahorro s.a." (BFA)-Bankia s.a." por parte de la Comisión europea, el Banco de España y el FROB que se materializó en una inyección económica de 17.959 euros, para recapitalizar tanto el Banco Financiero y de Ahorro s.a. como Bankia s.a., haciéndose público, poco después, el valor económico real de Bankia s.a. que se cifró en menos 4.148 millones de euros.

Por decisión del FROB de fecha 16 de abril de 2013, adoptada dentro del plan de reestructuración de Bankia s.a., se cuerda que, al cierre de la sesión bursátil del día 19 de abril de 2013, el valor de las acciones de Bankia quedara reducido a un céntimo de euro.

El día 17 de julio de 2015 doña Palmira presenta una demanda con la que promueve un juicio ordinario contra Bankia s.a.,y, en la que, respecto de las tres compraventas de acciones de Bankia s.a., ejercita las siguientes acciones:

  1. Con carácter principal, la de anulabilidad por haber prestado el consentimiento viciado por error.

  2. La indemnizatoria derivada de la responsabilidad prevista en el apartado 3 del artículo 28 de la Ley 24/1988 de 24 de julio de Mercado de Valores (con carácter subsidiario respecto de la anterior).

  3. Con carácter subsidiario...

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