STSJ Murcia 598/2017, 7 de Junio de 2017
ECLI | ES:TSJMU:2017:1020 |
Número de Recurso | 1185/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 598/2017 |
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00598/2017
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Pº GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA
Tfno: 968 22 92 16
Fax: 968 22 92 13
NIG: 30030 44 4 2016 0000949
Equipo/usuario: JLG
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0001185 /2016
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000111 /2016
Sobre: VIUDEDAD
RECURRENTE: Amparo
ABOGADO: RUBEN HITA BUENDIA
RECURRIDO: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En MURCIA, a siete de junio de dos mil diecisiete.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Amparo, contra la sentencia número 221/2016 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 20 de mayo, dictada en proceso número 111/2016, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por Dª. Amparo frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
Hechos Probados en la instancia y fallo.
En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:
La demandante solicitó el 4-11-15 pensión de viudedad por el fallecimiento de su marido D. Sabino
, ocurrido el 30-11-14.
Por resolución de fecha 11-11-15 el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó la pensión de viudedad solicitada por la demandante.
Disconforme con la anterior resolución, la demandante interpuso reclamación administrativa previa, que fue desestimada por nueva resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 18-1-16.
La demandante y el Sr. Sabino se divorciaron de mutuo acuerdo por sentencia de 30 de junio de
2.014. En la sentencia no se estableció pensión compensatoria.
La actora asistió en diez ocasiones al Centro de asistencia de Víctimas de Violencia de Género de Archena entre el 5-9-13 y el 24-2-15.
La base reguladora mensual asciende a 1.310,39 €.
Fallo de la sentencia de instancia.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Amparo, absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones deducidas en su contra".
De la interposición del recurso.
Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por el Letrado D. Rubén Hita Buendía, en representación de la parte demandante.
De la impugnación del recurso.
El recurso interpuesto no ha sido impugnado por la parte demandada.
Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 5 de junio de 2017 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes
FUNDAMENTO PRIMERO .- La actora, Dª Amparo, presentó demanda, solicitando que se dicte sentencia en su día por la que, estimando sus peticiones, se declare el derecho de la actora a la prestación de pensión de viudedad, con los efectos económicos inherentes a dicha declaración, todo ello por ser procedente y de hacer en justicia que pide.
La sentencia recurrida desestimó la demanda.
La actora, disconforme, instrumentó recurso de suplicación y pide que admita el presente recurso de suplicación y, en mérito de su contenido, previos los trámites pertinentes, dicte en su día sentencia por la que, estimando el presente recurso de suplicación, revoque la sentencia de instancia en el sentido de estimar la demanda declarando que la actora tiene derecho a percibir una pensión de viudedad por el fallecimiento de D. Sabino, con una base reguladora mensual de 1.310,39 € y con fecha de efectos de 4/11/2015, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración y al pago de la cantidad correspondiente. FUNDAMENTO SEGUNDO .- Se instrumenta un motivo de recurso para revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas al amparo de lo previsto en el art. 293 b) de la LRJS . Se propone que la redacción de dicho hecho probado "quinto" se amplíe en los siguientes términos: "La demandante acudió en el mes de octubre de 2011 a la UTS de Archena, donde expuso a la trabajadora social el alcoholismo de su marido, sus celos, las constantes llamadas de teléfono y las presiones en el hogar acusando a la demandante de ir a trabajar para tener relaciones con terceras personas, llegando a abandonar la demandante su...
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ATS, 19 de Junio de 2018
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de fecha 7 de junio de 2017, en el recurso de suplicación número 1185/16 , interpuesto por D.ª Tarsila , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de los de Murcia de fecha 20 de mayo de 2016 , en el p......