STSJ Murcia 598/2017, 7 de Junio de 2017

ECLIES:TSJMU:2017:1020
Número de Recurso1185/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución598/2017
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00598/2017

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2016 0000949

Equipo/usuario: JLG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001185 /2016

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000111 /2016

Sobre: VIUDEDAD

RECURRENTE: Amparo

ABOGADO: RUBEN HITA BUENDIA

RECURRIDO: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

En MURCIA, a siete de junio de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Amparo, contra la sentencia número 221/2016 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 20 de mayo, dictada en proceso número 111/2016, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por Dª. Amparo frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

La demandante solicitó el 4-11-15 pensión de viudedad por el fallecimiento de su marido D. Sabino

, ocurrido el 30-11-14.

SEGUNDO

Por resolución de fecha 11-11-15 el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó la pensión de viudedad solicitada por la demandante.

TERCERO

Disconforme con la anterior resolución, la demandante interpuso reclamación administrativa previa, que fue desestimada por nueva resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 18-1-16.

CUARTO

La demandante y el Sr. Sabino se divorciaron de mutuo acuerdo por sentencia de 30 de junio de

2.014. En la sentencia no se estableció pensión compensatoria.

QUINTO

La actora asistió en diez ocasiones al Centro de asistencia de Víctimas de Violencia de Género de Archena entre el 5-9-13 y el 24-2-15.

SEXTO

La base reguladora mensual asciende a 1.310,39 €.

SEGUNDO

Fallo de la sentencia de instancia.

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Amparo, absuelvo al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones deducidas en su contra".

TERCERO

De la interposición del recurso.

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por el Letrado D. Rubén Hita Buendía, en representación de la parte demandante.

CUARTO

De la impugnación del recurso.

El recurso interpuesto no ha sido impugnado por la parte demandada.

QUINTO

Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 5 de junio de 2017 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- La actora, Dª Amparo, presentó demanda, solicitando que se dicte sentencia en su día por la que, estimando sus peticiones, se declare el derecho de la actora a la prestación de pensión de viudedad, con los efectos económicos inherentes a dicha declaración, todo ello por ser procedente y de hacer en justicia que pide.

La sentencia recurrida desestimó la demanda.

La actora, disconforme, instrumentó recurso de suplicación y pide que admita el presente recurso de suplicación y, en mérito de su contenido, previos los trámites pertinentes, dicte en su día sentencia por la que, estimando el presente recurso de suplicación, revoque la sentencia de instancia en el sentido de estimar la demanda declarando que la actora tiene derecho a percibir una pensión de viudedad por el fallecimiento de D. Sabino, con una base reguladora mensual de 1.310,39 € y con fecha de efectos de 4/11/2015, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración y al pago de la cantidad correspondiente. FUNDAMENTO SEGUNDO .- Se instrumenta un motivo de recurso para revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas al amparo de lo previsto en el art. 293 b) de la LRJS . Se propone que la redacción de dicho hecho probado "quinto" se amplíe en los siguientes términos: "La demandante acudió en el mes de octubre de 2011 a la UTS de Archena, donde expuso a la trabajadora social el alcoholismo de su marido, sus celos, las constantes llamadas de teléfono y las presiones en el hogar acusando a la demandante de ir a trabajar para tener relaciones con terceras personas, llegando a abandonar la demandante su...

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