STSJ Castilla y León 598/2009, 29 de Abril de 2009

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2009:2378
Número de Recurso597/2009
Número de Resolución598/2009
Fecha de Resolución29 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00598/2009

Rec. Núm.597/2009

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

Dª.Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada

En Valladolid, a veintinueve de abril de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 597/2009, interpuesto por Dª Andrea contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca de fecha once de febrero de 2009, (Autos nº 1063/2008), dictada a virtud de demanda promovida por mencionada recurrente contra la UNIVERSIDAD DE SALAMANCA; sobre DERECHO Y CANTIDAD (Plus de Toxicidad).

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de diciembre de 2008, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº Uno de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimaba referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" 10.- Andrea presta servicios para la UNIVERSIDAD DE SALAMANCA como personal laboral de plantilla, con la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio (Grupo III). En fecha 01/05/2002 tomó posesión en su actual puesto de trabajo, en el servicio de Experimentación Animal, con centro de trabajo en el sótano delEdificio Departamental de la Facultad de Biología, sita en el Campus Unamuno.- 2°.- Las tareas que realiza la actora en su puesto de trabajo consisten en la manipulación de animales de experimentación (ratas, ratones, hamster, conejos, ranas), bien para su cuidado diario (cría, destete, sexado), o bien practicándoles técnicas de experimentación.

Concretamente las técnicas de experimentación consisten en sacrificios, frotis vaginal, marcado mediante perforado de orejas, extracción de muestras de sangre, vísceras, administración de sustancias químicas de diferente toxicidad por vía oral, intradérmica, intramuscular, intraperitoneal, canulación gástrica. Se trata de técnicas agresivas que provocan la lógica reacción de defensa de los animales, por más que se realicen según los protocolos de buenas prácticas, pudiendo arañar o morder a la actora (los conejos además pueden golpear), y siendo que estos animales portan enfermedades, sustancias u organismos objeto de la investigación y/o experimentación, que pueden contagiarse y/o producir menoscabo en la salud humana.

Asimismo pueden producirse cortes accidentales en la manipulación de las jaulas en que están los animales, o del material o el instrumental en contacto con ellos, como jeringuillas, tijeras, bisturís. O igualmente problemas posturales, de espalda o musculares al portar las jaulas manualmente o al peso.

Frente a estos riesgos la actora cuenta con la protección personal de bata verde, mascarilla y guantes de látex.- 3°.- En fecha 11/01/2007 la Gerencia de la Universidad de Salamanca con el Comité de Empresa y Delegados de Personal de Ávila y Zamora del Pas Laboral firmaron el siguiente Acuerdo:

..- en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del "II Convenio Colectivo de Pas Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León" se asignará el Complemento de peligrosidad, toxicidad y penosidad regulado en el artículo 60 al personal laboral de Laboratorios, Mantenimiento y Conductores que ocupan los puestos de trabajo relacionados en anexo adjunto, a partir de la publicación del citado II Convenio."- 4°.- Desde el 01/05/2002, hasta el 18/01/2007 no se ha abonado a la demandante el complemento o plus de peligrosidad, toxicidad y penosidad.

En fecha 31 de enero de 2007, con efectos de 19 de enero de 2007, la Universidad demandada concedió al puesto de trabajo que desempeñaba la actora, entre otros, el complemento de peligrosidad, toxicidad y penosidad.- 5°.- Se ha agotado la reclamación administrativa previa a la vía judicial.

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la parte actora, fue impugnado por la demandada Universidad, y elevados los autos...

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