STSJ Cataluña 247/2017, 18 de Enero de 2017

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2017:1126
Número de Recurso6821/2016
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución247/2017
Fecha de Resolución18 de Enero de 2017
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43148 - 44 - 4 - 2015 - 8037873

F.S.

Recurso de Suplicación: 6821/2016

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 18 de enero de 2017

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 247/2017

En el recurso de suplicación interpuesto por Gumersindo frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Tarragona de fecha 20 de junio de 2016 dictada en el procedimiento Demandas nº 794/2015 y siendo recurrido/ a Fondo de Garantía Salarial. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7-10-15 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre FOGASA, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de junio de 2016 que contenía el siguiente Fallo:

DESESTIMO la demanda formulada por DON Gumersindo con NIE NUM000, contra FOGASA, y absuelvo a FOGASA de todas las pretensiones de contrario.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

DON Gumersindo con NIE NUM000, se encontraba prestando servicios para la empresa LUDELTIA WORLDWIBE, SL con una antigüedad de 3.04.2009, percibiendo un salario MENSUAL con prorrata de pagas extras de 1.519,02 €, hasta el 1.02.2010 cuando fue despedido.

(No se discute. Sentencia 166/13 de 18 de abril del Juzgado de lo Social número 2 de Tarragona )

SEGUNDO

El actor interpuso demanda de cantidad contra la mercantil por salarios devengados, dando lugar a la formación de los autos 313/2010 del Juzgado de lo Social 2. En dicho procedimiento, recayó la Sentencia 166/13 de 18 de abril, en virtud de la cual se condenaba a la empresa al pago de 9.096,78 € en concepto de salarios debidos.

El actor también impugnó su despido, obteniendo una Sentencia donde se reconocía la improcedencia del mismo.

(No se discute. Sentencia 166/13 de 18 de abril del Juzgado de lo Social número 2 de Tarragona . No consta la Sentencia de despido pero se menciona en la Sentencia 166/2013 del Social 2 y FOGASA reconoce al actor una indemnización por despido en el expediente NUM001 )

TERCERO

Por el actor se solicitó el pago de las cantidades reconocidas en la Sentencia 166/13, procediéndose a la apertura del Expediente Administrativo registrado al número NUM001 .

Dicho Expediente finalizó con Resolución de fecha 7.03.2012, en virtud de la cual se reconocía al actor, teniendo en cuenta una prestación de servicios desde el 29.05.2009 al 14.07.2010 y un salario real día de 50,63 €, la cantidad total de 11.101,50 €:

en concepto de salarios de tramitación 8.253,34 €

en concepto de indemnización 2.848,16 €

Según el Anexo I de la resolución dictada por FOGASA, se aplicó 150 días de tope máximo en relación a la reclamación de salarios de tramitación.

(Resolución que obra como Doc 5 del ramo de prueba de FOGASA y ficha para el cálculo de las prestaciones como doc. 4 de FOGASA)

CUARTO

Por el actor se solicitó en fecha 10.10.2013 a FOGASA el pago de las cantidades reconocidas en la Sentencia 166/13, procediéndose a la apertura del Expediente Administrativo registrado al número NUM002 .

Dicho Expediente finalizó con Resolución de fecha 2.12.2014, en virtud de la cual se denegaba al actor la cantidad salarial reclamada "por haber percibido el máximo legal de salarios impagados (salarios de tramitación) por la misma empresa causante en el expediente NUM001 .

(Expediente Administrativo y Resolución que obra como Doc 3 del ramo de prueba de FOGASA y ficha para el cálculo de las prestaciones como doc. 2 del ramo de prueba de FOGASA)

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia ha desestimado íntegramente la reclamación de la suma de

10.006,46 euros frente al FGS en concepto de salarios que la empresa Ludeltia Worldwide, S.L. dejó a deber al demandante.

Recurre en suplicación dicho actor para solicitar la estimación íntegra de su demanda o, subsidiariamente, que se condene al Fondo de Garantía Salarial al pago de 6.075,60 euros correspondientes a 120 días x 50,63 euros diarios. Plantea dos motivos.

SEGUNDO

Con el primer motivo del recurso se solicita que se añada al hecho probado cuarto que "el salario módulo asciende a 49,94 euros". Pero no procede acceder a tal adición porque se trata de un extremo que no ha sido discutido en el juicio.

TERCERO

Por la vía del apartado c) del art. 193 de la LRJS, se denuncia la infracción del art. 43.1 de la Ley 30/1992 en relación con el art. 28.7 del Real Decreto 505/1985, y del art. 33.1 del ET . En síntesis, argumenta que la aplicación del silencio administrativo positivo impide que se pueda entrar a valorar el fondo del asunto y considera que, en consecuencia, ha de accederse a lo solicitado en su integridad, sin aplicar los límites o topes...

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