STSJ Galicia 1820/2017, 30 de Marzo de 2017
Ponente | MARIA ANTONIA REY EIBE |
ECLI | ES:TSJGAL:2017:2261 |
Número de Recurso | 4505/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1820/2017 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA - SECRETARÍA SRA. FREIRE CORZO
-PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 36038 44 4 2016 0000733
Equipo/usuario: MM
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0004505 /2016 - RMR
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000191 /2016
Sobre: JUBILACION
RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO SOCIAL MARINA
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: Norberto
ABOGADO/A:
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL: CANDIDO SANISIDRO LOPEZ
ILMO. SR. D. MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
ILMA. SRA. Dª. Mª ANTONIA REY EIBE
ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS
A CORUÑA, A TREINTA DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0004505/2016, formalizado por INSTITUTO SOCIAL MARINA, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000191 /2016, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª Mª ANTONIA REY EIBE.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Norberto presentó demanda contra el INSTITUTO SOCIAL MARINA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- Don Norberto, con D.N.I. NUM000 nacido el NUM001 de 1951 está afiliado a la Seguridad Social, Régimen Especial del Mar. Solicitó en fecha 30 de junio de 2015 las prestaciones de jubilación al amparo de los REGLAMENTOS COMUNITARIOS que le fueron reconocidas por resolución del
I.S.M. de 18 de noviembre de 2015 de acuerdo con las siguientes circunstancias: base reguladora mensual, 1666,21€; porcentaje aplicable, 100%; prorrata temporis a cargo de España, 16,62€; coeficiente reductor de la edad de jubilación, 3 años y un mes; fecha de efectos, 30 de marzo de 2015, con una pensión final de 278,38€. Frente a esta decisión interpuso el actor reclamación previa que fue desestimada en fecha 11 de marzo de 2016.- SEGUNDO.- El demandante cotizó a la Seguridad Social holandesa por un total de 13680 días en el periodo de 14 de julio de 1975 a 28 de marzo de 2013, cotizando hasta el 30 de junio de 2013, con unas retribuciones aproximadas en su último trabajo de 3054,22€ y en España 1699 días en el periodo de 17 de enero de 1969 a 1 de septiembre de 1974 y de 3 a 7 de abril de 1992. Solicitó en fecha 9 de julio de 2013 la prestación por desempleo que le fue denegada por resolución del I.S.M. de 12 de julio de 2013, presentando reclamación previa y posterior demanda que fue desestimada por sentencia del Juzgado de lo Social N°1 de Pontevedra de 23 de diciembre de 2014, formulando recurso de suplicación que fue estimado por el T.S.J. de Galicia en sentencia de 25 de febrero de 2016 que reconoció al demandante el derecho a la prestación con efectos de 1 de julio de 2013, dictándose por el I.S.M. resolución reconociendo el derecho desde la fecha indicada hasta el 30 de agosto de 2015. Por la entidad gestora se dictó resolución incrementando el importe de su pensión en los siguientes términos: base reguladora, 2556,46€; porcentaje base reguladora, 100%; pensión, 550,67€; importe líquido, 552,05€, con una prorrata temporis de 21,54% y ello como consecuencia del reconocimiento de la prestación contributiva por desempleo por sentencia del T.S.J. de Galicia de 25 de febrero de 2016 ".
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Estimando la demanda...
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