SAP Palencia 72/2017, 9 de Marzo de 2017

PonenteJOSE ALBERTO MADERUELO GARCIA
ECLIES:APP:2017:96
Número de Recurso404/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución72/2017
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00072/2017

N10250

AVENIDA ANTIGUA FLORIDA 2

Tfno.: 979.167.701 Fax: 979.746.456

N.I.G. 34120 41 1 2015 0004477

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000404 /2016

Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de PALENCIA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000651 /2015

Recurrente: Joaquina, Avelino

Procurador: JOSE CARLOS ANERO BARTOLOME, JOSE CARLOS ANERO BARTOLOME

Abogado:,

Recurrido: Clemente

Procurador: ANA MARIA ROSA ANTON BELTRAN

Abogado:

Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se indican al margen ha pronunciado

EN NO MBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA Nº 72/16

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Ignacio Javier Ráfols Pérez

Ilmos. Sres. Magistrados :

Don Jose Alberto Maderuelo Garcia

Don Juan Miguel Carreras Maraña

En la ciudad de Palencia, a nueve de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos, en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio de ordinario provenientes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Palencia, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 30 de Septiembre de 2016, entre partes, como apelante

D. Avelino y Dª Joaquina, representados por el Procurador Sr. Anero Bartolomé y defendida por el Letrado Sr. Hermosa Espeso y como apelado D. Isidro, representado por el Procurador Sra. Antón Beltrán y defendido por el Letrado Sr. Senent Blanco, siendo Magistrado Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jose Alberto Maderuelo Garcia .

Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Que el Fallo de dicha sentencia, literalmente dice: "Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. Isidro representado por la Procuradora de los Tribunales, Dª Ana Rosa Antón Beltrán y, como parte demandada, D. Avelino y Dª Joaquina representados por el Procurador de los Tribunales, D. José Carlos Anero Bartolomé declarándose:

    1. - Que el actor es propietario del local anexo a la finca registral nº NUM000 del Registro de la Propiedad de Palencia, inscrita al tomo NUM001, Libro NUM002, Folio NUM003 .

    2. - Se declara la nulidad del título inscrito por la parte demandada esto es, el auto 136/12 de fecha 25 de junio de 2012 dictado en los autos de Expediente de Dominio 597/2011 del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Palencia.

    3. - Se acuerde la nulidad de la inscripción registral así como se ordene la cancelación del asiento registral sobre la finca n.º NUM000 de Registro de la Propiedad de Palencia, inscrita al tomo NUM001, Libro NUM002, Folio NUM003 en relación al exceso de cabida inscrito en virtud del título cuya nulidad se insta.

    Se imponen las costas a la demandada".

  2. - Contra dicha sentencia la parte demandante interpuso el presente recurso de apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a la parte demandada para que presentara escritos de impugnación u oposición fueron elevados los autos ante esta Audiencia y no habiendo sido propuesta prueba en segunda instancia es procedente dictar sentencia.

    No se acepta el Fundamento de Derecho Segundo de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Palencia, estimatoria de la demanda interpuesta por D. Isidro, frente a los demandados D. Avelino y Dª Joaquina, su representación procesal presenta recurso de apelación, interesando su estimación y que la nueva desestime íntegramente la demanda y condene en costas a la parte demandante.

Como motivo de impugnación alega incorrecta valoración de las pruebas por la juez de primera instancia que le ha llevado a aplicar incorrectamente el derecho y reiteran en alzada el contenido del escrito de oposición a la demanda.

El actor apelado se opone al recurso, interesando la confirmación de la sentencia recurrida y que las costas de la alzada se le impongan a la parte recurrente.

SEGUNDO

Error en la valoración de las pruebas. Siendo este el motivo principal del recurso no está de más recordar los criterios jurisprudenciales seguidos por esta Audiencia Provincial en lo referente a la valoración de la prueba en segunda instancias, dejando sentado que el Tribunal de alzada puede modificar la valoración probatoria que conste en la sentencia de instancia cuándo esta sea manifiestamente errónea o contraria a los principios de la lógica o sana crítica y el más elemental respeto exige mantener el criterio de la instancia, excepto en los supuestos en que tales principios se hayan quebrantado, es decir, la mera discrepancia de valoración no puede justificar la modificación valorativa del Juzgador "a quo".

Los antecedentes que han de tenerse en consideración para resolver el recurso:

  1. ) Título de dominio: El actor adquirió el local comercial identificado como urbana número cuatro mediante escritura pública de compraventa el 7 de noviembre de 1991, actuando como vendedor-transmitente Tapicerías Palomo SL, integrada por D. Celso (padre del actor), y su socio D. Felipe .

  2. ) Los demandados adquirieron un local de 47,75 m2, sito en CALLE000 NUM004, PLANTA000, (finca registral nº NUM000 ) mediante compra en subasta pública de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Palencia, el día 20 de abril de 2010. 3º) Al tomar posesión los demandados del...

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